C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA (BOCM-20211230-11)
Concesión subvenciones –  Orden 1676/2021, de 16 de diciembre, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, por la que se declara la pérdida del derecho al cobro de determinadas cuantías a los beneficiarios de las subvenciones al alquiler de vivienda en la Comunidad de Madrid convocadas para el año 2019 mediante Orden de 21 de mayo de 2019
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 30 DE DICIEMBRE DE 2021

B.O.C.M. Núm. 311

I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones
Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura
11

ORDEN 1676/2021, de 16 de diciembre, de la Consejería de Medio Ambiente,
Vivienda y Agricultura, por la que se declara la pérdida del derecho al cobro
de determinadas cuantías a los beneficiarios de las subvenciones al alquiler de
vivienda en la Comunidad de Madrid convocadas para el año 2019 mediante
Orden de 21 de mayo de 2019.

Mediante Orden de 31 de diciembre de 2019, de la entonces Consejería de Vivienda
y Administración Local, se aprueba la relación de beneficiarios, con indicación del número de orden de prelación obtenido conforme a lo dispuesto en el artículo 11 de la Orden
de 21 de mayo de 2019, número de expediente de solicitud de ayuda, nombre y apellidos,
DNI/permiso de residencia y cuantía máxima anual de la subvención a percibir.
Habiendo obtenido la condición de beneficiarios y constatando que el importe efectivamente justificado es inferior al importe de concesión reconocido en la Orden de 31 de diciembre de 2019, la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, de conformidad con
lo dispuesto en los artículos 12 y 14.1.b) de la Orden de 21 de mayo de 2019 por la que se
convocan subvenciones para el año 2019 al alquiler de vivienda previstas en el Real Decreto 106/2018, de 9 de marzo, por el que se regula el Plan Estatal de Vivienda, 2018-2021,
HA DISPUESTO

BOCM-20211230-11

I. Declarar la pérdida del derecho al cobro de la subvención reconocida, en determinadas cuantías, de los beneficiarios que se incluyen en el listado que será publicado en la
página web institucional de la Comunidad de Madrid: www.comunidad.madrid, con indicación de la cantidad dejada de percibir.
II. Declarar la finalización del procedimiento con archivo del expediente.
Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, en el plazo de un mes, o directamente el recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, computándose ambos desde el día siguiente a la publicación de la presente
Orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Madrid, a 16 de diciembre de 2021.—La Consejera de Medio Ambiente, Vivienda
y Agricultura, P. D. (Orden de 5 de septiembre de 2019; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 10 de septiembre de 2019), la Directora General de Vivienda y Rehabilitación, María José Piccio-Marchetti Prado.
(03/34.873/21)

http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791