D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA (BOCM-20211228-33)
Convenio – Convenio de 9 de diciembre de 2021, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura) y don Luis Lizana Recio y doña María Teresa Lizana Recio, propietarios de las parcelas con referencia catastral 28037A009001770000XX, 28037A009001970000XP y 28037A012001270000XY, del municipio de Cenicientos, por el que se instrumenta la concesión directa de una ayuda en especie para la realización de diversos trabajos de restauración incluidos en el Decreto 239/2019, de 24 de septiembre, por el que se declara zona de actuación urgente
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BOCM
Pág. 136
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 28 DE DICIEMBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 309
I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura
33
CONVENIO de 9 de diciembre de 2021, entre la Comunidad de Madrid
(Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura) y don Luis Lizana
Recio y doña María Teresa Lizana Recio, propietarios de las parcelas con
referencia catastral 28037A009001770000XX, 28037A009001970000XP y
28037A012001270000XY, del municipio de Cenicientos, por el que se instrumenta la concesión directa de una ayuda en especie para la realización
de diversos trabajos de restauración incluidos en el Decreto 239/2019, de
24 de septiembre, por el que se declara zona de actuación urgente.
Madrid, a 9 de diciembre de 2021.
REUNIDOS
De una parte, D. José Ignacio Tejerina Alfaro, Secretario General Técnico de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, nombrado por Decreto 121/2021,
de 30 de junio, del Consejo de Gobierno (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID n.o 155, de 1 de julio de 2021), actuando conforme a las atribuciones que le confiere la Orden 1/2018, de 25 de mayo, de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación
del Territorio, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias y la firma de
convenios, se desconcentra el protectorado de fundaciones y se designa con carácter permanente a los miembros de las mesas de contratación de la Consejería.
De otra, Don Luis Lizana Recio con DNI número *****058C, como propietario de las
parcelas con referencia catastral 28037A009001770000XX, 28037A009001970000XP
y 28037A012001270000XY del municipio de Cenicientos, y en representación de doña
María Teresa Lizana Recio, con DNI *****297R, copropietaria de las mismas fincas, según declaración del mismo y escritura pública de partición de herencia suscrita ante el Notario del Ilustre Colegio de Madrid con residencia en Madrid, don Manuel Serrano García,
el día 3 de agosto de 2015, con el número 712 de su protocolo y según certificaciones catastrales de la Dirección General del Catastro.
Ambas partes se reconocen mutuamente competencia y capacidad para celebrar el presente convenio, y
I. Corresponde a la Comunidad de Madrid, en el marco de la legislación básica del
Estado y, en su caso, en los términos que la misma establezca, el desarrollo legislativo, la potestad reglamentaria y la ejecución del régimen de los montes y aprovechamientos forestales, con especial referencia a los montes vecinales en mano común, montes comunales, vías
pecuarias y pastos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 27.3 del Estatuto de Autonomía, aprobado por Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero. Además, de conformidad con
el artículo 47.1 de la Ley 16/1995, de 4 de mayo, Forestal y de Protección de la Naturaleza,
le corresponde a la Comunidad de Madrid velar por la restauración de la riqueza forestal
afectada por los incendios forestales, cualquiera que sea la titularidad de los terrenos.
La Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura tiene atribuidas las competencias que tenía atribuidas la Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y
Sostenibilidad, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 del Decreto 42/2021, de 19
de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y
denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid. De forma específica, en el
artículo 3 del Decreto 88/2021, de 30 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, se atribuye a la Dirección General de Biodiversidad y Recursos Naturales las competencias en materia de recursos naturales y espacios protegidos.
BOCM-20211228-33
EXPONEN
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 28 DE DICIEMBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 309
I. COMUNIDAD DE MADRID
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Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura
33
CONVENIO de 9 de diciembre de 2021, entre la Comunidad de Madrid
(Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura) y don Luis Lizana
Recio y doña María Teresa Lizana Recio, propietarios de las parcelas con
referencia catastral 28037A009001770000XX, 28037A009001970000XP y
28037A012001270000XY, del municipio de Cenicientos, por el que se instrumenta la concesión directa de una ayuda en especie para la realización
de diversos trabajos de restauración incluidos en el Decreto 239/2019, de
24 de septiembre, por el que se declara zona de actuación urgente.
Madrid, a 9 de diciembre de 2021.
REUNIDOS
De una parte, D. José Ignacio Tejerina Alfaro, Secretario General Técnico de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, nombrado por Decreto 121/2021,
de 30 de junio, del Consejo de Gobierno (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID n.o 155, de 1 de julio de 2021), actuando conforme a las atribuciones que le confiere la Orden 1/2018, de 25 de mayo, de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación
del Territorio, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias y la firma de
convenios, se desconcentra el protectorado de fundaciones y se designa con carácter permanente a los miembros de las mesas de contratación de la Consejería.
De otra, Don Luis Lizana Recio con DNI número *****058C, como propietario de las
parcelas con referencia catastral 28037A009001770000XX, 28037A009001970000XP
y 28037A012001270000XY del municipio de Cenicientos, y en representación de doña
María Teresa Lizana Recio, con DNI *****297R, copropietaria de las mismas fincas, según declaración del mismo y escritura pública de partición de herencia suscrita ante el Notario del Ilustre Colegio de Madrid con residencia en Madrid, don Manuel Serrano García,
el día 3 de agosto de 2015, con el número 712 de su protocolo y según certificaciones catastrales de la Dirección General del Catastro.
Ambas partes se reconocen mutuamente competencia y capacidad para celebrar el presente convenio, y
I. Corresponde a la Comunidad de Madrid, en el marco de la legislación básica del
Estado y, en su caso, en los términos que la misma establezca, el desarrollo legislativo, la potestad reglamentaria y la ejecución del régimen de los montes y aprovechamientos forestales, con especial referencia a los montes vecinales en mano común, montes comunales, vías
pecuarias y pastos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 27.3 del Estatuto de Autonomía, aprobado por Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero. Además, de conformidad con
el artículo 47.1 de la Ley 16/1995, de 4 de mayo, Forestal y de Protección de la Naturaleza,
le corresponde a la Comunidad de Madrid velar por la restauración de la riqueza forestal
afectada por los incendios forestales, cualquiera que sea la titularidad de los terrenos.
La Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura tiene atribuidas las competencias que tenía atribuidas la Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y
Sostenibilidad, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 del Decreto 42/2021, de 19
de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y
denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid. De forma específica, en el
artículo 3 del Decreto 88/2021, de 30 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, se atribuye a la Dirección General de Biodiversidad y Recursos Naturales las competencias en materia de recursos naturales y espacios protegidos.
BOCM-20211228-33
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