Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (BOCM-20211214-50)
Demarcación de Carreteras del Estado en Madrid. Cierre acceso autovía M-40
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 448
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 14 DE DICIEMBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 297
II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO
50
MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD
Y AGENDA URBANA
Con fecha de 26 de octubre de 2021, el subdirector general de Explotación, P. D. del
director general de Carreteras (Orden TMA/1007/2021, de 9 de septiembre), ha resuelto lo
siguiente:
— Iniciar el procedimiento para el cierre del acceso al denominado “Camino del
Malecón” situado en el inicio de la vía de servicio de la calzada izquierda de la
autovía M-40, en el P. K. 20 + 800, en el término municipal Madrid, por los siguientes motivos:
d En virtud del artículo 36.6 de la Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de Carreteras, el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana está facultado
para cerrar el acceso existente ya que este afecta negativamente a la seguridad
viaria de la autovía por encontrarse al inicio de una vía de servicio que conecta con la M-40, con una IMD muy elevada en ese punto (156.693 veh.), y tratarse de un tramo de concentración de accidentes (T. C. A.), según lo establecido en la Directiva 2008/96/CE, de 19 de noviembre de 2008, y el Real
Decreto 345/2011, de 11 de marzo, sobre gestión de la seguridad de las infraestructuras viarias.
• Se incumple con lo recogido en el artículo 72 de la Orden de 16 de diciembre
de 1997, por la que se regulan los accesos a las carreteras del Estado, las vías
de servicio y la construcción de instalaciones de servicios, donde se recoge que
no se conectará ninguna otra vía o acceso con la vía de servicio en el tramo de
esta contiguo al enlace, en una longitud igual a la distancia de visibilidad de parada para la velocidad correspondiente y como mínimo de sesenta metros (60
m) contados a partir del final del carril o cuña de deceleración. En la situación
actual esta distancia es de 30 metros.
• Haberse realizado el corte del Camino del Malecón por parte del Ayuntamiento
de Madrid para impedir el acceso de vehículos al camino, y así evitar nuevos
vertidos incontrolados que ya se venían produciendo en las márgenes del mismo. Este corte provoca situaciones de riesgo de colisión entre vehículos que
pretendían acceder al camino, así como maniobras arriesgadas de los vehículos
para regresar a la vía de servicio ante la imposibilidad de continuar por el camino cortado.
• Las fincas a las que da servicio el acceso actual disponen de un itinerario de acceso alternativo a través de la salida del punto kilométrico 19 + 500 de la M-40.
— Las actuaciones a llevar a cabo para hacer efectivo el cierre del acceso consistirán en:
• Adecuación de la señalización vertical para evitar la confusión de los conductores y clarificar la circulación en ese punto.
• Adecuación de la señalización horizontal, sustituyendo la marca vial discontinua que permite el paso a través del acceso, por una marca vial longitudinal
continua en ambos ramales.
• En referencia a los sistemas de contención para permitir el cierre completo del
acceso, se propone la instalación de barrera new jersey prefabricada, igual que
la instalada al inicio del acceso previo al ramal de entrada, evitando cualquier
paso de vehículos.
• Asimismo, se puede completar los trabajos en dicha instalación con la retirada de
los hitos H-75 y la baliza N-120 instalados tanto en la entrada como en la salida.
— Ordenar que, en base al apartado 5 del artículo 104 del Reglamento General de Carreteras (R. D. 1812/1994, de 2 de septiembre), se someta a información pública
por plazo mínimo de 20 días hábiles el cierre definitivo del acceso al denominado
Camino del Malecón, situado en el inicio de la vía de servicio de la calzada izquierda de la autovía M-40, en el P.K. 20 + 800.
La información pública se anunciará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Madrid, a fin de que todos los in-
BOCM-20211214-50
Demarcación de Carreteras del Estado en Madrid
Pág. 448
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 14 DE DICIEMBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 297
II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO
50
MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD
Y AGENDA URBANA
Con fecha de 26 de octubre de 2021, el subdirector general de Explotación, P. D. del
director general de Carreteras (Orden TMA/1007/2021, de 9 de septiembre), ha resuelto lo
siguiente:
— Iniciar el procedimiento para el cierre del acceso al denominado “Camino del
Malecón” situado en el inicio de la vía de servicio de la calzada izquierda de la
autovía M-40, en el P. K. 20 + 800, en el término municipal Madrid, por los siguientes motivos:
d En virtud del artículo 36.6 de la Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de Carreteras, el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana está facultado
para cerrar el acceso existente ya que este afecta negativamente a la seguridad
viaria de la autovía por encontrarse al inicio de una vía de servicio que conecta con la M-40, con una IMD muy elevada en ese punto (156.693 veh.), y tratarse de un tramo de concentración de accidentes (T. C. A.), según lo establecido en la Directiva 2008/96/CE, de 19 de noviembre de 2008, y el Real
Decreto 345/2011, de 11 de marzo, sobre gestión de la seguridad de las infraestructuras viarias.
• Se incumple con lo recogido en el artículo 72 de la Orden de 16 de diciembre
de 1997, por la que se regulan los accesos a las carreteras del Estado, las vías
de servicio y la construcción de instalaciones de servicios, donde se recoge que
no se conectará ninguna otra vía o acceso con la vía de servicio en el tramo de
esta contiguo al enlace, en una longitud igual a la distancia de visibilidad de parada para la velocidad correspondiente y como mínimo de sesenta metros (60
m) contados a partir del final del carril o cuña de deceleración. En la situación
actual esta distancia es de 30 metros.
• Haberse realizado el corte del Camino del Malecón por parte del Ayuntamiento
de Madrid para impedir el acceso de vehículos al camino, y así evitar nuevos
vertidos incontrolados que ya se venían produciendo en las márgenes del mismo. Este corte provoca situaciones de riesgo de colisión entre vehículos que
pretendían acceder al camino, así como maniobras arriesgadas de los vehículos
para regresar a la vía de servicio ante la imposibilidad de continuar por el camino cortado.
• Las fincas a las que da servicio el acceso actual disponen de un itinerario de acceso alternativo a través de la salida del punto kilométrico 19 + 500 de la M-40.
— Las actuaciones a llevar a cabo para hacer efectivo el cierre del acceso consistirán en:
• Adecuación de la señalización vertical para evitar la confusión de los conductores y clarificar la circulación en ese punto.
• Adecuación de la señalización horizontal, sustituyendo la marca vial discontinua que permite el paso a través del acceso, por una marca vial longitudinal
continua en ambos ramales.
• En referencia a los sistemas de contención para permitir el cierre completo del
acceso, se propone la instalación de barrera new jersey prefabricada, igual que
la instalada al inicio del acceso previo al ramal de entrada, evitando cualquier
paso de vehículos.
• Asimismo, se puede completar los trabajos en dicha instalación con la retirada de
los hitos H-75 y la baliza N-120 instalados tanto en la entrada como en la salida.
— Ordenar que, en base al apartado 5 del artículo 104 del Reglamento General de Carreteras (R. D. 1812/1994, de 2 de septiembre), se someta a información pública
por plazo mínimo de 20 días hábiles el cierre definitivo del acceso al denominado
Camino del Malecón, situado en el inicio de la vía de servicio de la calzada izquierda de la autovía M-40, en el P.K. 20 + 800.
La información pública se anunciará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Madrid, a fin de que todos los in-
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