Móstoles número 1 (BOCM-20211214-126)
Procedimiento 219/2021
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 297
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 14 DE DICIEMBRE DE 2021
Pág. 611
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
126
MÓSTOLES NÚMERO 1
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D./Dña. MARIA VICTORIA ESTEBAN DELGADO, letrado/a de la Admón. de Justicia
del Juzgado de lo Social nº 01 de Móstoles.
Hago saber: Que en el procedimiento 219/2021-E de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. DANIEL FRANCISCO GONZALEZ URBANEJA frente a
SAYDORIAL SERVICIOS, S.L. sobre Despidos/Ceses en general se ha dictado la siguiente resolución:
FALLO
Estimar la demanda de despido interpuesta por Don Daniel Francisco González Urbaneja contra Saydorial Servicios S.L., declarando improcedente el despido del actor y siendo imposible la readmisión, declaro extinguida la relación laboral entre las partes en la fecha de la presente resolución judicial y condeno a Saydorial Servicios S.L. a abonar al actor
la indemnización de 2.269,77 euros.
No procede hacer especial pronunciamiento en cuanto a las costas.
Notifíquese la presente sentencia a las partes, advirtiéndoles que contra ella podrán interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia
de Madrid, anunciándolo por comparecencia o por escrito en este Juzgado en el plazo de
los 5 días siguientes a su notificación y designando letrado o graduado social para su tramitación. Se advierte al recurrente que no fuese trabajador o beneficiario del Régimen Público de Seguridad Social, ni gozase del derecho de asistencia jurídica gratuita que deberá
acreditar al tiempo de anunciarlo haber ingresado el importe de 300 euros en la cuenta de
este juzgado abierta en el Banco Santander, IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274, y número cuenta expediente 2850-0000-00-0219-21, así como acreditar al tiempo de anunciarlo haber consignado el importe íntegro de la condena o presentar aval de duración indefinida y pagadero a primer requerimiento de la entidad financiera por el mismo importe, en el
que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista.
Y para que sirva de notificación en legal forma a SAYDORIAL SERVICIOS, S.L., en
ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Móstoles, a veinticuatro de noviembre de dos mil veintiuno.
BOCM-20211214-126
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/32.769/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
B.O.C.M. Núm. 297
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
126
MÓSTOLES NÚMERO 1
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D./Dña. MARIA VICTORIA ESTEBAN DELGADO, letrado/a de la Admón. de Justicia
del Juzgado de lo Social nº 01 de Móstoles.
Hago saber: Que en el procedimiento 219/2021-E de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. DANIEL FRANCISCO GONZALEZ URBANEJA frente a
SAYDORIAL SERVICIOS, S.L. sobre Despidos/Ceses en general se ha dictado la siguiente resolución:
FALLO
Estimar la demanda de despido interpuesta por Don Daniel Francisco González Urbaneja contra Saydorial Servicios S.L., declarando improcedente el despido del actor y siendo imposible la readmisión, declaro extinguida la relación laboral entre las partes en la fecha de la presente resolución judicial y condeno a Saydorial Servicios S.L. a abonar al actor
la indemnización de 2.269,77 euros.
No procede hacer especial pronunciamiento en cuanto a las costas.
Notifíquese la presente sentencia a las partes, advirtiéndoles que contra ella podrán interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia
de Madrid, anunciándolo por comparecencia o por escrito en este Juzgado en el plazo de
los 5 días siguientes a su notificación y designando letrado o graduado social para su tramitación. Se advierte al recurrente que no fuese trabajador o beneficiario del Régimen Público de Seguridad Social, ni gozase del derecho de asistencia jurídica gratuita que deberá
acreditar al tiempo de anunciarlo haber ingresado el importe de 300 euros en la cuenta de
este juzgado abierta en el Banco Santander, IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274, y número cuenta expediente 2850-0000-00-0219-21, así como acreditar al tiempo de anunciarlo haber consignado el importe íntegro de la condena o presentar aval de duración indefinida y pagadero a primer requerimiento de la entidad financiera por el mismo importe, en el
que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista.
Y para que sirva de notificación en legal forma a SAYDORIAL SERVICIOS, S.L., en
ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Móstoles, a veinticuatro de noviembre de dos mil veintiuno.
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ISSN 1989-4791