Madrid (BOCM-20211217-57)
Organización y funcionamiento. Área de Gobierno de Vicealcaldía. Delegación funciones
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B.O.C.M. Núm. 300
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 17 DE DICIEMBRE DE 2021
Pág. 409
No obstante, de conformidad con lo establecido en el artículo 10.1 de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, existen razones de índole social y
técnicas que aconsejan que, de forma puntual, las actuaciones proyectadas se realicen por
el propio Distrito.
Dichas razones se derivan, en primer lugar, de la mayor cercanía del Distrito con sus
vecinos y, especialmente, con la asociación de vecinos del barrio de Moscardó, al tratarse
de una actuación concertada con esta asociación en ejecución del Plan Integral del Barrio de
Moscardó; y, en segundo lugar, de que las actuaciones pueden abordarse con una mayor celeridad, puesto que la adjudicación de esta obra puede llevarse a través del vigente acuerdo
marco de las Obras de Reforma, Reparación y Conservación del Conjunto de Edificios y
Espacios Públicos cuya competencia corresponde al Distrito de Usera, lote 4, que posibilita la ejecución de este tipo de actuaciones mediante la tramitación de un contrato basado,
en un procedimiento que acorta sensiblemente los plazos de tramitación.
Para ello, resulta preciso que la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, conforme a lo
dispuesto en el artículo 10 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público, avoque las competencias previamente delegadas en la Dirección General de Gestión
del Agua y Zonas Verdes en el apartado 9.o 1.4 a) y d) del acuerdo de 4 de julio de 2019 de
la Junta de Gobierno, de organización y competencias del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad; en la Dirección General de Servicios de Limpieza y Residuos en el
apartado 10.o 1.2 c) del mismo acuerdo; y en la Dirección General de Conservación de Vías
Públicas en el apartado 8.o 1.2 c) y 1.4 del acuerdo de 27 de junio de 2019, de la Junta de
Gobierno, de organización y competencias del Área de Gobierno de Obras y Equipamientos; y que tales competencias sean posteriormente delegadas en la Concejala Presidenta de
Distrito de Usera, única y exclusivamente en lo relativo a redactar el proyecto, preparar, tramitar, adjudicar, formalizar y ejecutar los contratos relativos a la realización de las obras de
reforma del espacio público situado entre la calle de Mirasierra y la calle de Fausta Elorz
del Distrito de Usera.
En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.1 e) y 17.2 de la Ley 22/2006,
de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid, a propuesta conjunta de la
titular del Área de Gobierno de Vicealcaldía, del titular del Área de Gobierno de Medio
Ambiente y Movilidad y de la titular del Área de Gobierno de Obras y Equipamientos, que
eleva la Vicealcaldesa, y previa deliberación, la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid
de 2 de diciembre de 2021, acuerda:
Primero.—Avocar las competencias delegadas en la Dirección General de Gestión del Agua
y Zonas Verdes en el apartado 9.o 1.4 a) y d) del acuerdo de 4 de julio de 2019, de la Junta de
Gobierno, de organización y competencias del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad; en la Dirección General de Servicios de Limpieza y Residuos en el apartado 10.o 1.2 c)
del mismo acuerdo; y en la Dirección General de Conservación de Vías Públicas en el apartado 8.o 1.2 c) y 1.4 del acuerdo de 27 de junio de 2019, de la Junta de Gobierno, de organización y competencias del Área de Gobierno de Obras y Equipamientos; única y exclusivamente en lo relativo a redactar el proyecto, preparar, tramitar, adjudicar, formalizar y ejecutar
los contratos relativos a la realización de las obras de reforma del espacio público situado entre la calle de Mirasierra y la calle de Fausta Elorz del Distrito de Usera.
Segundo.—Delegar en la concejala-presidenta del Distrito de Usera las competencias
avocadas en el apartado primero.
Las competencias en materia de contratación y gastos que pudieran derivarse de dichas actuaciones se ejercerán de conformidad con lo previsto en el acuerdo de 25 de julio de 2019 de la
Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias de los Distritos.
Tercero.—Quedan sin efecto cuantas disposiciones se opongan, contradigan o resulten incompatibles con lo establecido en el presente acuerdo.
Cuarto.—Se faculta al titular de la Coordinación General de la Alcaldía para resolver
las dudas que pudieran surgir en la interpretación y aplicación del presente acuerdo.
Quinto.—Se faculta al titular del Área de Gobierno de Vicealcaldía a dictar los decretos precisos para el desarrollo y ejecución del presente acuerdo.
Sexto.—El presente acuerdo surtirá efectos desde la fecha de su adopción, sin perjuicio de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el “Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid”.
Séptimo.—Del presente acuerdo se dará cuenta al Pleno, a fin de que quede enterado.
Madrid, a 2 de diciembre de 2021.—La directora de la Oficina del Secretario de la
Junta de Gobierno, Carmen Toscano Ramiro.
