D) Anuncios - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDADES, CIENCIA Y PORTAVOCÍA (BOCM-20211220-24)
Convenio –  Convenio de 2 de diciembre de 2021, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía) y la Fundación Universidad-Empresa para la concesión directa de una ayuda destinada a la financiación de las actividades de gestión y asesoramiento del Centro de Información y Asesoramiento Universitario (CIAU) durante el año 2021
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 302

LUNES 20 DE DICIEMBRE DE 2021

Pág. 145

Séptima
Seguimiento
El seguimiento y vigilancia de la actividad subvencionada lo realizará Consejería de
Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía a través de la Dirección General de Universidades y Enseñanzas Artísticas Superiores.
La Fundación Universidad-Empresa deberá someterse a las actuaciones de comprobación y de control financiero que corresponden a la Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía, a la Intervención General de la Comunidad de Madrid, a la Cámara de Cuentas y a las demás previstas en la legislación aplicable, a quienes facilitará
cuanta información sea requerida al efecto, para lo que deberá conservar los justificantes de
la aplicación de los fondos concedidos y, más concretamente, a las obligaciones establecidas en el apartado cuarto del artículo 12 de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones
de la Comunidad de Madrid.
Octava
Incumplimiento y reintegro
En los supuestos regulados en el artículo 37 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones, y en el artículo 11 de la Ley 2/1995, de 8 de marzo de Subvenciones de la Comunidad de Madrid procederá el reintegro total o parcial de las cantidades
percibidas, en función del grado de incumplimiento, así como la exigencia del interés de
demora correspondiente desde el momento del pago de la subvención hasta la fecha en que
se acuerde la procedencia del reintegro.
Novena
Régimen jurídico aplicable
El presente convenio tiene la naturaleza jurídica prevista en el artículo 4.5.c) apartado 3.o
de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, siendo de
aplicación al mismo dicha Ley 2/1995, así como la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Décima
Protección de datos
Las partes se comprometen a tratar los datos personales a los que puedan tener acceso
con la finalidad indicada en el presente convenio, a no utilizarlos para fines distintos de los
previstos en este convenio y a no difundirlos ni cederlos a terceros, en cumplimiento con lo
establecido en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27
de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la
Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos) y en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos
digitales y resto de normativa aplicable.
Undécima
Vigencia

Decimosegunda
Jurisdicción competente
Es competente para la resolución de cualquier litigio derivado de la interpretación,
aplicación o efectos del presente convenio la Jurisdicción Contencioso-Administrativa del
municipio de Madrid.
Este convenio se firma de forma electrónica, considerándose como fecha del convenio
la que aparece en la firma del Consejero de Educación, Universidades, Ciencia y Portavoz

BOCM-20211220-24

El presente convenio tendrá vigencia desde su firma por ambas partes hasta el 31 de
marzo de 2022, hasta el total cumplimiento de las obligaciones de justificación impuestas
a la Fundación Universidad-Empresa en la cláusula sexta.