Pozuelo de Alarcón (BOCM-20211221-90)
Urbanismo. Gerencia Municipal de Urbanismo. Plan parcial
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 21 DE DICIEMBRE DE 2021

B.O.C.M. Núm. 303

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
90

POZUELO DE ALARCÓN
URBANISMO

Gerencia Municipal de Urbanismo

BOCM-20211221-90

En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 59 y concordantes de la Ley 9/2001,
de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, y 128.2 del Reglamento de Planeamiento Urbanístico, aprobado por Decreto 2159/1978, se pone en general conocimiento que
la Junta de Gobierno Local, en sesión ordinaria celebrada el 10 de noviembre de 2021,
adoptó el siguiente acuerdo:
Primero.—Admitir a trámite y aprobar inicialmente el Plan Parcial de Reforma Interior del APR 4.4-03 “Húmera-C/Arenal” del Plan General de Ordenación Urbana de Pozuelo de Alarcón, promovido por don Juan Carredano Riesgo y don Manuel Gómez Cuevas en
su calidad de administradores mancomunados de la mercantil Residencial Hípica de Somosaguas, S. L., y por don Manuel Gómez Cuevas en nombre y representación de don Alfredo y don Juan Maristany Peralta y concretado en la documentación presentada el 22 de octubre de 2020, con NRE 34096/2020, parcialmente corregida el 8 de octubre de 2021, con
NRE 44291/2021, y refundida en formato digital, con las condiciones que se derivan de los
informes obrantes en el expediente.
Segundo.—Someter el expediente al preceptivo trámite de información pública por el
plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de notificación y publicación del presente acuerdo, mediante la notificación personal a los propietarios de suelo incluidos en la
unidad de ejecución, la inserción de anuncios en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID y en un periódico de amplia difusión en la misma, así como mediante su exposición en el tablón de anuncios y página web municipales.
Tercero.—Requerir los informes de los órganos y entidades públicas previstos legalmente como preceptivos o que, por razón de la posible afección de los intereses públicos
por ellos gestionados, deban considerarse necesarios.
Cuarto.—Suspender el otorgamiento de licencias urbanísticas que, incluidas en el ámbito comprendido en el Plan Parcial, pudieran resultar afectadas por sus determinaciones,
de conformidad con lo dispuesto en los artículos 70.4 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del
Suelo, de la Comunidad de Madrid, y 120 del Reglamento de Planeamiento Urbanístico.
Lo que se hace público para general conocimiento, significando que, en relación con
el mismo, pueden formularse alegaciones durante el plazo de un mes contando desde el día
siguiente al de recepción de la presente notificación, pudiendo ser consultado el expediente en el Departamento de Planificación Urbanística de la Gerencia Municipal de Urbanismo del Ayuntamiento, de lunes a viernes y desde las 9,00 a las 14,00 horas, con cita previa
a través del correo electrónico planeamiento@pozuelodealarcon.org, así como en los canales de información urbanística de la página Web del Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón (https://www.pozuelodealarcon.org/urbanismo-y-vivienda/expedientes-urbanisticosen-informacion-publica).
Pozuelo de Alarcón, a 2 de diciembre de 2021.—El gerente municipal de Urbanismo,
Raúl Herranz Muñoz.
(02/33.543/21)

http://www.bocm.es

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791