Valdeolmos-Alalpardo (BOCM-20211230-109)
Régimen económico. Ordenanza fiscal impuesto construcciones, instalaciones y obras
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 311
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 30 DE DICIEMBRE DE 2021
Pág. 423
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
109
VALDEOLMOS-ALALPARDO
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20211230-109
En la Intervención de este Ayuntamiento, y a los efectos del artículo 17 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se encuentra expuesto al público
el acuerdo provisional, adoptado por el Pleno de la Corporación, en sesión extraordinaria
de 17 de diciembre de 2021, de modificación de la ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras.
Los interesados legítimos a que hace referencia el artículo 18 de la Ley citada podrán
examinar el expediente y presentar reclamaciones que estimen oportunas contra dicha modificación con sujeción a las normas que se indican a continuación:
a) Plazo de exposición y presentación de reclamaciones: treinta días a partir del siguiente a la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
b) Oficina de presentación: Ayuntamiento.
c) Órgano ante el que se reclama: Ayuntamiento en Pleno.
Alalpardo, a 20 de diciembre de 2021—El alcalde, Miguel Ángel Medranda Rivas.
(03/34.567/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
B.O.C.M. Núm. 311
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 30 DE DICIEMBRE DE 2021
Pág. 423
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
109
VALDEOLMOS-ALALPARDO
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20211230-109
En la Intervención de este Ayuntamiento, y a los efectos del artículo 17 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se encuentra expuesto al público
el acuerdo provisional, adoptado por el Pleno de la Corporación, en sesión extraordinaria
de 17 de diciembre de 2021, de modificación de la ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras.
Los interesados legítimos a que hace referencia el artículo 18 de la Ley citada podrán
examinar el expediente y presentar reclamaciones que estimen oportunas contra dicha modificación con sujeción a las normas que se indican a continuación:
a) Plazo de exposición y presentación de reclamaciones: treinta días a partir del siguiente a la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
b) Oficina de presentación: Ayuntamiento.
c) Órgano ante el que se reclama: Ayuntamiento en Pleno.
Alalpardo, a 20 de diciembre de 2021—El alcalde, Miguel Ángel Medranda Rivas.
(03/34.567/21)
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ISSN 1989-4791