D) Anuncios - Consejería de Presidencia, Justicia e Interior (BOCM-20211227-28)
Convenio –  Convenio de 18 de noviembre de 2021, entre el Consejo General del Poder Judicial, el Ministerio de Justicia, la Comunidad de Madrid y el CES Cardenal Cisneros para la realización de prácticas externas en Juzgados y Tribunales
8 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
B.O.C.M. Núm. 308

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 27 DE DICIEMBRE DE 2021

Pág. 101

siderar que esta actividad puede resultar de gran interés para la formación de profesionales
que en un futuro pudieran colaborar o dar servicio a la Administración de Justicia, lo que
redundará en una mayor calidad de la misma.
Dicha colaboración se concreta en que el alumnado que cursa estudios en el CES Cardenal Cisneros pueda realizar prácticas externas en juzgados y tribunales de la Comunidad
de Madrid de conformidad con las siguientes
CLÁUSULAS
Primera
Objeto y compromisos de las partes
Constituye el objeto del presente convenio la realización de prácticas externas curriculares y extracurriculares (en adelante, prácticas externas) por el alumnado matriculado en
la asignatura de prácticas académicas, de estudios oficiales de grado o máster que imparte
el CES Cardenal Cisneros y siempre de titulaciones relacionadas con profesiones de la
Administración de Justicia, en los juzgados y tribunales de la Comunidad de Madrid.
Por un lado, la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior se compromete a permitir
la realización de las prácticas externas objeto del presente convenio, así como a facilitar el
acceso del alumnado a las sedes de los juzgados y tribunales.
Por otro lado, el CES Cardenal Cisneros se compromete a que la persona o personas
que ejerza/n la tutoría de las prácticas en el órgano judicial pueda disfrutar de los siguientes derechos, en el marco de la normativa propia del CES Cardenal Cisneros que sea de aplicación:
a) Reconocimiento de su actividad colaboradora mediante documento acreditativo
expedido por el CES Cardenal Cisneros que certifique su actividad como tutor/a
de estudiantes en prácticas.
b) Ser informada acerca de la normativa que regula las prácticas externas, así como
del proyecto formativo y de las condiciones de su desarrollo.
c) Tener acceso a la Universidad para obtener la información y el apoyo necesarios
en el cumplimiento de los fines propios de su función.
d) Disfrutar del acceso a bibliotecas, instalaciones deportivas o actividades culturales, entre otras.
La colaboración que prestan el Consejo General del Poder Judicial, el Ministerio de
Justicia y la Comunidad de Madrid estará siempre supeditada a las necesidades y disponibilidad del Juzgado o Tribunal donde se realicen las prácticas externas, por lo que surgida
tal necesidad o falta de disponibilidad, en su caso, el convenio quedará suspendido, en tanto persistan estas situaciones o, en su caso extinguido sin que sea preciso denuncia previa
en este sentido y sin derecho a reclamación alguna por parte del CES Cardenal Cisneros o
concesión de indemnización o compensación a su favor.
Asimismo, la Universidad se compromete, en función de su disponibilidad, a prestar
su colaboración al Ministerio de Justicia y al Consejo General del Poder Judicial mediante
la cesión de aulas, con ocasión de la celebración de pruebas correspondientes a los procesos selectivos para el ingreso o acceso de personal funcionario al servicio de la Administración de Justicia y de acceso a las Carreras judicial y fiscal.
Las partes determinarán, de común acuerdo, el número de estudiantes que realizarán
las prácticas en los juzgados y tribunales.
Segunda
1. Las prácticas externas se ajustarán en todo caso a la normativa vigente, y en especial a lo establecido en el Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se regulan las
prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios.
Cada alumno/a deberá suscribir al inicio de las prácticas el documento que se adjunta
como Anexo I al presente convenio.
2. Se establecen dos modalidades de prácticas externas que pueden ser concurrentes:
a) Prácticas curriculares: son las prácticas que tienen su origen en los diversos planes
de estudios, que son obligatorias para obtener la titulación requerida.

BOCM-20211227-28

Condiciones y requisitos generales de las prácticas