Algete (BOCM-20211223-51)
Régimen económico. Ordenanzas fiscales
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 23 DE DICIEMBRE DE 2021

B.O.C.M. Núm. 305

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
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ALGETE
RÉGIMEN ECONÓMICO

Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público,
queda automáticamente elevado a definitivo acuerdo plenario inicial aprobatorio del expediente de modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa sobre ocupación de terrenos de uso público con mesas y sillas con finalidad lucrativa para su general conocimiento y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases del Régimen local siendo el texto de la modificación el siguiente:
DISPOSICIÓN TRANSITORIA PRIMERA
No se sujetarán a la tasa las ocupaciones, con carácter no permanente, de la vía pública y
bienes de uso público con mesas y sillas con finalidad lucrativa realizadas en el ejercicio 2020.
DISPOSICIÓN TRANSITORIA SEGUNDA
No se sujetarán a la tasa las ocupaciones, con carácter no permanente, de la vía pública y
bienes de uso público con mesas y sillas con finalidad lucrativa realizadas en el ejercicio 2021.
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público,
queda automáticamente elevado a definitivo acuerdo plenario inicial aprobatorio del expediente de modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa sobre instalación de
quioscos en la vía pública para su general conocimiento y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen
local siendo el texto de la modificación el siguiente:
DISPOSICIÓN TRANSITORIA PRIMERA
No se sujetarán a la tasa las ocupaciones con pequeñas construcciones e instalaciones
de carácter fijo o transitorio para el ejercicio de actividades comerciales o industriales realizadas en el ejercicio 2021.
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público,
queda automáticamente elevado a definitivo acuerdo plenario inicial aprobatorio del expediente de modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa sobre Instalación de
puestos, barracas, casetas de venta, espectáculo, atracciones o recreo situados en terrenos
de uso público local, así como industrias callejeras y ambulantes y rodaje cinematográfico
para su general conocimiento y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen local siendo el texto de la
modificación el siguiente:

Para el ejercicio 2021 se deja sin efectos el apartado VI de la presente ordenanza fiscal, no exigiéndose tasa por las ocupaciones de la vía pública para la venta ambulante con
puestos fijos, eventuales y reparto de productos alimenticios, comerciales o industriales.
Lo que se hace público para conocimiento general.
En Algete, a 21 de diciembre de 2021.—El concejal-delegado de Hacienda, Jesús
Fernández Cartón.
(03/34.784/21)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791

BOCM-20211223-51

DISPOSICIÓN TRANSITORIA PRIMERA