B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE SANIDAD - SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD (BOCM-20211217-26)
Convocatoria proceso selectivo – Resolución de 7 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud, por la que se convocan pruebas selectivas, por el turno libre, para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en la categoría de Celador del Servicio Madrileño de Salud
21 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
Pág. 194
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 17 DE DICIEMBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 300
caso, la documentación acreditativa de la exención total del pago de la tasa, o parcial en el caso de los aspirantes que sean miembros de familias numerosas de categoría general, todo ello en la forma y términos dispuestos en la base cuarta.
b) Los aspirantes que requieran adaptaciones de tiempo y/o medios para la realización del ejercicio de la fase de oposición, presentarán la documentación justificativa de su solicitud, que habrá de ser aportada en la forma y términos establecidos
en la base quinta.
c) Únicamente en el supuesto de que la solicitud se firme por el representante que
actúa en nombre del interesado, se deberá aportar la autorización indicada en la
base 3.5.c).
3.8. Los actos o incidencias relativos a este proceso selectivo que requieran de una comunicación personal entre la Administración y la persona interesada, se realizarán a través de
medios electrónicos, para lo cual se deberá estar dado de alta en el Sistema de Notificaciones
Electrónicas de la Comunidad de Madrid https://www.comunidad.madrid/servicios/administracion-digital-punto-acceso-general/guia-administracion-electronica#notificaciones. Con la
presentación telemática de la solicitud se activará, de oficio, el alta en dicho sistema.
3.9. De conformidad con lo previsto en el artículo 32.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en caso de
incidencia técnica que imposibilite la presentación de la solicitud por medios telemáticos, y
hasta que se solucione la incidencia, la Administración podrá determinar una ampliación de
los plazos no vencidos y publicará en la página web de la Comunidad de Madrid, tanto la incidencia técnica acontecida como la ampliación concreta del plazo no vencido.
3.10. Si alguna de las personas interesadas presentase su solicitud presencialmente,
se requerirá al interesado para que la subsane a través de la presentación electrónica de la
solicitud.
3.11. La presentación a la presente convocatoria supone la conformidad del aspirante con la publicación de las calificaciones obtenidas en las diferentes pruebas.
3.12. Los cambios que puedan producirse en los datos personales, domicilio, dirección
de correo electrónico, así como cualquier otro declarado por el participante en su solicitud al
correspondiente proceso selectivo, deberán ser comunicados al órgano convocante.
Cuarta
4.1. Los aspirantes deberán liquidar la tasa por derechos de examen en la forma y por
el importe previsto en la presente base. A estos efectos, conforme al texto refundido de la
Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2002, de 24 de octubre, y en aplicación de lo dispuesto en la vigente Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid, la tasa por derechos ordinarios de examen
en pruebas selectivas de personal estatutario para el Grupo E que se convoca es de 7,50 euros.
Para los aspirantes que sean miembros de familias numerosas de categoría general, dicha tasa, es de 3,75 euros.
4.2. Los aspirantes deberán abonar la cuantía que en cada caso corresponda, mediante el impreso normalizado 030 que podrá obtenerse a través de la página web de la Comunidad de Madrid, estando disponible igualmente, en el acceso indicado en la base 3.2 para
la cumplimentación de la solicitud.
En el apartado “Observaciones” del modelo 030 del pago de tasas, se deberá indicar:
Acceso a la categoría Celador.
4.3. Modalidades de pago:
a) Por banca electrónica (cargo en cuenta o pago con tarjeta), accediendo a la página
web de la Comunidad de Madrid, siendo necesario el documento nacional de identidad electrónico o cualquier certificado electrónico reconocido o cualificado por
la Comunidad de Madrid y expedido por prestador incluido en la “Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación”. El “Ejemplar para el Interesado/Administración” del documento de ingreso que se genere por este medio, en el
que aparecerá reflejada la validación mecánica otorgada por la entidad bancaria,
debiendo indicarse en la solicitud de participación el número identificativo del
modelo 030. Este ejemplar, deberá anexarse a la solicitud de participación como
documento acreditativo del abono de la tasa.
