D) Anuncios - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDADES, CIENCIA Y PORTAVOCÍA (BOCM-20211227-31)
Convenio –  Convenio de 10 de diciembre de 2021, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Educación, Ciencia, Universidades y Portavocía) y el Instituto Universitario de Investigación Ortega y Gasset para la concesión directa de una ayuda de 221.287 euros, destinada a la financiación del desarrollo de cinco programas de actuación en el año 2021
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 308

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 27 DE DICIEMBRE DE 2021

Pág. 113

Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, deberá presentar un escrito,
firmado por persona legalmente autorizada por la entidad, en el que autorice de
forma expresa a la Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía
para la consulta de sus datos tributarios.
En caso de que no autorice dicha consulta, deberá presentar el certificado de la
Agencia Estatal de Administración Tributaria acreditativo del cumplimiento de
sus obligaciones.
b) Respecto del cumplimiento de sus obligaciones frente a la Tesorería General de la
Seguridad Social, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 28.2 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, la Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía
consultará por medios electrónicos dicho cumplimiento.
El Instituto Universitario de Investigación Ortega y Gasset podrá oponerse a la
consulta por motivos que deberá justificar mediante la presentación de un escrito
firmado por persona legalmente autorizada por la entidad. En este caso, será necesaria la aportación del correspondiente certificado acreditativo de sus obligaciones con la Tesorería General de la Seguridad Social. Todo ello sin perjuicio de la
potestad de verificación de la Administración.
c) De conformidad con el artículo 29.5 de la Ley 9/1990, de 8 de noviembre, Reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid, el certificado de estar al corriente de pago con la Comunidad de Madrid se solicitará de oficio por la Consejería
de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía”.
Tercera
Obligaciones del Instituto Universitario de Investigación Ortega y Gasset
En cuanto beneficiario de la subvención, el Instituto Universitario de Investigación Ortega y Gasset asumirá las siguientes obligaciones:
1) La entidad se compromete, en virtud del presente convenio, a destinar la subvención concedida por la Consejería de Educación, Universidades Ciencia y Portavocía, únicamente para el fin otorgado en el presente convenio.
2) El Instituto Universitario de Investigación Ortega y Gasset y, solidariamente, la
Fundación Ortega y Gasset-Gregorio Marañón complementarán la aportación realizada por la Consejería de Educación, Universidades Ciencia y Portavocía a la financiación de los programas detallados en la Cláusula Primera, si con los fondos
recibidos por la presente subvención de concesión directa no se cubriese la totalidad del presupuesto de los programas, ni de los gastos necesarios para su correcta ejecución.
3) El Instituto Universitario de Investigación Ortega y Gasset y la Fundación Ortega
y Gasset-Gregorio Marañón mencionarán expresamente la colaboración de la
Consejería de Educación, Universidades Ciencia y Portavocía en las actividades
y programas relacionados con el objeto de este convenio, a cuyo efecto utilizará
el logotipo de la Consejería, de conformidad con su imagen institucional.
4) La entidad se compromete a presentar la declaración responsable de no estar incursa en ninguna de las circunstancias que impiden ser beneficiario de ayudas,
previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones.
5) El Instituto Universitario de Investigación Ortega y Gasset deberá cumplir todas
las obligaciones impuestas a los beneficiarios de subvenciones en el artículo 14 de
la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Cuarta
El importe del gasto asignado por la Comunidad de Madrid para financiar la subvención a conceder al Instituto Universitario de Investigación Ortega y Gasset en el año 2021

BOCM-20211227-31

Financiación