B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE SANIDAD - SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD (BOCM-20211217-27)
Convocatoria proceso selectivo – Resolución de 7 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud, por la que se convocan pruebas selectivas, por el turno libre, para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en la categoría de Técnico Medio Sanitario en Cuidados Auxiliares de Enfermería del Servicio Madrileño de Salud
24 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
B.O.C.M. Núm. 300
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 17 DE DICIEMBRE DE 2021
Pág. 213
d) Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las funciones que se
deriven del correspondiente nombramiento.
e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquier Servicio de Salud o Administración Pública, de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, en los términos y durante el
plazo que se establezca en la legislación que le fuera de aplicación, ni hallarse en
inhabilitación absoluta o especial firme para empleo o cargo público por resolución judicial. En el caso de las personas nacionales de los otros Estados mencionados en el apartado b) de esta base, además de no encontrarse inhabilitados o en
situación equivalente, por sanción o pena, para el ejercicio profesional o para el
acceso a funciones o servicios públicos en un Estado miembro, deberán no haber
sido separados por sanción disciplinaria o equivalente, de alguna de sus Administraciones o Servicios Públicos.
f) No poseer la condición de personal estatutario fijo en la categoría convocada o equivalente, cualquiera que sea su situación administrativa, conforme a lo establecido en
el Real Decreto 184/2015, de 13 de marzo, por el que se regula el catálogo homogéneo de equivalencias de las categorías profesionales del personal estatutario de los
servicios de salud y el procedimiento de su actualización.
g) No haber sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e
indemnidad sexual, que incluya la agresión y abuso sexual, acoso sexual, exhibicionismo y provocación sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de
menores, así como por trata de seres humanos.
h) Haber abonado la tasa por derechos de examen a que se refiere la base cuarta, salvo encontrarse en alguno de los supuestos de exención de la misma, conforme a
dicha base.
2.2. Requisitos específicos para participar por el cupo de reserva para personas con
discapacidad: Los aspirantes que concurran por el cupo de reserva para personas con discapacidad, además de reunir los requisitos generales exigidos en la base 2.1, deberán tener legalmente reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100 en el día de
finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerlo hasta el momento de la
toma de posesión. Esta circunstancia se acreditará una vez superado el proceso selectivo.
Tercera
3.1. La cumplimentación y presentación de solicitudes se ajustará a lo establecido en
el Decreto 188/2021, de 21 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la obligación de relacionarse por medios electrónicos con la Administración de la Comunidad de
Madrid del personal a su servicio y de los participantes en procesos selectivos.
3.2. La solicitud para participar en las pruebas selectivas se deberá cumplimentar exclusivamente por medios electrónicos, a través de la página web de la Comunidad de Madrid, a la que
se puede acceder mediante el siguiente enlace: www.comunidad.madrid/servicios/salud/pruebasselectivas-tcae-2021, o a través de la página web de la Comunidad de Madrid: https:
//www.comunidad.madrid/servicios/administracion-digital-punto-acceso-general, rellenando el formulario de solicitud, de acuerdo con las instrucciones que constan en el mismo, previo pago, en su caso, de la tasa por derechos de examen a que se refiere la base cuarta de la
presente convocatoria.
3.3. La solicitud se tramitará de forma telemática, para ello, será necesario disponer
de uno de los Certificados Electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica, que
sean operativos en la Comunidad de Madrid y expedidos por prestadores incluidos en la
“Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación” o cualquier otro sistema de
firma electrónica que la Comunidad de Madrid considere válido en los términos y condiciones que se establezcan específicamente para cada tipo de firma.
3.4. El órgano convocante podrá acordar la cumplimentación sustitutoria en papel
cuando una incidencia técnica debidamente acreditada haya imposibilitado la cumplimentación electrónica de la solicitud.
