B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDADES, CIENCIA Y PORTAVOCÍA (BOCM-20211217-8)
Concurso de méritos – Resolución de 10 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se convoca concurso de méritos para la renovación y selección de Directores de Centros Docentes Públicos No Universitarios de la Comunidad de Madrid
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 300
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 17 DE DICIEMBRE DE 2021
Pág. 51
a través del portal www.comunidad.madrid y dentro del apartado “Administración digital:
Punto de Acceso General”, escribiendo en el texto del buscador: “Renovación selección Directores”, y de alguna de estas dos maneras:
— En el apartado “Servicios de tramitación digital”, sección “Aportar”, haciendo clic
en “Documentos” y siguiendo las instrucciones descritas.
— En el apartado “Accesos directos”, sección “Carpeta ciudadana”, accediendo a
“Situación de expedientes”, seleccionando el expediente que se desee completar y
haciendo clic en “Aportar documentación”.
La aportación del proyecto de dirección requerido en el procedimiento de selección al
que hace alusión la base 6.1.1 se hará de forma separada al de la solicitud y el resto de documentación. Dicha aportación se realizará de forma telemática, cumplimentando el formulario
correspondiente (Anexo X) al que se puede acceder en el portal www.comunidad.madrid y
dentro del apartado “Administración digital: Punto de acceso general”, escribiendo en el texto del buscador: “Renovación Selección Directores Centros Docentes Públicos”. También se
podrá acceder a través del portal “personal + educación” (www.comunidad.madrid/servicios/personal-educacion), siguiendo la siguiente secuencia: “Funcionarios Docentes”, “Procesos selectivos”, “Renovación y selección de Directores”, eligiendo como unidad de destino
la Dirección de Área Territorial a la que pertenezca el centro al que se opta. Si se opta a más
de un centro, será necesario registrar un proyecto por cada uno de los centros solicitados.
4.5. Concurrencia de solicitudes. En caso de haberse presentado en tiempo y forma
más de una solicitud, solo se tendrá en cuenta la última presentada.
Quinta
5.1. Requisitos de participación.
Todos los participantes, además de mantener su condición de funcionarios de carrera
de los cuerpos docentes a que se refiere la LOE, deberán reunir los siguientes requisitos a
la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes para la renovación:
a) Haber sido nombrado director por alguna de las resoluciones mencionadas en la
base primera y estar desempeñando el cargo de director, ininterrumpidamente,
desde la fecha de su nombramiento hasta la finalización del plazo de presentación
de solicitudes de participación en esta convocatoria.
b) Haber obtenido por parte del Servicio de Inspección la evaluación positiva del trabajo desarrollado en el ejercicio del cargo de director según lo recogido en los
apartados tercero y cuarto de la Orden 1196/2001, de 29 de marzo, del Consejero
de Educación, por la que se hace efectiva la consolidación del complemento específico singular de los directores de los centros públicos de enseñanza no universitaria. Por tal motivo, quienes al finalizar el presente curso académico no obtuvieran la valoración positiva de la evaluación de la función directiva a la que se
refiere esta base y, previa notificación al interesado para que pueda realizar las alegaciones pertinentes, decaerán del derecho a la renovación de su nombramiento.
c) Presentar junto con la solicitud y dentro del plazo establecido para la misma, un
documento denominado “actualización del proyecto de dirección” que incluya
una propuesta de actuación para el siguiente mandato conforme a lo establecido
en la base 5.3.
d) Dado que los puestos convocados implican contacto habitual con menores, deberá
acreditarse por el participante no haber sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, conforme a lo dispuesto en el
artículo 57 de la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la
infancia y la adolescencia frente a la violencia. Este requisito deberá mantenerse
durante la prestación de los servicios, quedando obligado el docente a comunicar
aquellas sentencias firmes en las que fuera condenado por los delitos a los que
hace referencia el citado artículo.
Podrán acreditarlo autorizando a la Dirección General de Recursos Humanos, en
el apartado correspondiente de la solicitud de participación, a realizar la consulta
al Registro Central de Delincuentes Sexuales. Ello implica la consulta del DNI.
Todos los aspirantes que no hayan autorizado en su solicitud a la Dirección General de Recursos Humanos a realizar la consulta al Registro Central de Delincuentes Sexuales, deberán aportar el certificado negativo de dicho Registro.
