Móstoles número 1 (BOCM-20211227-122)
Ejecución 245/2021
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 308
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 27 DE DICIEMBRE DE 2021
Pág. 435
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
122
MÓSTOLES NÚMERO 1
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Doña María Victoria Esteban Delgado, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 1 de Móstoles.
BOCM-20211227-122
Hago saber: Que en el procedimiento número 245/2021, de este juzgado de lo social,
seguido a instancias de doña Alejandra María de Andrés Martin, frente al Ayuntamiento de
Móstoles y UTE Serendipity Asistencia Técnica y de Apoyo Técnica, S. L., y Pinto Gestión
y Negocio, S. L., sobre ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:
Despachar orden general de ejecución de sentencia a favor de la parte ejecutante, don
Alejandra María de Andrés Martin, frente a la demandada UTE Serendipity Asistencia Técnica y de Apoyo Técnica, S. L., y Pinto Gestión y Negocio, S. L., parte ejecutada, por un principal de 8.212,11 euros (que corresponden 5.289,39 euros a indemnización, 2.170,26 euros a
salarios de trámite y 752,46 euros de intereses de demora del 10 por 100), más 1.300 euros de
intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.
Notifíquese la presente resolución a las partes.
Modo de impugnación: mediante recurso de reposición ante este Juzgado dentro de los
tres días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución, podrá deducirse oposición en los términos previstos en el artículo 239.4 LJS, debiendo el recurrente que no sea trabajador beneficiario del régimen de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de
este Juzgado abierta en la entidad Banco Santander 2850-0000 64-0245-21.
Así, por éste su Auto, lo acuerda, manda y firma, el Ilmo. Sr. magistrado-juez, Francisco Juan Sánchez Delgado.
En orden a dar efectividad a la orden general de ejecución, acuerdo:
Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora para que en quince días
puedan designar la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba, advirtiéndoles que de
no ser así se procederá a dictar decreto de insolvencia provisional en la presente ejecución.
Notifíquese la presente resolución a las partes.
Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en
el plazo de tres días desde su notificación.
Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.—La letrada de la Administración de Justicia, María
Victoria Esteban Delgado.
Y para que sirva de notificación en legal forma a UTE Serendipity Asistencia Técnica
y de Apoyo Técnica, S. L., y Pinto Gestión y Negocio, S. L., en ignorado paradero, expido
el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Móstoles, a 3 de diciembre de 2021.—La letrada de la Administración de Justicia
(firmado).
(03/33.693/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
B.O.C.M. Núm. 308
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LUNES 27 DE DICIEMBRE DE 2021
Pág. 435
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
122
MÓSTOLES NÚMERO 1
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Doña María Victoria Esteban Delgado, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 1 de Móstoles.
BOCM-20211227-122
Hago saber: Que en el procedimiento número 245/2021, de este juzgado de lo social,
seguido a instancias de doña Alejandra María de Andrés Martin, frente al Ayuntamiento de
Móstoles y UTE Serendipity Asistencia Técnica y de Apoyo Técnica, S. L., y Pinto Gestión
y Negocio, S. L., sobre ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:
Despachar orden general de ejecución de sentencia a favor de la parte ejecutante, don
Alejandra María de Andrés Martin, frente a la demandada UTE Serendipity Asistencia Técnica y de Apoyo Técnica, S. L., y Pinto Gestión y Negocio, S. L., parte ejecutada, por un principal de 8.212,11 euros (que corresponden 5.289,39 euros a indemnización, 2.170,26 euros a
salarios de trámite y 752,46 euros de intereses de demora del 10 por 100), más 1.300 euros de
intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.
Notifíquese la presente resolución a las partes.
Modo de impugnación: mediante recurso de reposición ante este Juzgado dentro de los
tres días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución, podrá deducirse oposición en los términos previstos en el artículo 239.4 LJS, debiendo el recurrente que no sea trabajador beneficiario del régimen de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de
este Juzgado abierta en la entidad Banco Santander 2850-0000 64-0245-21.
Así, por éste su Auto, lo acuerda, manda y firma, el Ilmo. Sr. magistrado-juez, Francisco Juan Sánchez Delgado.
En orden a dar efectividad a la orden general de ejecución, acuerdo:
Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora para que en quince días
puedan designar la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba, advirtiéndoles que de
no ser así se procederá a dictar decreto de insolvencia provisional en la presente ejecución.
Notifíquese la presente resolución a las partes.
Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en
el plazo de tres días desde su notificación.
Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.—La letrada de la Administración de Justicia, María
Victoria Esteban Delgado.
Y para que sirva de notificación en legal forma a UTE Serendipity Asistencia Técnica
y de Apoyo Técnica, S. L., y Pinto Gestión y Negocio, S. L., en ignorado paradero, expido
el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Móstoles, a 3 de diciembre de 2021.—La letrada de la Administración de Justicia
(firmado).
(03/33.693/21)
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D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791