C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20211221-30)
Convenio colectivo –  Resolución de 2 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación del acta de 10 de noviembre de 2021, de la Comisión Negociadora por la que aprueba el calendario laboral para el año 2022 del convenio colectivo del Sector Derivados del Cemento (código 28001175011982)
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 21 DE DICIEMBRE DE 2021

B.O.C.M. Núm. 303

I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
30

RESOLUCIÓN de 2 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Trabajo
de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y
publicación del acta de 10 de noviembre de 2021, de la Comisión Negociadora
por la que aprueba el calendario laboral para el año 2022 del convenio colectivo del Sector Derivados del Cemento (código 28001175011982).

Examinada el acta de 10 de noviembre de 2022, de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo del Sector Derivados del Cemento, por la que aprueba el Calendario Laboral para el año 2022, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.1.a) del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos
de trabajo, en el artículo 90.2 y 3 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015 de 23 de octubre, y con el artículo 1
del Decreto 42/2021, de 19 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid por el que
se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, en
relación con el artículo 28.1.h) del Decreto 234/2021, de 10 de noviembre del Consejo de
Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, esta Dirección General
RESUELVE

BOCM-20211221-30

1. Inscribir el Acta de 10 de noviembre de 2022, así como el Calendario Laboral para
el año 2022, en el Registro Especial de Convenios Colectivos de esta Dirección y proceder
al correspondiente depósito en este Organismo.
2. Disponer la publicación del presente Anexo, obligatoria y gratuita, en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Contra la presente resolución podrá interponerse recurso de alzada ante la Viceconsejería de Empleo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo de la Comunidad de
Madrid, de acuerdo con los artículos 112, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, en
el plazo de un mes, y contándose desde el día siguiente de esta notificación, prorrogándose
al primer día hábil siguiente cuando el último sea inhábil.
Madrid, a 2 de diciembre de 2021.—La Directora General de Trabajo, Silvia Marina
Parra Rudilla.