Madrid (BOCM-20211215-91)
Secretaría de Gobierno. Nombramiento juez de paz Arroyomolinos
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BOCM
Pág. 446
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 15 DE DICIEMBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 298
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE
91
MADRID
SECRETARÍA DE GOBIERNO
EDICTO
CERTIFICACIÓN DE ACUERDO DE LA SALA DE GOBIERNO
Don Sebastián Lastra Liendo, secretario de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de
Madrid, con sede en Madrid.
BOCM-20211215-91
Certifico: Que la Sala de Gobierno de este Tribunal Superior de Justicia de Madrid en
sesión celebrada el 15 de noviembre de 2021 ha adoptado el siguiente acuerdo:
Arroyomolinos.—Nombramiento de juez de paz sustituto.
3. Uno. Arroyomolinos.—Nombramiento de juez de paz sustituto.
Se da cuenta de la certificación remitida por el Ayuntamiento de Arroyomolinos, realizada en comunicación del resultado del pleno de 30 de septiembre del 2021, en la que se propone como candidato para el cargo de juez de paz sustituto a doña Ana Isabel Gámez Parra.
Atendiendo a los criterios establecidos en la Ley Orgánica del Poder Judicial y en el
Reglamento de los Jueces de Paz relativos al régimen de prohibiciones e incompatibilidades y observando que concurren en el electo las condiciones de idoneidad y elegibilidad.
La sala de gobierno por unanimidad acuerda: asumir la propuesta, realizada en comunicación del resultado del pleno de 30 de septiembre del 2021 del Ayuntamiento de Arroyomolinos y nombrar juez de paz sustituto del Juzgado de Paz de la localidad a doña Ana
Isabel Gámez Parra.
Con certificación particípese este acuerdo al Consejo General del Poder Judicial, al
Juzgado Decano de Primera Instancia e Instrucción de Navalcarnero, Partido Judicial al que
pertenece, al Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Arroyomolinos, al Juzgado de Paz de
la misma localidad y al BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para su publicación.
Contra el presente acuerdo puede interponerse recurso de alzada ante el Consejo General
del Poder Judicial en los plazos, formas y por los motivos que establece la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Conforme a lo que establece el artículo 14.1 del Reglamento 1/2000, de 26 de julio, de
los Órganos de Gobierno de Tribunales, contra los actos de las Salas de Gobierno, constituidas en pleno o en comisión, podrá interponerse recurso de alzada ante el Pleno del Consejo General del Poder Judicial y, en su caso, recurso de revisión, en los plazos, formas y
por los motivos que establece la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, disponiendo el artículo 122.1 de la citada
Ley 39/2015, que el plazo para la interposición del recurso de alzada será de un mes, si el
acto fuera expreso.
Y para que conste extiendo la presente.
En Madrid, a 22 de noviembre del 2021.—El secretario de Gobierno, Sebastián Lastra Liendo.
(03/32.854/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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B.O.C.M. Núm. 298
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TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE
91
MADRID
SECRETARÍA DE GOBIERNO
EDICTO
CERTIFICACIÓN DE ACUERDO DE LA SALA DE GOBIERNO
Don Sebastián Lastra Liendo, secretario de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de
Madrid, con sede en Madrid.
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Certifico: Que la Sala de Gobierno de este Tribunal Superior de Justicia de Madrid en
sesión celebrada el 15 de noviembre de 2021 ha adoptado el siguiente acuerdo:
Arroyomolinos.—Nombramiento de juez de paz sustituto.
3. Uno. Arroyomolinos.—Nombramiento de juez de paz sustituto.
Se da cuenta de la certificación remitida por el Ayuntamiento de Arroyomolinos, realizada en comunicación del resultado del pleno de 30 de septiembre del 2021, en la que se propone como candidato para el cargo de juez de paz sustituto a doña Ana Isabel Gámez Parra.
Atendiendo a los criterios establecidos en la Ley Orgánica del Poder Judicial y en el
Reglamento de los Jueces de Paz relativos al régimen de prohibiciones e incompatibilidades y observando que concurren en el electo las condiciones de idoneidad y elegibilidad.
La sala de gobierno por unanimidad acuerda: asumir la propuesta, realizada en comunicación del resultado del pleno de 30 de septiembre del 2021 del Ayuntamiento de Arroyomolinos y nombrar juez de paz sustituto del Juzgado de Paz de la localidad a doña Ana
Isabel Gámez Parra.
Con certificación particípese este acuerdo al Consejo General del Poder Judicial, al
Juzgado Decano de Primera Instancia e Instrucción de Navalcarnero, Partido Judicial al que
pertenece, al Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Arroyomolinos, al Juzgado de Paz de
la misma localidad y al BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para su publicación.
Contra el presente acuerdo puede interponerse recurso de alzada ante el Consejo General
del Poder Judicial en los plazos, formas y por los motivos que establece la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Conforme a lo que establece el artículo 14.1 del Reglamento 1/2000, de 26 de julio, de
los Órganos de Gobierno de Tribunales, contra los actos de las Salas de Gobierno, constituidas en pleno o en comisión, podrá interponerse recurso de alzada ante el Pleno del Consejo General del Poder Judicial y, en su caso, recurso de revisión, en los plazos, formas y
por los motivos que establece la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, disponiendo el artículo 122.1 de la citada
Ley 39/2015, que el plazo para la interposición del recurso de alzada será de un mes, si el
acto fuera expreso.
Y para que conste extiendo la presente.
En Madrid, a 22 de noviembre del 2021.—El secretario de Gobierno, Sebastián Lastra Liendo.
(03/32.854/21)
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