D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA (BOCM-20211230-20)
Convenio – Convenio de colaboración de 20 de diciembre de 2021, entre la Comunidad de Madrid y la Mancomunidad de Valle Alto de Lozoya, por el que se determinan las condiciones de gestión del Área de Regeneración y Renovación Urbana y Rural denominada “Valle Alto de Lozoya”, en los municipios de Alameda del Valle, Garganta de los Montes, Lozoya, Pinilla del Valle y Rascafría, en el marco del Plan Estatal de Vivienda 2018-2021
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BOCM
Pág. 116
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 30 DE DICIEMBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 311
febrero de 2020, 16 de julio de 2020 y 9 de marzo de 2021, relativos a la distribución de
la financiación por anualidades y programas.
Segunda
La Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura de la Comunidad de
Madrid tiene, entre sus competencias y fines, el desarrollo, control y seguimiento de planes
y programas de vivienda, así como la coordinación y colaboración con organismos y entidades públicos y privados en orden a la puesta en práctica de las previsiones y financiación
de dichos planes y programas, de conformidad con lo establecido en el artículo 148.1.3 de
la Constitución, y en el artículo 26.1.4 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad de
Madrid aprobado por Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero.
A solicitud de la Mancomunidad de Valle Alto de Lozoya, se instó la declaración del
Área de Valle Alto de Lozoya en los municipios de Alameda del Valle, Garganta de los
Montes, Lozoya, Pinilla del Valle y Rascafría, previa presentación de la documentación,
para que mediante Orden de 15 de julio de 2020, de la Consejería Vivienda y Administración Local, se declarara el Área de Rehabilitación, Regeneración y Renovación Urbana y
Rural denominado “Valle Alto de Lozoya”, conforme al Programa de Fomento de la Regeneración y Renovación Urbana y Rural, del Real Decreto 106/2018, de 9 de marzo, por el
que se regula el Plan Estatal de Vivienda 2018-2021.
Con fecha 9 de octubre de 2020, de conformidad con el artículo 49 del Real Decreto 106/2018, se suscribió Acuerdo de la Comisión Bilateral entre el Ministerio de Fomento (actual Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana), la Comunidad de
Madrid y la Mancomunidad de Valle Alto de Lozoya, en el que se establece el marco de colaboración para la rehabilitación de 125 viviendas, asimismo, se determinan las aportaciones de las diferentes Administraciones, designando la Mancomunidad de Valle Alto de Lozoya como ente gestor de la actuación.
Tercera
Con la suscripción del Acuerdo de Comisión Bilateral, de fecha 9 de octubre de 2020,
la Comunidad de Madrid adquiere diferentes obligaciones, entre otras, adoptar las medidas
necesarias, tanto de carácter normativo como en el ámbito de la gestión, para que actúe como
Ente Gestor la Mancomunidad de Valle Alto de Lozoya y determinar un procedimiento de
distribución de los recursos que asegure los principios de objetividad, concurrencia y publicidad, garantizando la transparencia de las actuaciones administrativas, informar de la finalización de las actuaciones al Ministerio de Fomento (actual Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana); conceder y gestionar las ayudas, remitiendo al Ministerio de
Fomento (actual Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana) toda la información necesaria para el seguimiento de las actuaciones y, en especial, la relativa al estado de
ejecución de los fondos transferidos por el Ministerio y remitir la certificación justificativa
de la inversión realizada correspondiente a las actuaciones del Acuerdo.
La Mancomunidad de Valle Alto de Lozoya, ostenta entre sus competencias, la de fomentar la rehabilitación privada mediante ayudas, gestión e inversiones públicas en reurbanización e infraestructura, conforme a sus Planes Municipales aprobados al efecto y colaborar con la Administración Estatal y Autonómica en la aplicación de la legislación vigente
en materia de rehabilitación de edificios. Todo ello, en virtud de las competencias atribuidas por la Ley 7/1985, de 2 abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, y de sus propios estatutos constitutivos.
La línea de ayudas financia actuaciones conjuntas sobre ámbitos delimitados, por lo
que las propuestas comprenden obras de rehabilitación en edificios y viviendas, obras de
urbanización o reurbanización de espacios públicos y ayudas para el equipo técnico de gestión, pilar fundamental para que la actuación conjunta prospere puesto que se encargan del
planeamiento, información, gestión y acompañamiento social relacionados con las actuaciones subvencionables.
