Torrejón de Ardoz (BOCM-20211213-76)
Organización y funcionamiento. Ordenanza instalación unidades suministro
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 296
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 13 DE DICIEMBRE DE 2021
Pág. 265
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
76
TORREJÓN DE ARDOZ
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
BOCM-20211213-76
Por el Ayuntamiento Pleno en sesión celebrada en fecha 24 de noviembre de 2021, se
ha adoptado acuerdo de aprobación del texto propuesto para la modificación de la “ordenanza para la instalación de unidades de suministro en Torrejón de Ardoz”, quedando el artículo 13 redactado en los siguientes términos:
Artículo 13. Distancia a zonas especialmente vulnerables.—Con objeto de preservar
la salud y evitar la contaminación del aire en zonas de especial vulnerabilidad por presencia
de niños, mayores y personas enfermas, las unidades de suministro no podrán instalarse a menos de 300 metros de zonas residenciales, hospitales, centros de salud, centros de enseñanza,
centros de mayores y residencias para personas de la tercera edad y parques públicos.
Frente a la presente resolución, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de
dos meses, contados desde el día siguiente de la presente publicación, en virtud de lo establecido en el artículo 46.1 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 13 de julio de 1998, sin perjuicio de la interposición de cualquier otro recurso
que estime pertinente en defensa de sus intereses y derechos.
Torrejón de Ardoz, a 29 de noviembre de 2021.—El alcalde-presidente, Ignacio
Vázquez Casavilla.
(03/33.129/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
B.O.C.M. Núm. 296
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LUNES 13 DE DICIEMBRE DE 2021
Pág. 265
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
76
TORREJÓN DE ARDOZ
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
BOCM-20211213-76
Por el Ayuntamiento Pleno en sesión celebrada en fecha 24 de noviembre de 2021, se
ha adoptado acuerdo de aprobación del texto propuesto para la modificación de la “ordenanza para la instalación de unidades de suministro en Torrejón de Ardoz”, quedando el artículo 13 redactado en los siguientes términos:
Artículo 13. Distancia a zonas especialmente vulnerables.—Con objeto de preservar
la salud y evitar la contaminación del aire en zonas de especial vulnerabilidad por presencia
de niños, mayores y personas enfermas, las unidades de suministro no podrán instalarse a menos de 300 metros de zonas residenciales, hospitales, centros de salud, centros de enseñanza,
centros de mayores y residencias para personas de la tercera edad y parques públicos.
Frente a la presente resolución, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de
dos meses, contados desde el día siguiente de la presente publicación, en virtud de lo establecido en el artículo 46.1 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 13 de julio de 1998, sin perjuicio de la interposición de cualquier otro recurso
que estime pertinente en defensa de sus intereses y derechos.
Torrejón de Ardoz, a 29 de noviembre de 2021.—El alcalde-presidente, Ignacio
Vázquez Casavilla.
(03/33.129/21)
http://www.bocm.es
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ISSN 1989-4791