3.5. Para cumplimentar el modelo de solicitud se seguirán las instrucciones que
constan en el mismo, así como las que se detallan a continuación:
a) En el apartado “Turno de acceso”, se deberá señalar el turno libre.
b) Aquellos aspirantes que concurran por el cupo de discapacidad deberán, además,
marcar la casilla “Cupo de Discapacidad” indicando el grado de discapacidad que
BOCM-20211217-27
Solicitudes
B.O.C.M. Núm. 300
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 17 DE DICIEMBRE DE 2021
Pág. 213
d) Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las funciones que se
deriven del correspondiente nombramiento.
e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquier Servicio de Salud o Administración Pública, de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, en los términos y durante el
plazo que se establezca en la legislación que le fuera de aplicación, ni hallarse en
inhabilitación absoluta o especial firme para empleo o cargo público por resolución judicial. En el caso de las personas nacionales de los otros Estados mencionados en el apartado b) de esta base, además de no encontrarse inhabilitados o en
situación equivalente, por sanción o pena, para el ejercicio profesional o para el
acceso a funciones o servicios públicos en un Estado miembro, deberán no haber
sido separados por sanción disciplinaria o equivalente, de alguna de sus Administraciones o Servicios Públicos.
f) No poseer la condición de personal estatutario fijo en la categoría convocada o equivalente, cualquiera que sea su situación administrativa, conforme a lo establecido en
el Real Decreto 184/2015, de 13 de marzo, por el que se regula el catálogo homogéneo de equivalencias de las categorías profesionales del personal estatutario de los
servicios de salud y el procedimiento de su actualización.
g) No haber sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e
indemnidad sexual, que incluya la agresión y abuso sexual, acoso sexual, exhibicionismo y provocación sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de
menores, así como por trata de seres humanos.
h) Haber abonado la tasa por derechos de examen a que se refiere la base cuarta, salvo encontrarse en alguno de los supuestos de exención de la misma, conforme a
dicha base.
2.2. Requisitos específicos para participar por el cupo de reserva para personas con
discapacidad: Los aspirantes que concurran por el cupo de reserva para personas con discapacidad, además de reunir los requisitos generales exigidos en la base 2.1, deberán tener legalmente reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100 en el día de
finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerlo hasta el momento de la
toma de posesión. Esta circunstancia se acreditará una vez superado el proceso selectivo.
Tercera
3.1. La cumplimentación y presentación de solicitudes se ajustará a lo establecido en
el Decreto 188/2021, de 21 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la obligación de relacionarse por medios electrónicos con la Administración de la Comunidad de
Madrid del personal a su servicio y de los participantes en procesos selectivos.
3.2. La solicitud para participar en las pruebas selectivas se deberá cumplimentar exclusivamente por medios electrónicos, a través de la página web de la Comunidad de Madrid, a la que
se puede acceder mediante el siguiente enlace: www.comunidad.madrid/servicios/salud/pruebasselectivas-tcae-2021, o a través de la página web de la Comunidad de Madrid: https:
//www.comunidad.madrid/servicios/administracion-digital-punto-acceso-general, rellenando el formulario de solicitud, de acuerdo con las instrucciones que constan en el mismo, previo pago, en su caso, de la tasa por derechos de examen a que se refiere la base cuarta de la
presente convocatoria.
3.3. La solicitud se tramitará de forma telemática, para ello, será necesario disponer
de uno de los Certificados Electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica, que
sean operativos en la Comunidad de Madrid y expedidos por prestadores incluidos en la
“Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación” o cualquier otro sistema de
firma electrónica que la Comunidad de Madrid considere válido en los términos y condiciones que se establezcan específicamente para cada tipo de firma.
3.4. El órgano convocante podrá acordar la cumplimentación sustitutoria en papel
cuando una incidencia técnica debidamente acreditada haya imposibilitado la cumplimentación electrónica de la solicitud.
3.5. Para cumplimentar el modelo de solicitud se seguirán las instrucciones que
constan en el mismo, así como las que se detallan a continuación:
a) En el apartado “Turno de acceso”, se deberá señalar el turno libre.
b) Aquellos aspirantes que concurran por el cupo de discapacidad deberán, además,
marcar la casilla “Cupo de Discapacidad” indicando el grado de discapacidad que
BOCM-20211217-27
Solicitudes