C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA (BOCM-20211230-10)
Concesión subvenciones –  Orden 1675/2021, de 16 de diciembre, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, por la que se declara la pérdida del derecho al cobro a los beneficiarios de las subvenciones al alquiler de vivienda en la Comunidad de Madrid convocadas para el año 2019 mediante Orden de 21 de mayo de 2019
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 311

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 30 DE DICIEMBRE DE 2021

Pág. 37

I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones
Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura
10

ORDEN 1675/2021, de 16 de diciembre, de la Consejería de Medio Ambiente,
Vivienda y Agricultura, por la que se declara la pérdida del derecho al cobro a
los beneficiarios de las subvenciones al alquiler de vivienda en la Comunidad de
Madrid convocadas para el año 2019 mediante Orden de 21 de mayo de 2019.

Mediante Orden de 31 de diciembre de 2019, de la entonces Consejería de Vivienda
y Administración Local, se aprueba la relación de beneficiarios, con indicación del número de orden de prelación obtenido conforme a lo dispuesto en el artículo 11 de la Orden de 21 de mayo de 2019, número de expediente de solicitud de ayuda, nombre y apellidos, DNI/permiso de residencia y cuantía máxima anual de la subvención a percibir.
Habiendo obtenido la condición de beneficiarios y no habiendo aportado en plazo la
documentación o siendo esta incorrecta, la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y
Agricultura, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 12 y 14 de la Orden de 21 de
mayo de 2019 por la que se convocan subvenciones para el año 2019 al alquiler de vivienda previstas en el Real Decreto 106/2018, de 9 de marzo por el que se regula el Plan Estatal de Vivienda, 2018-2021,
HA DISPUESTO

BOCM-20211230-10

I. Declarar la pérdida del derecho al cobro de la subvención reconocida de los beneficiarios que se incluyen en el listado que será publicado en la página web institucional de
la Comunidad de Madrid: www.comunidad.madrid, que pierden el derecho al cobro de la
subvención reconocida, con indicación del motivo que determina dicha pérdida.
II. Declarar la finalización del procedimiento con archivo del expediente.
Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, en el plazo de un mes, o directamente el recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, computándose ambos desde el día siguiente a la publicación de la presente
Orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Madrid, a 16 de diciembre de 2021.—La Consejera de Medio Ambiente, Vivienda
y Agricultura, P. D. (Orden de 5 de septiembre de 2019; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 10 de septiembre de 2019), la Directora General de Vivienda y Rehabilitación, María José Piccio-Marchetti Prado.
(03/34.876/21)

http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791