Móstoles (BOCM-20211227-88)
Régimen económico. Presupuesto general
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 27 DE DICIEMBRE DE 2021

B.O.C.M. Núm. 308

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
88

MÓSTOLES
RÉGIMEN ECONÓMICO

BOCM-20211227-88

En la Secretaría General de esta Entidad Local y conforme disponen los artículos 112
de la Ley 7/1985, de 2 de abril, 169.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo,
por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y
artículo 20 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se encuentra expuesto al público a
efectos de reclamaciones el Presupuesto General para el ejercicio 2022, aprobado inicialmente por el Pleno de la Corporación, en sesión celebrada el día 22 de diciembre de 2021,
Presupuesto que se considerará definitivamente aprobado si no se presentan reclamaciones
durante el plazo de exposición pública, y que está integrado por:
1. Presupuesto Consolidado: Ayuntamiento y todos sus entes dependientes, con un
total en su estado de gastos y de ingresos de: 199.319.481,81 euros.
2. El presupuesto del Ayuntamiento de Móstoles, con un total en su estado de gastos
y de ingresos de 191.142.391,00 euros.
El presupuesto de los Organismos Autónomos:
1. Patronato Municipal de Escuelas Infantiles, con un total, tanto en su estado de ingresos como de gastos, de 4.402.768,29 euros.
2. Gerencia Municipal de Urbanismo, con un total, tanto en su estado de ingresos
como de gastos, de 3.484.000,00 euros.
Los estados de previsión de gastos e ingresos de las sociedades anónimas de carácter
íntegramente municipal:
1. Instituto Municipal del Suelo, Sociedad Anónima, suma 8.159.245,71 euros en su
previsión de gastos y de ingresos.
2. Móstoles Desarrollo Promoción Económica, Sociedad Anónima, suma
5.856.094,95 euros en su previsión de gastos e ingresos.
Los interesados que estén legitimados según lo dispuesto en el artículo 170.1 del Real
Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la
Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y por los motivos taxativamente enumerados en
el número 2 de dicho artículo 170, podrán presentar reclamaciones con sujeción a los siguientes trámites:
a) Plazo de exposición y admisión de reclamaciones: quince días hábiles a partir
del siguiente a la fecha de inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID.
b) Oficina de presentación: Registro General.
c) Órgano ante el que se reclama: Ayuntamiento Pleno.
En Móstoles, a 22 de diciembre de 2020.—La alcaldesa-presidenta (firmado).
(03/35.030/21)

http://www.bocm.es

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791