B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20211227-6)
Convocatoria proceso selectivo –  Corrección de errores de la Orden 535/2021, de 25 octubre, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convocan pruebas selectivas de promoción interna para el acceso a plazas de carácter laboral de la categoría profesional de gobernante (Grupo III, Nivel 6, Área B) de la Comunidad de Madrid
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 308

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 27 DE DICIEMBRE DE 2021

Pág. 35

I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
CORRECCIÓN de errores de la orden 535/2021, de 25 octubre, de la Consejería
de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convocan pruebas selectivas de
promoción interna para el acceso a plazas de carácter laboral de la categoría profesional de gobernante (Grupo III, Nivel 6, Área B) de la Comunidad de Madrid.

Advertido error material en la publicación de Orden 535/2021, de 25 octubre, de la
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convocan pruebas selectivas de
promoción interna para el acceso a plazas de carácter laboral de la categoría profesional de
Gobernante (Grupo III, Nivel 6, Área B) de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL
DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 282, de 26 de noviembre).
Se procede a su corrección en los siguientes términos:
En el segundo párrafo del apartado primero de la base octava, de la citada Orden 535/2021, de 25 octubre de 2021.
Donde dice:
“Para la determinación de la puntuación en la fase de oposición, y en el caso que alguna persona aspirante haya participado en una convocatoria anterior celebrada con posterioridad al 31 de diciembre de 2016, dicha persona podrá elegir entre la mejor nota obtenida
en la convocatoria anterior o la obtenida en el presente proceso selectivo, siempre y cuando entre ambas exista la correspondiente similitud en programa y tipo de pruebas a realizar.
No obstante, si las personas participantes optasen por realizar los ejercicios, quedará sin
efecto la calificación obtenida en los respectivos ejercicios de la anterior convocatoria. Si
se opta por la nota obtenida en la convocatoria anterior, la comprobación del mismo se efectuará, de oficio, por la Dirección General de Función Pública de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo.”
Debe decir:
“Para la determinación de la puntuación en la fase de oposición, y en el caso que alguna persona aspirante haya participado en una convocatoria anterior celebrada con posterioridad al 31 de diciembre de 2016, dicha persona podrá elegir entre la mejor nota obtenida
en la convocatoria anterior o la obtenida en el presente proceso selectivo, siempre y cuando entre ambas exista la correspondiente similitud en programa y tipo de pruebas a realizar.
Si se opta por la nota obtenida en la convocatoria anterior, la comprobación del mismo se
efectuará, de oficio, por la Dirección General de Función Pública de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo”.
De acuerdo con lo previsto en la base 3.6 de la citada orden de convocatoria, las personas interesadas dispondrán de un plazo de veinte días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación de la presente corrección de errores en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID, a fin de presentar las solicitudes de participación en los correspondientes procesos selectivos.
Madrid, a 14 de diciembre de 2021.—El Viceconsejero de Hacienda (por delegación del
Consejero de Hacienda y Función Pública mediante Orden de 6 de julio de 2020; BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 16 de julio de 2020), José Ramón Menéndez
Aquino.
(01/34.600/21)

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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791

BOCM-20211227-6

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