Móstoles número 2 (BOCM-20211214-130)
Ejecución 197/2021
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 616
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 14 DE DICIEMBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 297
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
130
MÓSTOLES NÚMERO 2
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D./Dña. MARIA ISABEL CANO CAMPAÑA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 2 de Móstoles.
HAGO SABER: Que en el procedimiento 197/2021 (Ejecución: ) de este juzgado de
lo Social, seguido a instancia de D./Dña. DANIEL GOMEZ DE LAS HERAS RODRIGUEZ frente a UNIVICONST CONSTRUCCIONES Y REFORMAS S.L.U sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado resolución del tenor literal siguiente:
Se declara extinguida la relación laboral que unía a D./Dña. DANIEL GOMEZ DE
LAS HERAS RODRIGUEZ con la empresa UNIVICONST CONSTRUCCIONES Y REFORMAS S.L.U, con efectos desde este auto, condenando a esta a que abone a aquel/lla la
cantidad de:
Indemnización: 4.764,32 euros
Salarios de Tramitación: 24.092,23 euros.
MODO DE IMPUGNARLA: mediante recurso de reposición a presentar en este juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de recibirla, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda siendo necesario la constitución de un depósito por importe de 25 euros en la cuenta de este juzgado abierta en la entidad Banco
Santander con nº 2851-0000-64-0197-21 y exigible únicamente a quienes no tengan la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, quedando
exentos de constituir el mismo el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los organismos autónomos dependientes de ellos, con apercibimiento de poner fin al recurso, quedando firme la resolución impugnada.
Y para que sirva de notificación en legal forma a UNIVICONST CONSTRUCCIONES Y REFORMAS S.L.U, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en
el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Móstoles, a veinticuatro de noviembre de dos mil veintiuno.
BOCM-20211214-130
LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/32.717/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
Pág. 616
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B.O.C.M. Núm. 297
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
130
MÓSTOLES NÚMERO 2
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D./Dña. MARIA ISABEL CANO CAMPAÑA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 2 de Móstoles.
HAGO SABER: Que en el procedimiento 197/2021 (Ejecución: ) de este juzgado de
lo Social, seguido a instancia de D./Dña. DANIEL GOMEZ DE LAS HERAS RODRIGUEZ frente a UNIVICONST CONSTRUCCIONES Y REFORMAS S.L.U sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado resolución del tenor literal siguiente:
Se declara extinguida la relación laboral que unía a D./Dña. DANIEL GOMEZ DE
LAS HERAS RODRIGUEZ con la empresa UNIVICONST CONSTRUCCIONES Y REFORMAS S.L.U, con efectos desde este auto, condenando a esta a que abone a aquel/lla la
cantidad de:
Indemnización: 4.764,32 euros
Salarios de Tramitación: 24.092,23 euros.
MODO DE IMPUGNARLA: mediante recurso de reposición a presentar en este juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de recibirla, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda siendo necesario la constitución de un depósito por importe de 25 euros en la cuenta de este juzgado abierta en la entidad Banco
Santander con nº 2851-0000-64-0197-21 y exigible únicamente a quienes no tengan la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, quedando
exentos de constituir el mismo el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los organismos autónomos dependientes de ellos, con apercibimiento de poner fin al recurso, quedando firme la resolución impugnada.
Y para que sirva de notificación en legal forma a UNIVICONST CONSTRUCCIONES Y REFORMAS S.L.U, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en
el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Móstoles, a veinticuatro de noviembre de dos mil veintiuno.
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(03/32.717/21)
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ISSN 1989-4791