En relación con las actuaciones de rehabilitación de edificios y viviendas, la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, interviene en la fase de concesión al objeto de asegurar que la distribución de los recursos cumple los principios de objetividad, concurrencia, publicidad, transparencia e igualdad en todas las Áreas, contando con el apoyo
técnico de los entes gestores que actuarán durante el proceso de concesión como entidades
BOCM-20211230-20
Cuarta
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 30 DE DICIEMBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 311
febrero de 2020, 16 de julio de 2020 y 9 de marzo de 2021, relativos a la distribución de
la financiación por anualidades y programas.
Segunda
La Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura de la Comunidad de
Madrid tiene, entre sus competencias y fines, el desarrollo, control y seguimiento de planes
y programas de vivienda, así como la coordinación y colaboración con organismos y entidades públicos y privados en orden a la puesta en práctica de las previsiones y financiación
de dichos planes y programas, de conformidad con lo establecido en el artículo 148.1.3 de
la Constitución, y en el artículo 26.1.4 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad de
Madrid aprobado por Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero.
A solicitud de la Mancomunidad de Valle Alto de Lozoya, se instó la declaración del
Área de Valle Alto de Lozoya en los municipios de Alameda del Valle, Garganta de los
Montes, Lozoya, Pinilla del Valle y Rascafría, previa presentación de la documentación,
para que mediante Orden de 15 de julio de 2020, de la Consejería Vivienda y Administración Local, se declarara el Área de Rehabilitación, Regeneración y Renovación Urbana y
Rural denominado “Valle Alto de Lozoya”, conforme al Programa de Fomento de la Regeneración y Renovación Urbana y Rural, del Real Decreto 106/2018, de 9 de marzo, por el
que se regula el Plan Estatal de Vivienda 2018-2021.
Con fecha 9 de octubre de 2020, de conformidad con el artículo 49 del Real Decreto 106/2018, se suscribió Acuerdo de la Comisión Bilateral entre el Ministerio de Fomento (actual Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana), la Comunidad de
Madrid y la Mancomunidad de Valle Alto de Lozoya, en el que se establece el marco de colaboración para la rehabilitación de 125 viviendas, asimismo, se determinan las aportaciones de las diferentes Administraciones, designando la Mancomunidad de Valle Alto de Lozoya como ente gestor de la actuación.
Tercera
Con la suscripción del Acuerdo de Comisión Bilateral, de fecha 9 de octubre de 2020,
la Comunidad de Madrid adquiere diferentes obligaciones, entre otras, adoptar las medidas
necesarias, tanto de carácter normativo como en el ámbito de la gestión, para que actúe como
Ente Gestor la Mancomunidad de Valle Alto de Lozoya y determinar un procedimiento de
distribución de los recursos que asegure los principios de objetividad, concurrencia y publicidad, garantizando la transparencia de las actuaciones administrativas, informar de la finalización de las actuaciones al Ministerio de Fomento (actual Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana); conceder y gestionar las ayudas, remitiendo al Ministerio de
Fomento (actual Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana) toda la información necesaria para el seguimiento de las actuaciones y, en especial, la relativa al estado de
ejecución de los fondos transferidos por el Ministerio y remitir la certificación justificativa
de la inversión realizada correspondiente a las actuaciones del Acuerdo.
La Mancomunidad de Valle Alto de Lozoya, ostenta entre sus competencias, la de fomentar la rehabilitación privada mediante ayudas, gestión e inversiones públicas en reurbanización e infraestructura, conforme a sus Planes Municipales aprobados al efecto y colaborar con la Administración Estatal y Autonómica en la aplicación de la legislación vigente
en materia de rehabilitación de edificios. Todo ello, en virtud de las competencias atribuidas por la Ley 7/1985, de 2 abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, y de sus propios estatutos constitutivos.
La línea de ayudas financia actuaciones conjuntas sobre ámbitos delimitados, por lo
que las propuestas comprenden obras de rehabilitación en edificios y viviendas, obras de
urbanización o reurbanización de espacios públicos y ayudas para el equipo técnico de gestión, pilar fundamental para que la actuación conjunta prospere puesto que se encargan del
planeamiento, información, gestión y acompañamiento social relacionados con las actuaciones subvencionables.
En relación con las actuaciones de rehabilitación de edificios y viviendas, la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, interviene en la fase de concesión al objeto de asegurar que la distribución de los recursos cumple los principios de objetividad, concurrencia, publicidad, transparencia e igualdad en todas las Áreas, contando con el apoyo
técnico de los entes gestores que actuarán durante el proceso de concesión como entidades
BOCM-20211230-20
Cuarta