D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL (BOCM-20211217-41)
Convenio –  Adenda de 25 de noviembre de 2021, de modificación del convenio de colaboración entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social, y el Ayuntamiento de San Fernando de Henares para el desarrollo de la atención social primaria y otros programas por los servicios sociales de las entidades locales para el año 2021
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 300

VIERNES 17 DE DICIEMBRE DE 2021

Pág. 287

Gastos que se financian
Con cargo a este Anexo se incluirán los gastos correspondientes a cada uno de los programas
incluidos en el mismo, siempre que no se refieran al personal propio de la plantilla del Centro de
Servicios Sociales, que deberá quedar incluido en el Anexo I.
Para las Ayudas relacionadas con el pago de facturas de electricidad y/o gas de aquellas personas
que se encuentren en situación de vulnerabilidad, será requisito indispensable para poder incluir
estas ayudas económicas que se acredite la solicitud del bono social regulado en la actualidad por
el Real Decreto 897/2017, de 6 de octubre, por el que se regula la figura del consumidor
vulnerable, el bono social y otras medidas de protección para los consumidores domésticos de
energía eléctrica. No será exigible esta solicitud cuando en el Centro de Servicios Sociales conste
que los interesados no pueden ser beneficiarios de este bono social.
Se podrán incluir los gastos originados por las facturas de electricidad y gas:
a)
b)

Directamente a las empresas comercializadoras y en aplicación del Real Decreto.
De los propios usuarios, sean o no beneficiarios del bono social, cuando la situación de
necesidad así lo requiera, siempre que se sujeten a la normativa aplicable en la Entidad
Local.

La Entidad Local será la competente para determinar el procedimiento para la concesión de las
ayudas.
Teniendo en cuenta que los programas de este Anexo II son para la población con carácter
general, y los de los Anexos III y IV son para colectivos específicos. No podrán incluirse en este
Anexo II los gastos que correspondan específicamente a los programas establecidos en el Anexos
III y IV.
Indicadores relacionados con la ejecución de los programas incluidos en este Anexo
Con la finalidad de facilitar el seguimiento de la ejecución de los Programas establecidos en este
Anexo, y para determinar la actividad realizada y su grado de cumplimiento, se establecen los
siguientes indicadores:
1.

INFORMACIÓN, VALORACIÓN Y ORIENTACIÓN

*

Nº Habitantes por Centro de Servicios Sociales

*

Nº Habitantes por Unidades de Trabajo Social

*

Total usuarios atendidos

*

Información sobre Renta Mínima de Inserción (RMI)

120

*

Información sobre Servicio Ayuda a Domicilio (SAD)

140

*

Información sobre Teleasistencia Domiciliaria (TAD)

160

2.

ACOMPAÑAMIENTO E INTERVENCIÓN SOCIAL

*

Total usuarios atendidos

*

Tramitación y gestión Renta Mínima de Inserción (RMI)

120

*

Tramitación y gestión Servicio Ayuda a Domicilio (SAD)

140

*

Tramitación y gestión Teleasistencia Domiciliaria (TAD)

125

3.

SOLICITUDES EN RELACIÓN CON LA DEPENDENCIA

*

Nº de usuarios atendidos para información sobre requisitos y procedimiento para el reconocimiento
de la situación de dependencia

360

*

Nº de usuarios atendidos para tramitación solicitud reconocimiento

190

*

Nº de usuarios atendidos para tramitación solicitud revisión grado

190

*

Nº de usuarios atendidos para tramitación solicitud revisión programa individual de atención (PIA)

4.

PROGRAMA DE EMERGENCIA SOCIAL

*

Nº de Ayudas

*

Coste Medio Ayudas

5.

AYUDAS PARA EL PAGO DE FACTURAS DE ENERGIA ELECTRICA Y GAS A CONSUMIDORES
VULNERABLES

*

Nº de beneficiarios con Bono Social

*

Nº de facturas pagadas con Bono Social

*

Nº de Beneficiarios sin Bono Social

*

Nº de facturas pagadas sin Bono Social

6.

PROGRAMA DE PREVENCION, INSERCION Y PROMOCION SOCIAL

*

Nº de Proyectos

*

Nº de Usuarios

39.675
6.011,36
5.900

1.050

75
900
450,00

60
2600

7
250

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