C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20211228-21)
Plan estratégico subvenciones –  Orden de 15 de diciembre de 2021, del Consejero de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones para financiar las becas a las participantes en el programa de formación con compromiso de contratación e inserción para mujeres víctimas de violencia de género o trata y explotación sexual, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (financiado por la Unión Europea) Next Generation EU
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 28 DE DICIEMBRE DE 2021

B.O.C.M. Núm. 309

I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
ORDEN de 15 de diciembre de 2021, del Consejero de Economía, Hacienda y
Empleo, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones para financiar las becas a las participantes en el programa de formación con compromiso
de contratación e inserción para mujeres víctimas de violencia de género o trata y explotación sexual, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación
y Resiliencia (financiado por la Unión Europea) Next Generation EU.

Las Administraciones Públicas deben concretar en un plan estratégico los objetivos y
efectos, así como el plazo, los costes y la financiación de todas aquellas subvenciones que se
proponen desarrollar, con objeto de cumplir lo establecido en el artículo 8, apartado 1 de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, que tiene el carácter de legislación básica del Estado. Este mismo requisito se recoge en el artículo 4.bis de la Ley 2/1995,
de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid.
El plan estratégico se recoge dentro de las actuaciones previstas para la programación
del instrumento jurídico de colaboración de la Comunidad de Madrid para la puesta en práctica de las actuaciones previstas en la Inversión 2 “Empleo, Mujer” del Componente 23 del
Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de la economía española, referente a
la concesión de becas a participantes en el Programa de formación con compromiso de contratación e inserción de víctimas de violencia de género o trata y explotación sexual.
Consiste esencialmente en un complemento a la licitación del contrato administrativo
de servicios, en fase de tramitación administrativa, el cual articula las condiciones de realización de los servicios que se desarrollan en el Programa de formación con compromiso de
contratación e inserción para mujeres víctimas de violencia de género o trata y explotación
sexual, y que se ha de desarrollar a lo largo de los años 2022, 2023 y 2024.
Para contribuir a asegurar el cumplimiento de los fines que se persiguen, se hace necesario incentivar la asistencia de las participantes, en algunos casos posibilitar, dadas las
especiales dificultades para la inserción laboral del colectivo al que pertenecen, incluyéndose dentro de las actuaciones previstas en el Programa, la concesión de becas mensuales
por la asistencia efectiva a los servicios que se prestan.
Los servicios que se prestan en el Programa buscan la consecución de un objetivo principal, conseguir la inserción laboral de al menos el 50 por ciento de las participantes, a la
vez que se mejora la empleabilidad y las oportunidades de empleo de aquellas a las que no
se logre insertar, además se les brinda acompañamiento en la búsqueda de confianza y en
el avance hacia su autonomía personal.
Cobra por ello importancia, minimizar los obstáculos del tipo económico que puedan
generar la falta de asistencia a los servicios que se prestan en el Programa, o incluso su
abandono. Con este fin se plantea la publicación de este Plan Estratégico de Subvenciones,
que posibilite la convocatoria de becas a las participantes que acrediten su efectiva presencia en los servicios del Programa.
Toda la actividad tendrá como referente normativo, junto con la regulación propia de
los programas cofinanciados con fondos europeos, el marco que configura la Ley 30/2015,
de 9 de septiembre, por la que se regula el sistema de formación profesional para el empleo
en el ámbito laboral.
En este sentido es de destacar la posibilidad de aprobar subvenciones en régimen de concesión directa, que aparece expresamente recogida en el artículo 6.5.d) de la precitada Ley, y
en el artículo 25 del Real Decreto 694/2017, de 3 de julio, por el que se desarrolla la
Ley 30/2015, de 9 de septiembre.
Este Plan Estratégico de Subvenciones se articula al objeto de materializar los compromisos y obligaciones contraídas en las actuaciones que se relacionan en la Inversión 2
“Empleo, Mujer” del Componente 23 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de la economía española.

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