Tres Cantos (BOCM-20211228-100)
Urbanismo. Estudio detalle
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 28 DE DICIEMBRE DE 2021

B.O.C.M. Núm. 309

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
100

TRES CANTOS
URBANISMO

BOCM-20211228-100

Expediente 20PD0006. Estudio de Detalle de iniciativa particular para la ordenación
de la parcela RC.16 del Sector AR Nuevo Tres Cantos, presentado por Arroyo Bodonal 2,
Soc. Cop. Mad. Aprobación definitiva.
El Pleno Municipal del Ayuntamiento de Tres Cantos, en sesión celebrada el 20 de diciembre de 2021, ha adoptado el acuerdo número 74/2021, cuya parte dispositiva es la siguiente:
“1. Aprobar definitivamente el Estudio de Detalle para la ordenación de la parcela RC.16 del Sector AR Nuevo Tres Cantos (documento aportado el 24.11.2021 con
RE. 33916/2021).
La ejecución de cualquier construcción, instalación (postes, antenas, aerogeneradoresincluidas las palas), medios necesarios para la construcción (incluidas las grúas de construcción y similares) o plantación en la parte del ámbito afectada por servidumbres aeronáuticas, requerirá acuerdo favorable previo de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea
(AESA), conforme a los artículos 30 y 31 del Decreto 584/1972, en su actual redacción.
2. Remitir un ejemplar del documento aprobado definitivamente al Registro Administrativo de la Consejería competente.
3. Publicar el acuerdo de aprobación definitiva en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con indicación de haber procedido a su depósito conforme al punto anterior, para su entrada en vigor.
4. Expedir una certificación del acuerdo que se adopte para su incorporación al expediente”.
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 65 y 66 de la Ley 9/2001, de 17 de
julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, expresamente se significa que se ha procedido al depósito de este plan en el registro administrativo de los planes de ordenación urbanística de la Consejería de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio, donde puede ser consultado.
Lo que se publica para general conocimiento, en cumplimiento de lo dispuesto en el
artículo 37 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas, indicándose que el presente acuerdo pone fin a la vía administrativa y que contra el mismo podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante
el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (artículos 10 y 25 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa), en el plazo de dos meses
contados desde el día siguiente a su publicación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley
Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 13 de julio de 1998, sin perjuicio de cualquier otro que se estime oportuno.
Tres Cantos, a 23 de diciembre de 2021.—El primer teniente de alcalde, Javier Juárez
de la Morena.
(02/35.112/21)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791