D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL (BOCM-20211217-41)
Convenio – Adenda de 25 de noviembre de 2021, de modificación del convenio de colaboración entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social, y el Ayuntamiento de San Fernando de Henares para el desarrollo de la atención social primaria y otros programas por los servicios sociales de las entidades locales para el año 2021
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 290
VIERNES 17 DE DICIEMBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 300
Servicios Sociales, que deberá quedar incluido en el Anexo I. Como los dos Programas del Anexo
III son complementarios, no podrá imputarse un determinado gasto más que a uno de ellos.
Indicadores relacionados con la ejecución de los programas incluidos en este Anexo
Con la finalidad de facilitar el seguimiento de la ejecución de los Programas establecidos en este
Anexo, y para determinar la actividad realizada y su grado de cumplimiento, se establecen los
siguientes indicadores:
Para los programas de Apoyo a la Familia e Infancia, la memoria de evaluación en el modelo que
se determine por la Comunidad de Madrid.
Para los programas de Menores:
1.
AYUDAS DE COMEDOR
*
Nº de Ayudas
*
Coste Medio Ayudas
2.
AYUDAS DE GUARDERÍA
*
Nº de Ayudas
*
Coste Medio Ayudas
30
500,00
30
300,00
ANEXO IV
APOYO A MAYORES Y OTRAS PERSONAS VULNERABLES
IMPORTE TOTAL del Anexo IV para 2021
191.352,48
Aportación Comunidad de Madrid
95.676,24
Aportación Entidad Local
95.676,24
En este Anexo dentro de la Atención Social Primaria se incluye programas dirigidos a todas las
personas que por encontrarse en una situación de vulnerabilidad o de necesidad o en riesgo de
exclusión social, precisen de servicios o prestaciones, ya sean técnicas, económicas o materiales,
incluidos en los mismos.
La población beneficiaria mayoritariamente en este tipo de programas es del sector de población
de las personas mayores, no dependientes, de acuerdo con lo establecido, entre otros en los
artículos 20, 31 y 46 de la Ley 11/2003, de 27 de marzo, de Servicios Sociales de la Comunidad
de Madrid.
Delimitación de Programas y definición de prestaciones y servicios
PROGRAMA
FINANCIA CM
%
FINANCIA EL
%
TOTAL
95.676,24
50
95.676,24
50
191.352,48
ALOJAMIENTO ALTERNATIVO
0,00
50
0,00
50
PROMOCIÓN AUTONOMÍA PERSONAL
0,00
50
0,00
50
ATENCIÓN DOMICILIARIA
TOTAL
95.676,24
95.676,24
0,00
0,00
191.352,48
Con carácter general dentro de cada uno de los Programas pueden quedar incluidas las
prestaciones y servicios que se concretan en cada caso.
Programa de Atención Domiciliaria
Dirigido, con carácter general, a todos los sectores de población no dependiente que se
encuentren en una situación de necesidad o vulnerabilidad social o en razón de programas de
prevención y promoción.
a) Servicio de Ayuda a Domicilio: El Servicio de Ayuda a Domicilio comprende la
atención personal en la realización de las actividades de la vida diaria y la cobertura
de las necesidades domésticas. Estos servicios podrán aplicarse con mayor o menor
intensidad, atendiendo a la intervención más adecuada en cada caso.
b) Servicio de Teleasistencia: la Teleasistencia es un recurso que ofrece atención y
apoyo personal y social continuado a través de un dispositivo tecnológico, que
permite detectar situaciones de crisis personal, social o médica y en su caso,
intervenir inmediatamente en ellas.
c) Ayudas complementarias para la mejora de las condiciones de la habitabilidad de la
vivienda: son prestaciones económicas individuales, de pago único, no periódicas,
destinadas a mejorar las condiciones de habitabilidad de las viviendas, con el fin de
BOCM-20211217-41
1.
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 290
VIERNES 17 DE DICIEMBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 300
Servicios Sociales, que deberá quedar incluido en el Anexo I. Como los dos Programas del Anexo
III son complementarios, no podrá imputarse un determinado gasto más que a uno de ellos.
Indicadores relacionados con la ejecución de los programas incluidos en este Anexo
Con la finalidad de facilitar el seguimiento de la ejecución de los Programas establecidos en este
Anexo, y para determinar la actividad realizada y su grado de cumplimiento, se establecen los
siguientes indicadores:
Para los programas de Apoyo a la Familia e Infancia, la memoria de evaluación en el modelo que
se determine por la Comunidad de Madrid.
Para los programas de Menores:
1.
AYUDAS DE COMEDOR
*
Nº de Ayudas
*
Coste Medio Ayudas
2.
AYUDAS DE GUARDERÍA
*
Nº de Ayudas
*
Coste Medio Ayudas
30
500,00
30
300,00
ANEXO IV
APOYO A MAYORES Y OTRAS PERSONAS VULNERABLES
IMPORTE TOTAL del Anexo IV para 2021
191.352,48
Aportación Comunidad de Madrid
95.676,24
Aportación Entidad Local
95.676,24
En este Anexo dentro de la Atención Social Primaria se incluye programas dirigidos a todas las
personas que por encontrarse en una situación de vulnerabilidad o de necesidad o en riesgo de
exclusión social, precisen de servicios o prestaciones, ya sean técnicas, económicas o materiales,
incluidos en los mismos.
La población beneficiaria mayoritariamente en este tipo de programas es del sector de población
de las personas mayores, no dependientes, de acuerdo con lo establecido, entre otros en los
artículos 20, 31 y 46 de la Ley 11/2003, de 27 de marzo, de Servicios Sociales de la Comunidad
de Madrid.
Delimitación de Programas y definición de prestaciones y servicios
PROGRAMA
FINANCIA CM
%
FINANCIA EL
%
TOTAL
95.676,24
50
95.676,24
50
191.352,48
ALOJAMIENTO ALTERNATIVO
0,00
50
0,00
50
PROMOCIÓN AUTONOMÍA PERSONAL
0,00
50
0,00
50
ATENCIÓN DOMICILIARIA
TOTAL
95.676,24
95.676,24
0,00
0,00
191.352,48
Con carácter general dentro de cada uno de los Programas pueden quedar incluidas las
prestaciones y servicios que se concretan en cada caso.
Programa de Atención Domiciliaria
Dirigido, con carácter general, a todos los sectores de población no dependiente que se
encuentren en una situación de necesidad o vulnerabilidad social o en razón de programas de
prevención y promoción.
a) Servicio de Ayuda a Domicilio: El Servicio de Ayuda a Domicilio comprende la
atención personal en la realización de las actividades de la vida diaria y la cobertura
de las necesidades domésticas. Estos servicios podrán aplicarse con mayor o menor
intensidad, atendiendo a la intervención más adecuada en cada caso.
b) Servicio de Teleasistencia: la Teleasistencia es un recurso que ofrece atención y
apoyo personal y social continuado a través de un dispositivo tecnológico, que
permite detectar situaciones de crisis personal, social o médica y en su caso,
intervenir inmediatamente en ellas.
c) Ayudas complementarias para la mejora de las condiciones de la habitabilidad de la
vivienda: son prestaciones económicas individuales, de pago único, no periódicas,
destinadas a mejorar las condiciones de habitabilidad de las viviendas, con el fin de
BOCM-20211217-41
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