(03/33.652/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20211217-57
BOCM
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VIERNES 17 DE DICIEMBRE DE 2021
Pág. 409
No obstante, de conformidad con lo establecido en el artículo 10.1 de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, existen razones de índole social y
técnicas que aconsejan que, de forma puntual, las actuaciones proyectadas se realicen por
el propio Distrito.
Dichas razones se derivan, en primer lugar, de la mayor cercanía del Distrito con sus
vecinos y, especialmente, con la asociación de vecinos del barrio de Moscardó, al tratarse
de una actuación concertada con esta asociación en ejecución del Plan Integral del Barrio de
Moscardó; y, en segundo lugar, de que las actuaciones pueden abordarse con una mayor celeridad, puesto que la adjudicación de esta obra puede llevarse a través del vigente acuerdo
marco de las Obras de Reforma, Reparación y Conservación del Conjunto de Edificios y
Espacios Públicos cuya competencia corresponde al Distrito de Usera, lote 4, que posibilita la ejecución de este tipo de actuaciones mediante la tramitación de un contrato basado,
en un procedimiento que acorta sensiblemente los plazos de tramitación.
Para ello, resulta preciso que la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, conforme a lo
dispuesto en el artículo 10 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público, avoque las competencias previamente delegadas en la Dirección General de Gestión
del Agua y Zonas Verdes en el apartado 9.o 1.4 a) y d) del acuerdo de 4 de julio de 2019 de
la Junta de Gobierno, de organización y competencias del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad; en la Dirección General de Servicios de Limpieza y Residuos en el
apartado 10.o 1.2 c) del mismo acuerdo; y en la Dirección General de Conservación de Vías
Públicas en el apartado 8.o 1.2 c) y 1.4 del acuerdo de 27 de junio de 2019, de la Junta de
Gobierno, de organización y competencias del Área de Gobierno de Obras y Equipamientos; y que tales competencias sean posteriormente delegadas en la Concejala Presidenta de
Distrito de Usera, única y exclusivamente en lo relativo a redactar el proyecto, preparar, tramitar, adjudicar, formalizar y ejecutar los contratos relativos a la realización de las obras de
reforma del espacio público situado entre la calle de Mirasierra y la calle de Fausta Elorz
del Distrito de Usera.
En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.1 e) y 17.2 de la Ley 22/2006,
de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid, a propuesta conjunta de la
titular del Área de Gobierno de Vicealcaldía, del titular del Área de Gobierno de Medio
Ambiente y Movilidad y de la titular del Área de Gobierno de Obras y Equipamientos, que
eleva la Vicealcaldesa, y previa deliberación, la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid
de 2 de diciembre de 2021, acuerda:
Primero.—Avocar las competencias delegadas en la Dirección General de Gestión del Agua
y Zonas Verdes en el apartado 9.o 1.4 a) y d) del acuerdo de 4 de julio de 2019, de la Junta de
Gobierno, de organización y competencias del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad; en la Dirección General de Servicios de Limpieza y Residuos en el apartado 10.o 1.2 c)
del mismo acuerdo; y en la Dirección General de Conservación de Vías Públicas en el apartado 8.o 1.2 c) y 1.4 del acuerdo de 27 de junio de 2019, de la Junta de Gobierno, de organización y competencias del Área de Gobierno de Obras y Equipamientos; única y exclusivamente en lo relativo a redactar el proyecto, preparar, tramitar, adjudicar, formalizar y ejecutar
los contratos relativos a la realización de las obras de reforma del espacio público situado entre la calle de Mirasierra y la calle de Fausta Elorz del Distrito de Usera.
Segundo.—Delegar en la concejala-presidenta del Distrito de Usera las competencias
avocadas en el apartado primero.
Las competencias en materia de contratación y gastos que pudieran derivarse de dichas actuaciones se ejercerán de conformidad con lo previsto en el acuerdo de 25 de julio de 2019 de la
Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias de los Distritos.
Tercero.—Quedan sin efecto cuantas disposiciones se opongan, contradigan o resulten incompatibles con lo establecido en el presente acuerdo.
Cuarto.—Se faculta al titular de la Coordinación General de la Alcaldía para resolver
las dudas que pudieran surgir en la interpretación y aplicación del presente acuerdo.
Quinto.—Se faculta al titular del Área de Gobierno de Vicealcaldía a dictar los decretos precisos para el desarrollo y ejecución del presente acuerdo.
Sexto.—El presente acuerdo surtirá efectos desde la fecha de su adopción, sin perjuicio de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el “Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid”.
Séptimo.—Del presente acuerdo se dará cuenta al Pleno, a fin de que quede enterado.
Madrid, a 2 de diciembre de 2021.—La directora de la Oficina del Secretario de la
Junta de Gobierno, Carmen Toscano Ramiro.
(03/33.652/21)
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D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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