Madrid número 6 (BOCM-20211222-102)
Procedimiento 655/2021
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 304

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 22 DE DICIEMBRE DE 2021

Pág. 325

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
102

MADRID NÚMERO 6
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Raquel Paz García de Mateos, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado
de lo social número 6 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento número 655/2021, de este Juzgado de lo social,
seguido a instancias de don Cristóbal Gómez García, frente a Barbañe, S. L., sobre despidos/ceses en general se ha dictado la siguiente resolución:

Estimando la demanda de despido interpuesta por don Cristóbal Gómez García contra
Barbañe, S. L., debo declarar y declaro improcedente el despido del demandante efectuado
el día 11 de mayo de 2021, con efectos del día 12 de mayo de 2021, condenando a la mencionada empresa a la inmediata readmisión del trabajador con abono de los salarios de tramitación en la cantidad de 8.671,32 euros (189 días a razón de 45,88 euros diarios), hasta
la notificación de la presente sentencia o hasta que hubiera encontrado otro empleo, si tal
colocación fuera anterior a dicha sentencia y se probase por el empresario lo percibido, para
su descuento de los salarios de tramitación, salvo que en el plazo de cinco días desde la notificación de la presente, mediante escrito o comparecencia ante la oficina de este juzgado,
opte por abonarle la indemnización de 1.892,39 euros, con la advertencia de que, en el supuesto de no optar el empresario por la readmisión o la indemnización, se entiende que procede la primera.
Debo condenar y condeno a la empresa demandada a que abone al trabajador demandante la cantidad de 9.615,88 euros, todo ello más el 10 por 100 de interés por mora.
Notifíquese la presente a las partes haciéndoles saber que contra esta Sentencia puede
interponerse Recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, anunciándolo por comparecencia o por escrito en este Juzgado en el plazo
de los cinco días siguientes a su notificación y designando Letrado o graduado social colegiado para su tramitación. Se advierte al recurrente que no fuese trabajador o beneficiario del
régimen público de Seguridad Social, ni gozase del derecho de asistencia jurídica gratuita
que deberá acreditar al tiempo de interponerlo haber ingresado el importe de 300 euros en la
cuenta IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274 con número 2504-0000-61-0655-21 del Banco
Santander aportando el resguardo acreditativo; así como acreditar al tiempo de anunciarlo
haber consignado el importe íntegro de la condena en el Banco Santander o presentar aval de
duración indefinida y pagadero a primer requerimiento de entidad financiera por el mismo
importe, en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista. Se puede realizar
el ingreso por transferencia bancaria desde una cuenta corriente abierta en cualquier entidad
bancaria distinta de Banco Santander. Para ello ha de seguir todos los pasos siguientes: emitir
la transferencia a la cuenta bancaria siguiente: IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274. En el
campo ordenante, se indicará como mínimo el nombre o razón social de la persona física o
jurídica obligada a hacer el ingreso y si es posible, el nif /cif de la misma. En el campo beneficiario, se identificará al juzgado o tribunal que ordena el ingreso. En el campo “observaciones o concepto de la transferencia”, se consignarán los 16 dígitos que corresponden al
procedimiento: 2504-0000-61-0655-21.
Y para que sirva de notificación en legal forma a Barbañe, S. L., en ignorado paradero,
expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia
de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento
o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a 1 de diciembre de 2021.—La letrada de la Administración de Justicia
(firmado).
(03/33.583/21)
http://www.bocm.es

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ISSN 1989-4791

BOCM-20211222-102

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