C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL (BOCM-20211227-25)
Regulación concesión ayudas –  Acuerdo de 9 de diciembre de 2021, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueban las normas reguladoras y se establece el procedimiento de concesión directa de ayudas económicas de pago mensual por gestación, nacimiento de hijo o adopción de menores en la Comunidad de Madrid
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 86

LUNES 27 DE DICIEMBRE DE 2021

B.O.C.M. Núm. 308




5.- Datos de los hijos en caso de gestación:
Número de hijos

Fecha previsible de parto

6. Medio de notificación
{ Interesado/a { Representante (indique a quién desea que se envíe la notificación)
Deseo ser notificado/a de forma electrónica (si selecciona esta opción, debe tener una dirección electrónica habilitada en el

{Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid) Puede darse de alta accediendo a este enlace
Deseo ser notificado/a por correo certificado
Tipo de vía

{

Número

Nombre de vía
Piso

Provincia

Puerta

Código postal

Municipio

7.- Cumplimiento de requisitos por la persona interesada:
La persona interesada debe (*):
Español/a o extranjera/o con residencia legal en España
Menor de 30 años de edad, inclusive, en la fecha de presentación de la solicitud
Residir y estar empadronada/o en algún municipio de la Comunidad de Madrid durante al menos los diez años inmediatos
anteriores a la fecha de presentación de la solicitud
Los límites de renta para el acceso a las ayudas serán de 30.000 euros anuales en tributación individual y de 36.200 euros
en tributación conjunta para toda la unidad familiar
(*) Importante: Todos ellos son requisitos imprescindibles para solicitar la ayuda.

8.- Documentación requerida:
Documentos que deberán acompañar a la solicitud
DNI/NIE o tarjeta residente o solicitud de renovación
Empadronamiento histórico y actual de residencia
Certificación registral individual o copia del libro de familia si este ha sido expedido con anterioridad a la entrada en
vigor de la Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil, donde conste el nacimiento de los hijos/as o, en su
defecto, copia de los certificados de nacimiento, o en caso de adopción, certificado de inscripción de la adopción
en el Registro Civil.
Informe médico acreditativo de que la gestante ha iniciado la semana 21 de gestación en la fecha de presentación
de la solicitud, así como de la fecha previsible del parto.
Declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas del ejercicio inmediatamente anterior a la fecha
de presentación de solicitudes o certificado de exención
Declaración responsable firmada por el solicitante o por su representante acreditado en la que se haga constar
que el solicitante no concurre ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones. (Anexo 2).
Otros: documentación acreditativa de la adopción, certificado de defunción de la madre, documentación
acreditativa de la perdida de la patria potestad, etc

NIF, NIE o de la tarjeta de identificación de extranjeros (TIE)
Certificado nacimiento (**)
Certificado defunción (**)
(*) Puede oponerse a la consulta por motivos que deberá justificar. En este caso, deberá aportar la documentación a cuya consulta se opone
(artículo 28.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas). Todo ello sin
perjuicio de la potestad de verificación de la Administración
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Modelo: 3163F1

BOCM-20211227-25

La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos (*):