D) Anuncios - Consejería de Presidencia, Justicia e Interior (BOCM-20211222-29)
Convenio – Convenio de 3 de diciembre de 2021, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Presidencia, Justicia e Interior) y el Comité Autonómico de Cruz Roja Española en la Comunidad de Madrid en materia de emergencias
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BOCM
Pág. 110
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 22 DE DICIEMBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 304
I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
Consejería de Presidencia, Justicia e Interior
29
CONVENIO de 3 de diciembre de 2021, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Presidencia, Justicia e Interior) y el Comité Autonómico de Cruz Roja
Española en la Comunidad de Madrid en materia de emergencias.
En Pozuelo de Alarcón, a 3 de diciembre de 2021.
REUNIDOS
De una parte, don Carlos Novillo Piris, Viceconsejero de Interior y Director de la
Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112, nombrado por Decreto 95/2021, de 30 de
junio, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, actuando en el ejercicio de su
cargo en uso de las facultades que le confiere el artículo 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de
diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, el artículo 3.2.a) del
Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno por el que se regula la actividad
convencional en la Comunidad de Madrid y el artículo 9.1 de la Orden 88/2020, de 13 de
febrero, del Consejero de Justicia, Interior y Víctimas, por la que se delega la firma de los
convenios promovidos por las Direcciones Generales y unidades administrativas que le estén adscritas.
De otra parte, don Francisco Gabriel Sánchez Parodi, en nombre y representación de
Cruz Roja Española en la Comunidad de Madrid, con CIF: Q-2866001G en calidad de Secretario de Cruz Roja Española en la Comunidad de Madrid, en adelante Cruz Roja, domiciliada en la calle Muguet, número 7, 28004 Madrid. Actúa en virtud del poder otorgado
por el notario de Madrid, don Ignacio Gil-Antuñano Vizcaíno, el día 11 de julio de 2019,
con el número 3.178 de orden de protocolo.
Todas las partes se reconocen, en la representación que ostentan, con plena capacidad
jurídica para el otorgamiento del presente documento, y a tal efecto,
EXPONEN
Que la Comunidad de Madrid es competente en materia de protección civil en los términos establecidos en la Ley Orgánica 3/1983 de 25 de febrero, por la que se aprueba el Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid y a lo dispuesto en la Ley 17/2015, de 9 de julio, del Sistema Nacional de Protección Civil. La Comunidad de Madrid está llamada a
promover la celebración de convenios con otras Administraciones públicas, entidades de derecho público, universidades públicas o con sujetos de derecho privado para la consecución de
un fin común, de acuerdo con lo establecido en el Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.
La Ley 17/2015, de 9 de julio, del Sistema Nacional de Protección Civil, en su artículo 14, determina que los Planes de Protección Civil son los instrumentos de previsión del
marco órgano-funcional y de los mecanismos que permiten la movilización de los recursos
humanos y materiales necesarios para la protección de las personas y de los bienes en caso
de emergencia, así como el esquema de coordinación de las distintas Administraciones Públicas llamadas a intervenir.
El competente para el desarrollo y aprobación del plan territorial, así como de los planes especiales autonómicos es la Comunidad de Madrid. Los planes de protección civil
aprobados hasta la fecha, incluyen en los grupos de acción y en concreto en el de apoyo logístico a Cruz Roja Española como parte integrante del mismo.
BOCM-20211222-29
Primero
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 22 DE DICIEMBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 304
I. COMUNIDAD DE MADRID
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Consejería de Presidencia, Justicia e Interior
29
CONVENIO de 3 de diciembre de 2021, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Presidencia, Justicia e Interior) y el Comité Autonómico de Cruz Roja
Española en la Comunidad de Madrid en materia de emergencias.
En Pozuelo de Alarcón, a 3 de diciembre de 2021.
REUNIDOS
De una parte, don Carlos Novillo Piris, Viceconsejero de Interior y Director de la
Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112, nombrado por Decreto 95/2021, de 30 de
junio, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, actuando en el ejercicio de su
cargo en uso de las facultades que le confiere el artículo 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de
diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, el artículo 3.2.a) del
Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno por el que se regula la actividad
convencional en la Comunidad de Madrid y el artículo 9.1 de la Orden 88/2020, de 13 de
febrero, del Consejero de Justicia, Interior y Víctimas, por la que se delega la firma de los
convenios promovidos por las Direcciones Generales y unidades administrativas que le estén adscritas.
De otra parte, don Francisco Gabriel Sánchez Parodi, en nombre y representación de
Cruz Roja Española en la Comunidad de Madrid, con CIF: Q-2866001G en calidad de Secretario de Cruz Roja Española en la Comunidad de Madrid, en adelante Cruz Roja, domiciliada en la calle Muguet, número 7, 28004 Madrid. Actúa en virtud del poder otorgado
por el notario de Madrid, don Ignacio Gil-Antuñano Vizcaíno, el día 11 de julio de 2019,
con el número 3.178 de orden de protocolo.
Todas las partes se reconocen, en la representación que ostentan, con plena capacidad
jurídica para el otorgamiento del presente documento, y a tal efecto,
EXPONEN
Que la Comunidad de Madrid es competente en materia de protección civil en los términos establecidos en la Ley Orgánica 3/1983 de 25 de febrero, por la que se aprueba el Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid y a lo dispuesto en la Ley 17/2015, de 9 de julio, del Sistema Nacional de Protección Civil. La Comunidad de Madrid está llamada a
promover la celebración de convenios con otras Administraciones públicas, entidades de derecho público, universidades públicas o con sujetos de derecho privado para la consecución de
un fin común, de acuerdo con lo establecido en el Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.
La Ley 17/2015, de 9 de julio, del Sistema Nacional de Protección Civil, en su artículo 14, determina que los Planes de Protección Civil son los instrumentos de previsión del
marco órgano-funcional y de los mecanismos que permiten la movilización de los recursos
humanos y materiales necesarios para la protección de las personas y de los bienes en caso
de emergencia, así como el esquema de coordinación de las distintas Administraciones Públicas llamadas a intervenir.
El competente para el desarrollo y aprobación del plan territorial, así como de los planes especiales autonómicos es la Comunidad de Madrid. Los planes de protección civil
aprobados hasta la fecha, incluyen en los grupos de acción y en concreto en el de apoyo logístico a Cruz Roja Española como parte integrante del mismo.
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