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Convenio –  Convenio de colaboración de 2 de diciembre de 2021, entre la Comunidad de Madrid y la Comunidad Judía de Madrid, por el que se formaliza la concesión directa de una subvención por importe de 55.596 euros para la realización de actividades educativas durante 2021
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 18 DE DICIEMBRE DE 2021

B.O.C.M. Núm. 301

en relación con la educación, conforme al artículo 1 del Decreto 236/2021, de 17 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece su estructura orgánica, en relación con el Decreto 42/2021, de 19 de junio, de la Presidenta, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid.
4. La Comunidad Judía de Madrid, conforme al artículo 5 de sus estatutos, tiene entre sus fines esenciales: asegurar, proteger, promover y sostener la práctica de la religión e
identidad judía así como el cumplimiento de los derechos y deberes religiosos de los miembros de la CJM en actos colectivos, públicos o privados y velar por la práctica de la religión
y de sus tradiciones; promover la instrucción y la educación religiosa y cultural judía, el conocimiento de los valores religiosos y éticos del judaísmo, con especial énfasis hacia la juventud y establecer centros docentes; y facilitar a sus miembros la adquisición de productos de consumo y de uso ritual, y de publicaciones y material educativo judío.
5. La CJM ha presentado su programa y presupuesto de actividades educativas y formativas para la anualidad de 2021, con el objeto de promover la participación de personas
o grupos al servicio de los fines de la CJM, las cuales resultan coincidentes con los intereses de la Comunidad de Madrid.
En virtud de lo anterior, las partes resuelven suscribir el presente convenio y en consecuencia acuerdan las siguientes
CLÁUSULAS
Primera
Objeto
El presente convenio de colaboración tiene por objeto la concesión de una subvención
directa por parte de la Comunidad de Madrid a la Comunidad Judía de Madrid, para la realización de actividades educativas y formativas que promuevan la participación de personas o grupos, al servicio de los fines de la CJM y de los intereses de la Comunidad de
Madrid, durante el año 2021.
Segunda
Aportación de la Comunidad de Madrid
1. La Comunidad de Madrid se compromete a financiar las actividades a desarrollar
por la CJM, hasta la cantidad máxima de cincuenta y cinco mil quinientos noventa y seis
euros (55.596 euros), en concepto de colaboración en la realización de las actividades que
figuran como anexo I al presente convenio.
2. Esta aportación se realizará con cargo al subconcepto 48048 del Programa 321M
del Presupuesto de Gastos de la Comunidad de Madrid para 2019, prorrogados para el 2021
por el Decreto 122/2020, de 29 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establecen los criterios de aplicación de la prórroga automática de los Presupuestos Generales de
la Comunidad de Madrid para 2019 hasta la entrada en vigor de los Presupuestos Generales
para 2021. Dicha cantidad se abonará en un pago único con carácter anticipado y sin necesidad de constituir garantía, previa autorización de la Consejería de Hacienda y Función Pública, de conformidad con el apartado segundo punto 4 de la Orden de 17 de enero de 2019,
de la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda, por la que se establece el Plan de Disposición de Fondos de la Tesorería General de la Comunidad de Madrid para 2019, y el artículo 10 de la Ley 2/1995, de 2 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid.
Tercera
1. La Comunidad Judía de Madrid destinará la aportación de la Comunidad de
Madrid especificada en la cláusula segunda a las actuaciones derivadas del objeto de este
convenio, conforme se especifica en el anexo I al mismo. En el caso de que la entidad subcontrate con terceros para la ejecución total o parcial de la actividad que constituye el objeto de la subvención, deberá acogerse a lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
2. Cualquier alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la
subvención, o la obtención concurrente de subvenciones concedidas para la misma finalidad por cualquier entidad pública o privada, nacional o internacional, podrá dar lugar a la

BOCM-20211218-4

Obligaciones del beneficiario