La Hiruela (BOCM-20211216-99)
Régimen económico. Ordenanza tasa recogida basuras
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 420
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 16 DE DICIEMBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 299
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
99
LA HIRUELA
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20211216-99
Finalizado el plazo de exposición pública del acuerdo del Ayuntamiento de fecha 23
de septiembre de 2021, de modificación de la ordenanza municipal reguladora de la tasa por
recogida de basuras en el municipio de La Hiruela, mediante anuncio publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 251 de 21 de octubre de 2021, sin
que contra dicho acuerdo se haya presentado reclamación alguna, el mismo queda elevado
a definitivo y se publica a continuación el texto modificado de las ordenanzas fiscales, según lo previsto en el artículo 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por
el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
Texto de la modificacion de la ordenanza reguladorade la tasa por recogida domiciliaria de basuras.
“Artículo 7. Las cuotas a aplicar serán las siguientes:
— Pajares: 8,00 euros.
— Por cada vivienda: 25,00 euros.
— Por cada establecimiento industrial o comercial, radicado en el casco urbano: 48,00 euros.
— Restaurantes, clubes, salas de fiestas y similares: 48,00 euros.
— Bares o cafeterías, dentro del casco urbano: 48,00 euros.
Contra el presente acuerdo, que agota la vía administrativa, podrán los interesados interponer recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo contencioso-administrativo de Madrid en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la publicación
de este edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, según lo previsto
en el artículo 19.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de 4 marzo, por el que se
aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
Todo ello sin perjuicio de que pueda interponerse cualquier otro recurso que se estime
conveniente.
La Hiruela, a 3 de diciembre de 2021.—El alcalde, Ignacio Javier Merino Jiménez
(03/33.548/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
Pág. 420
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JUEVES 16 DE DICIEMBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 299
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
99
LA HIRUELA
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20211216-99
Finalizado el plazo de exposición pública del acuerdo del Ayuntamiento de fecha 23
de septiembre de 2021, de modificación de la ordenanza municipal reguladora de la tasa por
recogida de basuras en el municipio de La Hiruela, mediante anuncio publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 251 de 21 de octubre de 2021, sin
que contra dicho acuerdo se haya presentado reclamación alguna, el mismo queda elevado
a definitivo y se publica a continuación el texto modificado de las ordenanzas fiscales, según lo previsto en el artículo 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por
el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
Texto de la modificacion de la ordenanza reguladorade la tasa por recogida domiciliaria de basuras.
“Artículo 7. Las cuotas a aplicar serán las siguientes:
— Pajares: 8,00 euros.
— Por cada vivienda: 25,00 euros.
— Por cada establecimiento industrial o comercial, radicado en el casco urbano: 48,00 euros.
— Restaurantes, clubes, salas de fiestas y similares: 48,00 euros.
— Bares o cafeterías, dentro del casco urbano: 48,00 euros.
Contra el presente acuerdo, que agota la vía administrativa, podrán los interesados interponer recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo contencioso-administrativo de Madrid en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la publicación
de este edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, según lo previsto
en el artículo 19.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de 4 marzo, por el que se
aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
Todo ello sin perjuicio de que pueda interponerse cualquier otro recurso que se estime
conveniente.
La Hiruela, a 3 de diciembre de 2021.—El alcalde, Ignacio Javier Merino Jiménez
(03/33.548/21)
http://www.bocm.es
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D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791