Valdemoro (BOCM-20211220-83)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 254

LUNES 20 DE DICIEMBRE DE 2021

B.O.C.M. Núm. 302

5.4. Intentos: Se efectuará un solo intento.
5.5. Invalidaciones: Se considerará que no es válida la realización:
a) Cuando en algún momento del recorrido, el/la aspirante se apoyará para descansar
o tomará impulso en algún lugar de la pileta como corcheras o bordes.
b) Cuando en algún momento del recorrido, el/la aspirante toque o descanse con los
pies en el fondo.
c) Cuando realice en su totalidad la prueba en inmersión.
d) Cuando realice un/a mismo/a aspirante dos salidas falsas.
e) Cuando no finalice la prueba en la misma calle de salida.
f) Cuando utilice cualquier elemento auxiliar que aumente velocidad, flotabilidad,
etcétera, tales como manoplas, flotadores, aletas, etcétera, admitiéndose gafas y
gorros de baño.
5.6. Marcas mínimas y puntuaciones: Las establecidas en el cuadro que seguidamente se detalla:
MEDICIÓN: SEGUNDOS Y DÉCIMAS DE SEGUNDO
TIEMPOS
PUNTOS

HOMBRES

MUJERES

5

24 segundos 0 décimas

26 segundos 0 décimas

6

21 segundos 2 décimas

23 segundos 2 décimas

7

18 segundos 4 décimas

20 segundos 4 décimas

8

15 segundos 6 décimas

17 segundos 6 décimas

9

12 segundos 8 décimas

14 segundos 8 décimas

10

10 segundos 0 décimas o menos

12 segundos 0 décimas o menos

ANEXO II
CUADRO DE EXCLUSIONES CON RELACIÓN A LA APTITUD FÍSICA
PARA EL INGRESO EN LA POLICÍA LOCAL
1. Relación peso-talla
a.

El peso máximo admitido se deduce de la siguiente fórmula:
P = (T − 100) + 20.
b. El peso mínimo admitido se deduce de la siguiente fórmula:
P = (T − 100) − 20.
P = Peso expresado en kilogramos.
T = Talla expresada en centímetros.

2. Exclusiones circunstanciales
2.1. Enfermedad o lesiones agudas de solución médica o quirúrgica, activas en el
momento del reconocimiento, que potencialmente puedan producir secuelas capaces de dificultar, limitar o impedir el desarrollo de las funciones exigidas para el puesto solicitado.
2.2. En tales casos, el Tribunal Calificador de las pruebas selectivas, con las asesorías necesarias, podrá fijar un nuevo plazo para la comprobación del estado del/la aspirante, al final del cual la asesoría médica certificará si persiste la situación, si han quedado secuelas o han desaparecido los motivos de exclusión circunstanciales.

3.1. Defectos físicos congénitos o adquiridos, de cualquier tipo y localización, que
menoscaben o dificulten la función pública y las realizaciones específicas del puesto a que
opta, o que puedan agravarse con el desempeño del mismo.
3.2. Enfermedades agudas o crónicas de cualquier aparato o sistema con posible repercusión sobre las realizaciones específicas del puesto a que opta, o que puedan agravarse con el desempeño del mismo, incluyéndose como alteraciones del sistema nervioso las
siguientes: Epilepsia, depresión, jaquecas, temblor de cualquier causa, alcoholismo, toxicomanías y otros procesos patológicos que dificulten el desarrollo de la función policial.

BOCM-20211220-83

3. Exclusiones definitivas de carácter general