BOCM-20211217-8
Procedimiento de renovación de directores
B.O.C.M. Núm. 300
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 17 DE DICIEMBRE DE 2021
Pág. 51
a través del portal www.comunidad.madrid y dentro del apartado “Administración digital:
Punto de Acceso General”, escribiendo en el texto del buscador: “Renovación selección Directores”, y de alguna de estas dos maneras:
— En el apartado “Servicios de tramitación digital”, sección “Aportar”, haciendo clic
en “Documentos” y siguiendo las instrucciones descritas.
— En el apartado “Accesos directos”, sección “Carpeta ciudadana”, accediendo a
“Situación de expedientes”, seleccionando el expediente que se desee completar y
haciendo clic en “Aportar documentación”.
La aportación del proyecto de dirección requerido en el procedimiento de selección al
que hace alusión la base 6.1.1 se hará de forma separada al de la solicitud y el resto de documentación. Dicha aportación se realizará de forma telemática, cumplimentando el formulario
correspondiente (Anexo X) al que se puede acceder en el portal www.comunidad.madrid y
dentro del apartado “Administración digital: Punto de acceso general”, escribiendo en el texto del buscador: “Renovación Selección Directores Centros Docentes Públicos”. También se
podrá acceder a través del portal “personal + educación” (www.comunidad.madrid/servicios/personal-educacion), siguiendo la siguiente secuencia: “Funcionarios Docentes”, “Procesos selectivos”, “Renovación y selección de Directores”, eligiendo como unidad de destino
la Dirección de Área Territorial a la que pertenezca el centro al que se opta. Si se opta a más
de un centro, será necesario registrar un proyecto por cada uno de los centros solicitados.
4.5. Concurrencia de solicitudes. En caso de haberse presentado en tiempo y forma
más de una solicitud, solo se tendrá en cuenta la última presentada.
Quinta
5.1. Requisitos de participación.
Todos los participantes, además de mantener su condición de funcionarios de carrera
de los cuerpos docentes a que se refiere la LOE, deberán reunir los siguientes requisitos a
la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes para la renovación:
a) Haber sido nombrado director por alguna de las resoluciones mencionadas en la
base primera y estar desempeñando el cargo de director, ininterrumpidamente,
desde la fecha de su nombramiento hasta la finalización del plazo de presentación
de solicitudes de participación en esta convocatoria.
b) Haber obtenido por parte del Servicio de Inspección la evaluación positiva del trabajo desarrollado en el ejercicio del cargo de director según lo recogido en los
apartados tercero y cuarto de la Orden 1196/2001, de 29 de marzo, del Consejero
de Educación, por la que se hace efectiva la consolidación del complemento específico singular de los directores de los centros públicos de enseñanza no universitaria. Por tal motivo, quienes al finalizar el presente curso académico no obtuvieran la valoración positiva de la evaluación de la función directiva a la que se
refiere esta base y, previa notificación al interesado para que pueda realizar las alegaciones pertinentes, decaerán del derecho a la renovación de su nombramiento.
c) Presentar junto con la solicitud y dentro del plazo establecido para la misma, un
documento denominado “actualización del proyecto de dirección” que incluya
una propuesta de actuación para el siguiente mandato conforme a lo establecido
en la base 5.3.
d) Dado que los puestos convocados implican contacto habitual con menores, deberá
acreditarse por el participante no haber sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, conforme a lo dispuesto en el
artículo 57 de la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la
infancia y la adolescencia frente a la violencia. Este requisito deberá mantenerse
durante la prestación de los servicios, quedando obligado el docente a comunicar
aquellas sentencias firmes en las que fuera condenado por los delitos a los que
hace referencia el citado artículo.
Podrán acreditarlo autorizando a la Dirección General de Recursos Humanos, en
el apartado correspondiente de la solicitud de participación, a realizar la consulta
al Registro Central de Delincuentes Sexuales. Ello implica la consulta del DNI.
Todos los aspirantes que no hayan autorizado en su solicitud a la Dirección General de Recursos Humanos a realizar la consulta al Registro Central de Delincuentes Sexuales, deberán aportar el certificado negativo de dicho Registro.
BOCM-20211217-8
Procedimiento de renovación de directores