Madrid número 29 (BOCM-20211221-126)
Procedimiento 887/2021
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 303
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 21 DE DICIEMBRE DE 2021
Pág. 381
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
126
MADRID NÚMERO 29
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D. ISMAEL PEREZ MARTINEZ LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL
Juzgado de lo Social nº 29 de Madrid.
HAGO SABER: Que en el procedimiento 887/2021 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. JORGE LUIS BORDIGA QUINTANA frente a HGM S XXI SL sobre Despidos / Ceses en general se ha dictado la siguiente resolución: SENTENCIA 490/2021
FALLO
Que estimando la demanda origen de las presentes actuaciones, promovida por D.
JORGE LUIS BORDIGA QUINTANA, contra HGM S.XXI S.L sobre despido y cantidad:
Debo declarar y declaro la improcedencia del despido efectuado el 10 de julio de 2021
y del que fue objeto el trabajador demandante y condeno a HGM S.XXI S.L, a que a su libre opción proceda a readmitirle en su puesto de trabajo, en sus mismas condiciones laborales, o alternativamente, abonarle en concepto de indemnización, la cantidad de 724,06 euros.
Si se optase por la readmisión deberán abonarse los salarios de tramitación devengados desde la fecha del despido (10/07/2021) hasta la notificación de la Sentencia a la demandada a razón de 52,66 euros/día, sin perjuicio de los descuentos que procedan conforme a los arts. 56.2 del E.T y 268.5.b) del Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre.
Si se optase por la indemnización, tal opción determinará la extinción del contrato de
trabajo que se entenderá producida en la fecha de cese efectivo en el trabajo.
La opción entre readmisión o indemnización deberá manifestarse de forma expresa por
escrito o mediante comparecencia ante este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes a la notificación de la sentencia. En el supuesto de no optar el empresario por la
readmisión o la indemnización, se entiende que procede la primera.
Condeno a HGM S.XXI S.L a abonar a D. JORGE LUIS BORDIGA QUINTANA, la
cantidad de 2.654,91 euros brutos, más 82,19 euros de intereses por mora.
Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe
interponer Recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, anunciándolo ante este Juzgado por comparecencia o por escrito en el plazo
de los cinco días hábiles siguientes a la notificación del presente fallo, de conformidad con
lo dispuesto por los arts. 192 y ss. de la LRJS.
Así por esta mi sentencia lo pronuncia, manda y firma: Dña. María Aránzazu EspejoSaavedra López, Magistrado-Juez de refuerzo de los Juzgados de lo Social de Madrid.
Y para que sirva de notificación en legal forma a HGM S XXI SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
EL LETRADO DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/33.404/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20211221-126
En Madrid, a treinta de noviembre de dos mil veintiuno.
B.O.C.M. Núm. 303
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 21 DE DICIEMBRE DE 2021
Pág. 381
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
126
MADRID NÚMERO 29
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D. ISMAEL PEREZ MARTINEZ LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL
Juzgado de lo Social nº 29 de Madrid.
HAGO SABER: Que en el procedimiento 887/2021 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. JORGE LUIS BORDIGA QUINTANA frente a HGM S XXI SL sobre Despidos / Ceses en general se ha dictado la siguiente resolución: SENTENCIA 490/2021
FALLO
Que estimando la demanda origen de las presentes actuaciones, promovida por D.
JORGE LUIS BORDIGA QUINTANA, contra HGM S.XXI S.L sobre despido y cantidad:
Debo declarar y declaro la improcedencia del despido efectuado el 10 de julio de 2021
y del que fue objeto el trabajador demandante y condeno a HGM S.XXI S.L, a que a su libre opción proceda a readmitirle en su puesto de trabajo, en sus mismas condiciones laborales, o alternativamente, abonarle en concepto de indemnización, la cantidad de 724,06 euros.
Si se optase por la readmisión deberán abonarse los salarios de tramitación devengados desde la fecha del despido (10/07/2021) hasta la notificación de la Sentencia a la demandada a razón de 52,66 euros/día, sin perjuicio de los descuentos que procedan conforme a los arts. 56.2 del E.T y 268.5.b) del Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre.
Si se optase por la indemnización, tal opción determinará la extinción del contrato de
trabajo que se entenderá producida en la fecha de cese efectivo en el trabajo.
La opción entre readmisión o indemnización deberá manifestarse de forma expresa por
escrito o mediante comparecencia ante este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes a la notificación de la sentencia. En el supuesto de no optar el empresario por la
readmisión o la indemnización, se entiende que procede la primera.
Condeno a HGM S.XXI S.L a abonar a D. JORGE LUIS BORDIGA QUINTANA, la
cantidad de 2.654,91 euros brutos, más 82,19 euros de intereses por mora.
Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe
interponer Recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, anunciándolo ante este Juzgado por comparecencia o por escrito en el plazo
de los cinco días hábiles siguientes a la notificación del presente fallo, de conformidad con
lo dispuesto por los arts. 192 y ss. de la LRJS.
Así por esta mi sentencia lo pronuncia, manda y firma: Dña. María Aránzazu EspejoSaavedra López, Magistrado-Juez de refuerzo de los Juzgados de lo Social de Madrid.
Y para que sirva de notificación en legal forma a HGM S XXI SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
EL LETRADO DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/33.404/21)
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D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20211221-126
En Madrid, a treinta de noviembre de dos mil veintiuno.