Madrid número 10 (BOCM-20211217-97)
Procedimiento 1732/2021
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 17 DE DICIEMBRE DE 2021

B.O.C.M. Núm. 300

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
97

MADRID NÚMERO 10
EDICTO

D/Dña. M. Eva Tardón Silvestre, letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de
instrucción nº 10 de Madrid.
Doy fe y testimonio: Que en el juicio sobre delitos leves nº 1732/2021 se ha dictado la
presente sentencia, que en su encabezamiento y fallo dice:
SENTENCIA Nº 281/2021
En Madrid, a diez de septiembre de dos mil veintiuno.—Doña Purificacion Elisa Romero Paredes, magistrada-juez del Juzgado de Instrucción nº 10 de Madrid, ha visto los presentes Autos de juicio por delito leve nº 1732/21, seguidos por delito leve de hurto, con intervención del Ministerio Fiscal en el ejercicio de la acción pública, siendo partes como
perjudicada la entidad MERCADONA y como denunciados ROBERT WILLIANS ENCISO
GUTIÉRREZ Y ZAIDA OSUNA MARTÍNEZ, constando en Autos, sus demás circunstancias personales.
FALLO
Que debo condenar y condeno a ROBERT WILLIANS ENCISO GUTIÉRREZ, como
autor responsable de un Delito Leve de Hurto, en grado de tentativa, a la pena de multa de 20
días, a razón de una cuota diaria de 5 euros, en total 100 euros; y al pago de la mitad de las
costas causadas no declaradas de oficio.
Y debo condenar y condeno a ZAIDA OSUNA MARTÍNEZ, como autora responsable de un Delito Leve de Hurto, en grado de tentativa, a la pena de multa de 20 días, a razón de una cuota diaria de 5 euros, en total 100 euros; y al pago de la mitad de las costas
causadas no declaradas de oficio.
Asimismo, Robert Williams Enciso Gutiérrez y Zaida Osuna Martínez, han de indemnizar conjunta y solidariamente a la entidad Mercadona S.a. en la cantidad de 9,95 euros.
Si el/los condenado/s no satisficiere/n voluntariamente, o por vía de apremio la/s multa/s impuesta/s, quedará sujeto a una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas que podrá cumplirse mediante localización permanente.
Firme esta resolución, inscríbase en el Registro Central de Penados.
Notifíquese a las partes la presente resolución en legal forma, instruyéndoles de que
contra la misma pueden interponerse recurso de apelación para ante la Ilma. Audiencia Provincial de esta Capital, dentro del plazo de cinco días siguientes a su notificación, quedando, durante este período, las actuaciones en Secretaria a disposición de las partes, cuyo recurso se formalizará y tramitará conforme a lo dispuesto en los arts. 790 a 792 de la Ley de
Enjuiciamiento Criminal.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a D./Dña. ROBERT WILLIAMS
ENCISO GUTIÉRREZ, y a D./Dña. ZAIDA OSUNA MARTÍNEZ, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID,
expido la presente.
En Madrid, a 25 de noviembre de 2021.
EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
(03/33.145/21)
http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791

BOCM-20211217-97

Así por esta mi Sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.