Madrid número 16 (BOCM-20211218-16)
Ejecución 145/2021
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 18 DE DICIEMBRE DE 2021

B.O.C.M. Núm. 301

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
16

MADRID NÚMERO 16
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. RAQUEL PAZ GARCIA DE MATEOS letrado/a de la Admón. de Justicia del Juzgado de lo Social nº 16 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento 145/2021 de este juzgado de lo Social, seguido a
instancia de D./Dña. MARIA ISABEL RIAÑO QUINTANA frente a FOGASA y FLORIDITA RETAIL S.L. sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:
AUTO Nº 159/2021
En Madrid, a treinta de noviembre de dos mil veintiuno.
PARTE DISPOSITIVA
Se acuerda declarar la readmisión irregular y la extinción de la relación laboral que les
unía con efectos de esta resolución, condenando a la empresa a abonar a la trabajador la cantidad de 3795,13euros en concepto de indemnización y la cantidad de 7.733,75 euros en
concepto de salarios de tramitación.
Modo de impugnacion: mediante recurso de reposicion ante este Juzgado dentro de los
tres días hábiles siguientes al de su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 Euros en la cuenta de
este Juzgado abierta en la entidad BANCO DE SANTANDER; para pagos por transferencia IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274 con el concepto 2514-0000-64-0145-21 y para
pagos en ventanilla 2514-0000-64-0145-21.
Así, por éste su Auto, lo acuerda, manda y firma, el Ilmo. Sr. Magistrado - Juez
D./Dña. CATALINA PÉREZ NORIEGA.
EL MAGISTRADO-JUEZ
DILIGENCIA.- Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación
a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60
L.R.J.S..Doy fe.
Y para que sirva de notificación en legal forma a FLORIDITA RETAIL S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad
de Madrid.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/33.354/21)

http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791

BOCM-20211218-16

En Madrid, a uno de diciembre de dos mil veintiuno.