D) Anuncios - Consejería de Presidencia, Justicia e Interior (BOCM-20211218-2)
Convenio – Convenio de 26 de noviembre de 2021, entre la Comunidad de Madrid y la Fundación “La Caixa” en materia de Obra Social 2021
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BOCM
Pág. 14
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 18 DE DICIEMBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 301
Quinta
Actuaciones
Para el año 2021, se acuerda que las actuaciones de la Fundación “la Caixa” en el territorio de la Comunidad de Madrid son las que se especifican en la estipulación segunda
de este convenio, sin perjuicio de que la comisión mixta prevista en la estipulación tercera
de este convenio pueda acordar alguna modificación a fin de conseguir una mejor eficacia
en las actuaciones previstas. Dicho acuerdo deberá ser obtenido por acuerdo unánime de las
partes: la Fundación “la Caixa” y la Comunidad de Madrid.
Sexta
Difusión
La Comunidad de Madrid y la Fundación “la Caixa” podrán difundir las actividades
llevadas a cabo en virtud de este convenio y/o los resultados del mismo. Solo en las actividades de colaboración que se lleven a cabo conjuntamente se hará constar, en cualquier comunicación, que se trata de un proyecto o una actividad promovido conjuntamente por la
Comunidad de Madrid y la Fundación “la Caixa”, y en la misma aparecerá la imagen gráfica de las instituciones, que deberá ser aprobada previamente por cada una de ellas.
Séptima
Vigencia
El presente convenio estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2021. El convenio formaliza un régimen de colaboración que se ha concretado en actuaciones, recogidas en la
cláusula segunda, que se han venido desarrollando y ejecutando desde el 1 de enero de 2021
y que culminarán a 31 de diciembre del mismo año.
Octava
Controversias
Las partes quieren cumplir y seguir los términos del convenio según el espíritu de buen
entendimiento y participación que lo ha promovido, y se comprometen a resolver las divergencias que puedan surgir en términos de equidad.
Dada la naturaleza administrativa del convenio, las discrepancias que no hayan podido resolverse en el seno de la comisión de seguimiento prevista en la estipulación tercera
se someterán a los tribunales de la jurisdicción contencioso-administrativa, de conformidad
con lo establecido por la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha Jurisdicción.
Novena
Resolución
El convenio se extinguirá por el cumplimiento de las actuaciones que constituyen su
objeto o por incurrir en cualquiera de las causas de resolución previstas en el artículo 51.2
de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
En caso de que alguna de las partes incumpla las obligaciones asumidas en virtud de
este convenio, la otra parte, una vez intentada sin éxito la conciliación en el seno de la comisión de seguimiento, estará facultada para denunciar el convenio, dando lugar a su extinción, con abono, en su caso, de los daños y perjuicios efectivamente causados y restantes
consecuencias legales.
Régimen jurídico
El presente convenio tiene naturaleza administrativa y se somete a las previsiones de
la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, quedando asimismo excluido de la aplicación de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector
Público, por la que se trasponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, sometiéndose, no obstante, a los principios de dicha ley para resolver las dudas y lagunas que pu-
BOCM-20211218-2
Décima
Pág. 14
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 18 DE DICIEMBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 301
Quinta
Actuaciones
Para el año 2021, se acuerda que las actuaciones de la Fundación “la Caixa” en el territorio de la Comunidad de Madrid son las que se especifican en la estipulación segunda
de este convenio, sin perjuicio de que la comisión mixta prevista en la estipulación tercera
de este convenio pueda acordar alguna modificación a fin de conseguir una mejor eficacia
en las actuaciones previstas. Dicho acuerdo deberá ser obtenido por acuerdo unánime de las
partes: la Fundación “la Caixa” y la Comunidad de Madrid.
Sexta
Difusión
La Comunidad de Madrid y la Fundación “la Caixa” podrán difundir las actividades
llevadas a cabo en virtud de este convenio y/o los resultados del mismo. Solo en las actividades de colaboración que se lleven a cabo conjuntamente se hará constar, en cualquier comunicación, que se trata de un proyecto o una actividad promovido conjuntamente por la
Comunidad de Madrid y la Fundación “la Caixa”, y en la misma aparecerá la imagen gráfica de las instituciones, que deberá ser aprobada previamente por cada una de ellas.
Séptima
Vigencia
El presente convenio estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2021. El convenio formaliza un régimen de colaboración que se ha concretado en actuaciones, recogidas en la
cláusula segunda, que se han venido desarrollando y ejecutando desde el 1 de enero de 2021
y que culminarán a 31 de diciembre del mismo año.
Octava
Controversias
Las partes quieren cumplir y seguir los términos del convenio según el espíritu de buen
entendimiento y participación que lo ha promovido, y se comprometen a resolver las divergencias que puedan surgir en términos de equidad.
Dada la naturaleza administrativa del convenio, las discrepancias que no hayan podido resolverse en el seno de la comisión de seguimiento prevista en la estipulación tercera
se someterán a los tribunales de la jurisdicción contencioso-administrativa, de conformidad
con lo establecido por la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha Jurisdicción.
Novena
Resolución
El convenio se extinguirá por el cumplimiento de las actuaciones que constituyen su
objeto o por incurrir en cualquiera de las causas de resolución previstas en el artículo 51.2
de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
En caso de que alguna de las partes incumpla las obligaciones asumidas en virtud de
este convenio, la otra parte, una vez intentada sin éxito la conciliación en el seno de la comisión de seguimiento, estará facultada para denunciar el convenio, dando lugar a su extinción, con abono, en su caso, de los daños y perjuicios efectivamente causados y restantes
consecuencias legales.
Régimen jurídico
El presente convenio tiene naturaleza administrativa y se somete a las previsiones de
la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, quedando asimismo excluido de la aplicación de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector
Público, por la que se trasponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, sometiéndose, no obstante, a los principios de dicha ley para resolver las dudas y lagunas que pu-
BOCM-20211218-2
Décima