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Estatutos colegio profesional –  Resolución de 16 de noviembre de 2021, de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones con la Administración de Justicia, por la que se dispone la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de la modificación total de los Estatutos del Colegio Oficial de Aparejadores y Arquitectos Técnicos de Madrid
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BOCM

LUNES 20 DE DICIEMBRE DE 2021

B.O.C.M. Núm. 302

Capítulo V. De las sociedades profesionales.
Artículo 19. Las Sociedades Profesionales.
Capítulo VI. De los servicios de atención a consumidores y usuarios.
Artículo 20. Servicios de atención a consumidores y usuarios.
Capítulo VII. Del aseguramiento de la actividad profesional.
Artículo 21. El aseguramiento de la actividad profesional.
Capítulo VIII. Del visado y registro de los trabajos profesionales.
Artículo 22. Contenido del visado.
Artículo 23. Concesión del visado.
Artículo 24. Efectos del visado.
Artículo 25. Registro de intervenciones profesionales.
Capítulo IX. Órganos de gobierno, dirección y gestión.
Artículo 26. Enumeración.
Sección Primera. De la Asamblea General de Colegiados.
Artículo 27. Carácter y composición.
Artículo 28. Funciones.
Artículo 29. Otras competencias.
Artículo 30. Asamblea General Ordinaria.
Artículo 31. Asamblea General Extraordinaria.
Artículo 32. Convocatorias y quórums.
Artículo 33. Quórum especial y voto por delegación.
Artículo 34. Orden del día.
Artículo 35. Ruegos y preguntas.
Artículo 36. Documentación.
Artículo 37. Presidencia y constitución de la mesa de la Asamblea.
Artículo 38. Intervención en los debates.
Artículo 39. Cuestiones previas y de orden.
Artículo 40. Armonía en las discusiones.
Artículo 41. Terminación de los debates.
Artículo 42. Votaciones.
Artículo 43. Obligatoriedad de los acuerdos.
Artículo 44. Ejecución de los acuerdos.
Artículo 45. Publicidad de los acuerdos.
Artículo 46. Actas de las Asambleas.
Artículo 47. Eficacia de las actas.
Sección Segunda. De la Junta de Gobierno.
Artículo 48. Naturaleza.
Artículo 49. Composición.
Artículo 50. Atribuciones.
Artículo 51. Reuniones y convocatorias.
Artículo 52. Asistencia a las sesiones.
Artículo 53. Desarrollo de las sesiones.
Artículo 54. Falta de asistencia.
Artículo 55. Acuerdos.
Artículo 56. Actas.
Artículo 57. Responsabilidad.
Artículo 58. Duración y renovación de los cargos.
Artículo 59. Provisión de vacantes.
Artículo 60. Reelección.
Sección Tercera. De los miembros de la Junta de Gobierno.
Artículo 61. Presidente.
Artículo 62. Vicepresidente.
Artículo 63. Secretario.
Artículo 64. Tesorero-Contador.
Artículo 65. Vocales.

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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID