D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20211230-29)
Convenio –  Convenio de 8 de julio de 2021, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Cultura, Turismo y Deporte) y la Fundación Centro de Poesía José Hierro, en virtud del cual se formaliza la concesión directa de una subvención a dicha Fundación por importe de 80.000 euros, para financiar la promoción, fomento y difusión de la figura, vida y obra del poeta José Hierro, y a financiar la creación, difusión y fomento tanto de la tradición poética como de las nuevas promociones literarias de interés para la Comunidad de Madrid durante el ejercicio 2021
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 30 DE DICIEMBRE DE 2021

B.O.C.M. Núm. 311

nes. Los efectos de la crisis del coronavirus son especialmente preocupantes en el sector literario de la Comunidad de Madrid y por tanto en las entidades que se dedican a promover
y difundir la creación literaria.
En estas circunstancias, y ante el impacto de la situación generada por la emergencia
sanitaria de la COVID-19, se considera imprescindible adoptar medidas de carácter económico que promuevan el acceso a financiación por parte de las asociaciones y empresas del
sector cultural madrileño, de forma que puedan no solo contrarrestar sus necesidades inmediatas de liquidez, sino también afrontar proyectos que permitan preservar, en la medida de
lo posible, el empleo cultural de la región.
Por ello y con el fin de activar un plan de ayudas para el sector cultural afectado por la
crisis del COVID-19, se ha previsto la suscripción de un Convenio-subvención entre la
Consejería de Cultura, Turismo y Deporte y la Fundación Centro de Poesía José Hierro,
para llevar a cabo una serie de actividades para favorecer la difusión y promoción del libro
y la lectura en la Comunidad de Madrid y apoyar el impulso al sector en nuestra región.
Este Convenio se suscribe al amparo de lo dispuesto en el artículo 4.5.c) 3.o de la
Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, previo informe
del Consejero exigido en el artículo 4.5 de dicha Ley y previa autorización del Consejo de
Gobierno, emitida mediante Acuerdo de fecha 30 de junio de 2021.
En su virtud, ambas partes han acordado suscribir las siguientes
CLÁUSULAS
Primera
Objeto del convenio
El presente convenio tiene por objeto establecer las normas reguladoras de la subvención otorgada por la Comunidad de Madrid, por un importe de 80.000 euros, a favor de la
Fundación Centro de Poesía José Hierro, para la realización de diversas actividades que tienen como finalidad la creación, difusión y fomento, tanto de la tradición poética, como de
las nuevas promociones literarias.
Segunda
Objeto de la subvención
El objeto de la subvención es la realización por parte de la Fundación Centro de Poesía José Hierro de actividades destinadas a sufragar los gastos corrientes de funcionamiento y a la realización de las actividades culturales y artísticas propias de la entidad, en particular acciones formativas, editoriales y de fomento y promoción cultural, organizando
talleres y seminarios poéticos y literarios, tertulias, recitales y eventos literarios, con diversas interconexiones disciplinares (música, cine, teatro y nuevas tecnologías), completando
estas actividades asistiendo y colaborando con entidades e instituciones afines a su ámbito
en la organización y el desarrollo de convocatorias culturales, y organizando y atendiendo
visitas-taller a su sede de centros educativos y otros colectivos interesados.
Tercera
La Fundación Centro de Poesía José Hierro, en su calidad de beneficiaria de la presente subvención, está obligada al cumplimiento de las obligaciones generales a que se refiere
el artículo 8 de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid,
y artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como a:
a) Realizar las actividades que fundamentan la concesión de la subvención.
b) Justificar a la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte el cumplimiento de los requisitos y condiciones, así como la realización de las actividades y el cumplimiento de la finalidad que determinen la concesión o disfrute de la subvención.
c) Someterse a las actuaciones de comprobación, a efectuar por la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, así como cualesquiera otras de comprobación y control
de la actividad económico-financiera que correspondan a la Intervención General
de la Comunidad de Madrid, Tribunal de Cuentas u otros órganos competentes y
en particular a las derivadas de lo dispuesto en el apartado 4 del artículo 12 de la
Ley 2/1995, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid.

BOCM-20211230-29

Obligaciones de las partes