Móstoles número 1 (BOCM-20211213-106)
Procedimiento 819/2021
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 13 DE DICIEMBRE DE 2021

B.O.C.M. Núm. 296

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
106

MÓSTOLES NÚMERO 1
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. MARIA VICTORIA ESTEBAN DELGADO LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE
JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 1 de Móstoles.
Hago saber: Que en el procedimiento 819/2021-E de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. JUAN JOSE CAMBERO LUENGO frente a PLASTICAR 2011
SL sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado la siguiente resolución:
DECRETO
En Móstoles, a treinta de septiembre de dos mil veintiuno.
PARTE DISPOSITIVA
1.- Tener por repartida la anterior demanda, con la que se formará el oportuno procedimiento, registrándose en el libro registro correspondiente.
2.- Se admite a trámite la demanda presentada y se señala para el acto de conciliación
y, en su caso, juicio, en única convocatoria la audiencia del día 04/04/2022, a las 10:00, en
la Sala de Audiencia de este Juzgado que se sustanciara por las reglas del procedimiento de
Procedimiento Ordinario.
Cítese a las partes para dicho acto, dando traslado a la parte demandada de copia de la
demanda y de los documentos acompañados, así como del de subsanación.
Consúltense los registros oportunos de la base de datos informática de la oficina judicial si fuera necesario para la localización de las partes.
ADVIÉRTASE A LAS PARTES
1.- Que deben concurrir a juicio con todos los medios de prueba de que intenten valerse.
2.- Que si el demandante citado en forma no comparece, ni alega justa causa que se lo
impida, se le tendrá por desistido de la demanda.
3.- Que la incomparecencia injustificada del demandado, citado en forma no impedirá
la celebración del juicio, que continuará sin necesidad de declarar su rebeldía.
4.- Pónganse los autos en presencia de S.Sª Ilma. a fin de que resuelva sobre la prueba propuesta.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de REPOSICION ante este Juzgado,
no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de TRES días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con
expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (art 186.1 L.J.S).
Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a PLASTICAR 2011 SL,
en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

BOCM-20211213-106

SE INFORMA A TODAS LAS PARTES DE QUE TODOS LOS DOCUMENTOS
QUE SE APORTEN EN EL ACTO DEL JUICIO, DEBERAN ESTAR DEBIDAMENTE
NUMERADOS Y RELACIONADOS, PUDIENDO NO SER ADMITIDOS EN CASO
CONTRARIO.