D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20211227-62)
Convenio –  Convenio de 22 de diciembre de 2021, entre la Comunidad de Madrid y la Fundación Colección Thyssen-Bornemisza, por el que se formaliza la concesión directa de una subvención por importe de 100.000 euros destinados a financiar los actos conmemorativos del nacimiento del barón Thyssen-Bornemisza (1921-2002), durante el presente año
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 308

LUNES 27 DE DICIEMBRE DE 2021

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— Compromiso de mencionar el apoyo de la Comunidad de Madrid en este proyecto cada vez que la prensa pida colaboración del área de comunicación del
Museo. Igualmente, el compromiso de mención de toda información que produzca el Gabinete de Prensa, relativa a este proyecto.
— Invitaciones, en número de 100, para el acto de inauguración general de la
muestra.
F) Las Visitas a las exposiciones: el Museo Thyssen-Bornemisza organizará a petición de la Comunidad de Madrid hasta un máximo de 4 visitas guiadas para cada
exposición al Museo cerrado para 60 invitados cada una de ellas.
G) Otros. La Comunidad de Madrid podrá beneficiarse, durante el año siguiente a la
concesión de la ayuda, de las siguientes atenciones:
— Invitaciones a todas las inauguraciones de exposiciones o actos públicos que
el Museo organice en el que estén presentes sus patrocinadores.
— Invitaciones a las visitas privadas para patrocinadores del área de patrocinio
que organiza en cada exposición.
— Descuento del 20 por ciento en visitas privadas adicionales, alquiler de espacios y publicaciones editadas por el Museo, para uso institucional de la Comunidad de Madrid.
— 15 tarjetas a nombre de la Comunidad que den acceso prioritario y gratuito al
Museo a su portador junto con un acompañante, válido por un año.
— 75 pases de invitados, que dan acceso prioritario y gratuito al Museo junto con
un acompañante, válido una sola vez.
— 2 ejemplares gratuitos de cada una de las publicaciones que edite el Museo
durante el año siguiente al patrocinio.
— Cesión de una imagen del Museo al año.
— Cesión gratuita a la Comunidad de Madrid de un espacio del Museo para organizar un cóctel tras una visita a las exposiciones y 20 por ciento de descuento en los siguientes alquileres.
— La Comunidad de Madrid podrá difundir su acción de subvención, en calidad
de colaborador/coproductor, en cualquier medio de comunicación social.
Novena
Compatibilidad de la ayuda
De conformidad con lo establecido en el artículo 19 de la Ley General de Subvenciones, la subvención será compatible con cualesquiera otras subvenciones, ayudas, ingresos
o recursos concedidos para el mismo objeto, procedentes de cualesquiera otras Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de otros organismos
internacionales. No obstante lo anterior, en ningún caso el importe de las subvenciones podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras ayudas o recursos, supere el coste de la actividad subvencionada.
Asimismo, se autoriza al beneficiario a subcontratar hasta el 100 por 100 de la actividad subvencionada, con las condiciones y requisitos establecidos en el artículo 29.3 de la
Ley General de Subvenciones.
Décima
Procederá el reintegro de las cantidades percibidas y la exigencia del interés de demora en los términos y supuestos que señalan los artículos 37 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y 11 de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, entre los que se encuentra el incumplimiento de la obligación de justificación, el incumplimiento de la finalidad para la que la
subvención fue concedida y el incumplimiento de las condiciones impuestas al beneficiario con motivo de la concesión de la subvención.
Sin perjuicio de lo anterior, las conductas del beneficiario tipificadas en los artículos 56, 57 y 58 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y artículo 14 de la Ley 2/1995,
de 8 de marzo, tendrán la consideración de infracciones administrativas y producirán los
efectos contenidos en los artículos 59 a 69 de la Ley General de Subvenciones y 15 y 16 de
la Ley autonómica respectivamente. Las sanciones que se pudieran imponer serán independientes de la exigencia de la obligación de reintegro.

BOCM-20211227-62

Reintegro de la subvención