B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDADES, CIENCIA Y PORTAVOCÍA (BOCM-20211210-1)
Concurso de méritos – Orden 3459/2021, de 26 de noviembre, del Consejero de Educación, Universidades, Ciencia y Portavoz del Gobierno, por la que se corrigen errores detectados en la Orden 3204/2021, de 26 de octubre, del Consejero de Educación, Universidades, Ciencia y Portavoz del Gobierno, por la que se aprueba convocatoria pública para la provisión de puestos de trabajo vacantes en dicha Consejería por el procedimiento de Concurso de Méritos
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 10
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 10 DE DICIEMBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 294
además de los que ya hubiera solicitado anteriormente, tendrá que presentar una nueva solicitud de participación, en la que deberá incluir la totalidad de los puestos que desea solicitar.
3. Aquel participante que ya hubiese presentado con anterioridad una solicitud en el
Concurso de Méritos, que incluya uno de los dos puestos de trabajo en los que se corrige el
error de centro de adscripción y estuviese de acuerdo con dicha adscripción, no tendrá que
realizar nueva solicitud. Aquel participante que por el contrario no estuviese de acuerdo con
la nueva adscripción, y desease eliminar de su solicitud dichos puestos, habrá de presentar
nueva solicitud en la que no figuren los puestos referidos.
4. Respecto del puesto de trabajo suprimido del listado de la convocatoria de Concurso de Méritos por esta corrección de errores, los interesados que lo hubiesen solicitado
no tendrán que realizar nueva solicitud.
5. Únicamente aquellos participantes cuya solicitud esté afectada por lo señalado en
los apartados primero, segundo y tercero de este artículo, dispondrán de un plazo de quince días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación de esta orden en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para la presentación de su solicitud.
Tercero
Requisitos
Se recogen en listado los requisitos indispensables que han de reunirse para el desempeño del puesto de trabajo que se convoca, en cuanto a Administración de pertenencia, Grupo de clasificación profesional, Cuerpo, Escala y/o Especialidad, y titulación específica exigida, en su caso.
Cuarto
Producción de efectos
La presente Orden producirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Quinto
Recursos
La presente Orden pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que la ha dictado, o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses,
ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, ambos plazos contados a
partir del día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime procedente en derecho, todo
ello, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y 46 de
la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Madrid, a 26 de noviembre de 2021.
BOCM-20211210-1
El Consejero de Educación, Universidades, Ciencia
y Portavoz del Gobierno,
ENRIQUE OSSORIO CRESPO
Pág. 10
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 10 DE DICIEMBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 294
además de los que ya hubiera solicitado anteriormente, tendrá que presentar una nueva solicitud de participación, en la que deberá incluir la totalidad de los puestos que desea solicitar.
3. Aquel participante que ya hubiese presentado con anterioridad una solicitud en el
Concurso de Méritos, que incluya uno de los dos puestos de trabajo en los que se corrige el
error de centro de adscripción y estuviese de acuerdo con dicha adscripción, no tendrá que
realizar nueva solicitud. Aquel participante que por el contrario no estuviese de acuerdo con
la nueva adscripción, y desease eliminar de su solicitud dichos puestos, habrá de presentar
nueva solicitud en la que no figuren los puestos referidos.
4. Respecto del puesto de trabajo suprimido del listado de la convocatoria de Concurso de Méritos por esta corrección de errores, los interesados que lo hubiesen solicitado
no tendrán que realizar nueva solicitud.
5. Únicamente aquellos participantes cuya solicitud esté afectada por lo señalado en
los apartados primero, segundo y tercero de este artículo, dispondrán de un plazo de quince días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación de esta orden en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para la presentación de su solicitud.
Tercero
Requisitos
Se recogen en listado los requisitos indispensables que han de reunirse para el desempeño del puesto de trabajo que se convoca, en cuanto a Administración de pertenencia, Grupo de clasificación profesional, Cuerpo, Escala y/o Especialidad, y titulación específica exigida, en su caso.
Cuarto
Producción de efectos
La presente Orden producirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Quinto
Recursos
La presente Orden pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que la ha dictado, o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses,
ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, ambos plazos contados a
partir del día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime procedente en derecho, todo
ello, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y 46 de
la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Madrid, a 26 de noviembre de 2021.
BOCM-20211210-1
El Consejero de Educación, Universidades, Ciencia
y Portavoz del Gobierno,
ENRIQUE OSSORIO CRESPO