B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20211223-5)
Convocatoria proceso selectivo –  Corrección de errores de la Orden 588/2021, de 15 de noviembre, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convocan dos procesos selectivos para el acceso, por el sistema general de acceso libre y de promoción interna, a plazas de carácter laboral de la categoría profesional de Técnico en Cuidados Auxiliares de Enfermería (Grupo IV, Nivel 3, Área D) de la Comunidad de Madrid
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 305

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 23 DE DICIEMBRE DE 2021

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I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
CORRECCIÓN de errores de la Orden 588/2021, de 15 de noviembre, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convocan dos procesos
selectivos para el acceso, por el sistema general de acceso libre y de promoción
interna, a plazas de carácter laboral de la categoría profesional de Técnico en
Cuidados Auxiliares de Enfermería (Grupo IV, Nivel 3, Área D) de la Comunidad de Madrid.

Advertidos errores materiales en la publicación de la Orden 588/2021, de 15 de noviembre, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convocan dos
procesos selectivos para el ingreso, por el sistema general de acceso libre y de promoción
interna, a plazas de carácter laboral de la categoría profesional de Técnico en Cuidados Auxiliares de Enfermería (Grupo IV, Nivel 3, Área D) de la Comunidad de Madrid, (BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 287, de 2 de diciembre), se procede a su
corrección en los siguientes términos:
— En el último párrafo de la base cuarta de la citada orden:
Donde dice: “Para quienes sean miembros de familias numerosas de categoría general, el importe de la tasa será de 5,56 euros”.
Debe decir: “Para quienes sean miembros de familias numerosas de categoría general, el importe de la tasa será de 5,64 euros”.
— En el apartado segundo, primer punto del Anexo II, donde dice:
“Para la determinación de la puntuación en la fase de oposición, y en el caso que
alguna persona aspirante haya participado en una convocatoria anterior celebrada
con posterioridad al 31 de diciembre de 2016, dicha persona podrá elegir entre la
mejor nota obtenida en la convocatoria anterior o la obtenida en el presente proceso selectivo, siempre y cuando entre ambas exista la correspondiente similitud
en programa y tipo de pruebas a realizar. No obstante, si las personas participantes optasen por realizar los ejercicios, quedará sin efecto la calificación obtenida
en los respectivos ejercicios de la anterior convocatoria. Si se opta por la nota obtenida en la convocatoria anterior, la comprobación del mismo se efectuará, de
oficio, por la Dirección General de Función Pública de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo”.
Debe decir:
“Para la determinación de la puntuación en la fase de oposición, y en el caso que alguna persona aspirante haya participado en una convocatoria anterior celebrada con
posterioridad al 31 de diciembre de 2016, dicha persona podrá elegir entre la mejor
nota obtenida en la convocatoria anterior o la obtenida en el presente proceso selectivo, siempre y cuando entre ambas exista la correspondiente similitud en programa
y tipo de pruebas a realizar. Si se opta por la nota obtenida en la convocatoria anterior, la comprobación del mismo se efectuará, de oficio, por la Dirección General de
Función Pública de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo”.
De acuerdo con lo previsto en la base 3.6 de la citada orden de convocatoria, las personas
interesadas dispondrán de un plazo de veinte días hábiles, contados a partir del siguiente a la
publicación de la presente corrección de errores en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID, a fin de presentar las solicitudes de participación en el proceso selectivo.
Madrid, a 10 de diciembre de 2021.—El Viceconsejero de Hacienda, por delegación
del Consejero de Hacienda y Función Pública, mediante Orden de 6 de julio de 2020, BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 16 de julio de 2020, José Ramón Menéndez Aquino.
(01/34.254/21)
http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791

BOCM-20211223-5

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