Navacerrada (BOCM-20211221-84)
Régimen económico. Calendario fiscal
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

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MARTES 21 DE DICIEMBRE DE 2021

B.O.C.M. Núm. 303

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
84

NAVACERRADA
RÉGIMEN ECONÓMICO

La Alcaldía-Presidencia, mediante resolución número 2021-1269, de 7 de diciembre
de 2021, acuerda la aprobación del Calendario Fiscal del municipio correspondiente al ejercicio 2022, que estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento, en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 24 y 25 del Reglamento General de Recaudación aprobado por el Real Decreto 939/2005, de 29 de julio y en los términos
que se exponen a continuación:
CALENDARIO TRIBUTARIO 2022*
PERÍODO DE
PAGO
VOLUNTARIO

TRIBUTO
IVTM. Impuesto sobre Vehículos Tracción Mecánica.
BASURA. Tasa por recogida domiciliaria de Basuras.
IBI URBANA. Impuesto sobre Bienes Inmuebles de Naturaleza Urbana.
IBI RÚSTICA. Impuesto sobre Bienes Inmuebles de Naturaleza Rústica.

SOLICITUD
DOMICILIACIONES/
CAMBIOS CUENTA

FECHA DE CARGO
EN CUENTA
DE DOMICILIACIONES

Del 1 de marzo al
1 de julio de 2022.

Las presentadas hasta
el 20 de mayo de 2022.

6 de junio de 2022.

Del 1 de julio
al 4 de noviembre
de 2022.

Las presentadas hasta
el 23 de septiembre
de 2022.

7 de octubre de 2022.

BICE. Impuesto sobre Bienes Inmuebles de Características Especiales.
VADOS. Reserva de Entrada de Vehículos.
IAE. Impuesto sobre Actividades Económicas.
SISTEMA ESPECIAL DE PAGOS (SEP) - 8 PLAZOS (IBI).
Plazo de presentación de solicitudes: hasta el 31 de enero de 2022.

Día 5 de cada mes, de
marzo a octubre de 2022.

El contribuyente podrá realizar el pago de los recibos a través de:
— Entidades colaboradoras: Caixabank/Banco Santander.
— Domiciliación bancaria (previa solicitud en el Ayuntamiento).
— Sede Electrónica del Ayuntamiento de Navacerrada (Oficina Tributaria):
d https://aytonavacerrada.sedelectronica.es/info.0
Durante el período de pago voluntario recibirá en su domicilio fiscal un recibo, no obstante, se advierte que, pudiendo existir errores fiscales en el domicilio, la no recepción del
mismo no exime de la obligación de pago en el período voluntario establecido, no siendo
su emisión obligatoria. En caso de no recibir dicho documento deberá solicitarlo antes de
que finalice el período voluntario en la oficina de Recaudación del Ayuntamiento donde se
le expedirá un duplicado para que pueda efectuar el pago.
Si la deuda no ha sido abonada transcurrido el plazo de pago en período voluntario será
exigida en vía ejecutiva por el procedimiento de apremio, sufriendo el incremento de los recargos, intereses y costas que procedan.
Se recomienda la domiciliación bancaria mediante cargo en cuenta, siendo este el método más sencillo y seguro para realizar los pagos.
Por su parte, se recomienda igualmente que las solicitudes de fraccionamientos en período voluntario tengan su entrada en el Registro antes del envío de las órdenes de cargo de
los recibos domiciliados.
El contribuyente podrá acogerse al Sistema Especial de Pagos (SEP) que permite satisfacer el IBI en 8 cuotas mensuales, al que se aplicará, además, una bonificación del 5
por 100 de la cuota total del impuesto. Para poder acogerse a este sistema especial de pago
se requerirá: presentar en el Registro la correspondiente solicitud hasta el 31 de enero del
ejercicio en el que se pretende su aplicación (las presentadas con posterioridad tendrán
efectos en el ejercicio siguiente), domiciliar el pago y no mantener con el Ayuntamiento de
Navacerrada deudas pendientes de pago en período ejecutivo a fecha 1 de enero del ejercicio en el que se pretende su aplicación, salvo que estuviesen suspendidas o sobre las mismas se hubiese concedido aplazamiento o fraccionamiento de pago. El cargo en cuenta se
realizará los días 5 de los meses comprendidos entre marzo y octubre de 2022.

BOCM-20211221-84

* Si el último día del periodo de pago es sábado o festivo se podrá pagar el siguiente día hábil sin recargo alguno.