B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE SANIDAD - SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD (BOCM-20211214-7)
Convocatoria proceso selectivo –  Resolución de 1 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud, por la que se convocan pruebas selectivas por el turno libre para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en la categoría de Facultativo Especialista en Cirugía Plástica, Estética y Reparadora del Servicio Madrileño de Salud
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 297

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 14 DE DICIEMBRE DE 2021

Pág. 51

I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal
Consejería de Sanidad
SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD
RESOLUCIÓN de 1 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Recursos
Humanos y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud, por la que se
convocan pruebas selectivas por el turno libre para el acceso a la condición de
personal estatutario fijo en la categoría de Facultativo Especialista en Cirugía
Plástica, Estética y Reparadora del Servicio Madrileño de Salud.

La Ley 3/2017, de 27 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2017,
en su artículo 19 bajo la rúbrica Oferta de Empleo Público u otro instrumento similar de
gestión de la provisión de necesidades de personal, establece determinadas medidas en materia de empleo público, teniendo carácter básico gran parte de las mismas, por lo que son
de aplicación a todas las Administraciones Públicas.
Entre ellas la prevista en el apartado Uno.2 en el que se establece una tasa de reposición hasta un máximo del 100 por 100 para determinados sectores, entre los que se incluyen los servicios de salud del Sistema Nacional de Salud respecto de las plazas de personal
estatutario.
Asimismo, la regulada en el apartado Uno.6 posibilita, para determinados sectores,
disponer de una tasa adicional que incluirá hasta el 90 por 100 de las plazas que, estando
dotadas presupuestariamente, hayan estado ocupadas de forma temporal e ininterrumpidamente al menos en los tres años anteriores a 31 de diciembre de 2016.
Además, permite disponer de una tasa adicional para la estabilización de empleo temporal de aquellas plazas que, en los términos previstos en la disposición transitoria cuarta
del texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público, estén dotadas presupuestariamente y, desde una fecha anterior al 1 de enero de 2005, hayan venido estando ocupadas
ininterrumpidamente de forma temporal.
La finalidad de esta tasa adicional para la estabilización del empleo temporal es reducir la tasa de temporalidad por debajo del 8 por 100 al final del período 2017 a 2019.
Por otra parte, la Ley 6/2018 de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para
el año 2018, en su artículo 19, bajo la rúbrica Oferta de Empleo Público u otro instrumento similar de gestión de la provisión de necesidades de personal, establece determinadas
medidas en materia de empleo público, teniendo carácter básico gran parte de las mismas,
por lo que son de aplicación a todas las Administraciones Públicas.
En este contexto, por Decreto 170/2018, de 18 de diciembre de 2018, se aprueba la
Oferta de Empleo Público de la Comunidad de Madrid para el año 2018, cuyo artículo 9 regula la estabilización de empleo temporal.
En su Anexo III se incluyen las plazas correspondientes a la categoría estatutaria de
Facultativo Especialista en Cirugía Plástica, Estética y Reparadora de Instituciones Sanitarias de la Comunidad de Madrid, cuantificadas de la siguiente manera:
— 24 plazas correspondientes a la tasa adicional para la estabilización del empleo
temporal establecida en el artículo 19.Uno.6 de la Ley 3/2017.
Por lo que, una vez obtenida la autorización de la Consejería de Hacienda y Función Pública, tal y como dispone el artículo 22 de la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2019, en relación a lo dispuesto en el Decreto 122/2020, de 29 de
diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establecen los criterios de aplicación de
la prórroga automática de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para 2019
hasta la entrada en vigor de los Presupuestos Generales para 2021, cuya disposición adicional única establece que durante el período de prórroga continuará en vigor el texto articulado de la Ley 9/2018, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad
Madrid para 2019, con las adecuaciones temporales correspondientes y con las excepciones
derivadas de su adaptación a lo establecido en las normas legales, en este decreto o en todo
aquello que pudiera resultar inaplicable por su naturaleza, procede convocar dichas plazas.

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