b) Mediante la aplicación móvil “app tasas” disponible tanto para el entorno IOS como
Android. El “Ejemplar para el Interesado/Administración” del documento de ingreso
BOCM-20211217-26
Tasa por derechos de examen
Pág. 194
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 17 DE DICIEMBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 300
caso, la documentación acreditativa de la exención total del pago de la tasa, o parcial en el caso de los aspirantes que sean miembros de familias numerosas de categoría general, todo ello en la forma y términos dispuestos en la base cuarta.
b) Los aspirantes que requieran adaptaciones de tiempo y/o medios para la realización del ejercicio de la fase de oposición, presentarán la documentación justificativa de su solicitud, que habrá de ser aportada en la forma y términos establecidos
en la base quinta.
c) Únicamente en el supuesto de que la solicitud se firme por el representante que
actúa en nombre del interesado, se deberá aportar la autorización indicada en la
base 3.5.c).
3.8. Los actos o incidencias relativos a este proceso selectivo que requieran de una comunicación personal entre la Administración y la persona interesada, se realizarán a través de
medios electrónicos, para lo cual se deberá estar dado de alta en el Sistema de Notificaciones
Electrónicas de la Comunidad de Madrid https://www.comunidad.madrid/servicios/administracion-digital-punto-acceso-general/guia-administracion-electronica#notificaciones. Con la
presentación telemática de la solicitud se activará, de oficio, el alta en dicho sistema.
3.9. De conformidad con lo previsto en el artículo 32.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en caso de
incidencia técnica que imposibilite la presentación de la solicitud por medios telemáticos, y
hasta que se solucione la incidencia, la Administración podrá determinar una ampliación de
los plazos no vencidos y publicará en la página web de la Comunidad de Madrid, tanto la incidencia técnica acontecida como la ampliación concreta del plazo no vencido.
3.10. Si alguna de las personas interesadas presentase su solicitud presencialmente,
se requerirá al interesado para que la subsane a través de la presentación electrónica de la
solicitud.
3.11. La presentación a la presente convocatoria supone la conformidad del aspirante con la publicación de las calificaciones obtenidas en las diferentes pruebas.
3.12. Los cambios que puedan producirse en los datos personales, domicilio, dirección
de correo electrónico, así como cualquier otro declarado por el participante en su solicitud al
correspondiente proceso selectivo, deberán ser comunicados al órgano convocante.
Cuarta
4.1. Los aspirantes deberán liquidar la tasa por derechos de examen en la forma y por
el importe previsto en la presente base. A estos efectos, conforme al texto refundido de la
Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2002, de 24 de octubre, y en aplicación de lo dispuesto en la vigente Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid, la tasa por derechos ordinarios de examen
en pruebas selectivas de personal estatutario para el Grupo E que se convoca es de 7,50 euros.
Para los aspirantes que sean miembros de familias numerosas de categoría general, dicha tasa, es de 3,75 euros.
4.2. Los aspirantes deberán abonar la cuantía que en cada caso corresponda, mediante el impreso normalizado 030 que podrá obtenerse a través de la página web de la Comunidad de Madrid, estando disponible igualmente, en el acceso indicado en la base 3.2 para
la cumplimentación de la solicitud.
En el apartado “Observaciones” del modelo 030 del pago de tasas, se deberá indicar:
Acceso a la categoría Celador.
4.3. Modalidades de pago:
a) Por banca electrónica (cargo en cuenta o pago con tarjeta), accediendo a la página
web de la Comunidad de Madrid, siendo necesario el documento nacional de identidad electrónico o cualquier certificado electrónico reconocido o cualificado por
la Comunidad de Madrid y expedido por prestador incluido en la “Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación”. El “Ejemplar para el Interesado/Administración” del documento de ingreso que se genere por este medio, en el
que aparecerá reflejada la validación mecánica otorgada por la entidad bancaria,
debiendo indicarse en la solicitud de participación el número identificativo del
modelo 030. Este ejemplar, deberá anexarse a la solicitud de participación como
documento acreditativo del abono de la tasa.
b) Mediante la aplicación móvil “app tasas” disponible tanto para el entorno IOS como
Android. El “Ejemplar para el Interesado/Administración” del documento de ingreso
BOCM-20211217-26
Tasa por derechos de examen