C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDADES, CIENCIA Y PORTAVOCÍA (BOCM-20211210-16)
Conciertos educativos – Orden 3479/2021, de 24 de noviembre, por la que se modifican los conciertos educativos de determinados centros docentes privados aprobados por la Orden 2179/2021, de 22 de julio, del Consejero de Educación, Universidades, Ciencia y Portavoz del Gobierno
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BOCM
Pág. 176
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 10 DE DICIEMBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 294
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Educación, Universidades,
Ciencia y Portavocía
16
ORDEN 3479/2021, de 24 de noviembre, por la que se modifican los conciertos
educativos de determinados centros docentes privados aprobados por la Orden 2179/2021, de 22 de julio, del Consejero de Educación, Universidades,
Ciencia y Portavoz del Gobierno.
Por Orden 2179/2021, de 22 de julio, del Consejero de Educación, Universidades, Ciencia y Portavoz del Gobierno, se aprobaron los conciertos educativos para el curso 2021/2022
de los centros docentes privados que se relacionaban en los Anexos de la misma.
Con posterioridad a dicha orden, el desarrollo del proceso ordinario de admisión de
alumnos ha puesto de manifiesto la necesidad de, para determinados centros, modificar las
unidades o los recursos de apoyo a concertar, en función del número de alumnos finalmente matriculados o de aquéllos con necesidades educativas especiales que requieren un tratamiento individualizado.
Por tanto, concurriendo circunstancias suficientes que justifican la aprobación de la
modificación de los conciertos, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46 del Reglamento de Normas Básicas sobre Conciertos Educativos, aprobado por el Real Decreto 2377/1985, de 18 de diciembre, esta Consejería
HA DISPUESTO
Primero
Aprobar la modificación de los conciertos educativos suscritos por los centros docentes privados que se relacionan en los Anexos de esta Orden.
Segundo
Las modificaciones aprobadas por esta orden tendrán efectos desde la fecha indicada
en los Anexos, y se formalizarán mediante Diligencia firmada por el/la Director/a de Área
Territorial correspondiente y el titular del centro o persona con representación legal debidamente acreditada.
Tercero
BOCM-20211210-16
Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, en
el plazo de un mes, recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Educación, Universidades, Ciencia y Portavoz del Gobierno, o bien, directamente, en el plazo de dos meses, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del
Tribunal Superior de Justicia de Madrid, ambos plazos a contar a partir del día siguiente al
de la publicación de la presente Orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID, y sin perjuicio de cuantos otros recursos se estime oportuno deducir.
Madrid, a 24 de noviembre de 2021.—El Consejero de Educación, Universidades,
Ciencia y Portavoz del Gobierno, P. D. (Orden 11634/2012, de 27 de noviembre; BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID 3 de diciembre de 2012), el Director General de
Educación Concertada, Becas y Ayudas al Estudio, Manuel Bautista Monjón.
Pág. 176
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 10 DE DICIEMBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 294
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Educación, Universidades,
Ciencia y Portavocía
16
ORDEN 3479/2021, de 24 de noviembre, por la que se modifican los conciertos
educativos de determinados centros docentes privados aprobados por la Orden 2179/2021, de 22 de julio, del Consejero de Educación, Universidades,
Ciencia y Portavoz del Gobierno.
Por Orden 2179/2021, de 22 de julio, del Consejero de Educación, Universidades, Ciencia y Portavoz del Gobierno, se aprobaron los conciertos educativos para el curso 2021/2022
de los centros docentes privados que se relacionaban en los Anexos de la misma.
Con posterioridad a dicha orden, el desarrollo del proceso ordinario de admisión de
alumnos ha puesto de manifiesto la necesidad de, para determinados centros, modificar las
unidades o los recursos de apoyo a concertar, en función del número de alumnos finalmente matriculados o de aquéllos con necesidades educativas especiales que requieren un tratamiento individualizado.
Por tanto, concurriendo circunstancias suficientes que justifican la aprobación de la
modificación de los conciertos, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46 del Reglamento de Normas Básicas sobre Conciertos Educativos, aprobado por el Real Decreto 2377/1985, de 18 de diciembre, esta Consejería
HA DISPUESTO
Primero
Aprobar la modificación de los conciertos educativos suscritos por los centros docentes privados que se relacionan en los Anexos de esta Orden.
Segundo
Las modificaciones aprobadas por esta orden tendrán efectos desde la fecha indicada
en los Anexos, y se formalizarán mediante Diligencia firmada por el/la Director/a de Área
Territorial correspondiente y el titular del centro o persona con representación legal debidamente acreditada.
Tercero
BOCM-20211210-16
Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, en
el plazo de un mes, recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Educación, Universidades, Ciencia y Portavoz del Gobierno, o bien, directamente, en el plazo de dos meses, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del
Tribunal Superior de Justicia de Madrid, ambos plazos a contar a partir del día siguiente al
de la publicación de la presente Orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID, y sin perjuicio de cuantos otros recursos se estime oportuno deducir.
Madrid, a 24 de noviembre de 2021.—El Consejero de Educación, Universidades,
Ciencia y Portavoz del Gobierno, P. D. (Orden 11634/2012, de 27 de noviembre; BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID 3 de diciembre de 2012), el Director General de
Educación Concertada, Becas y Ayudas al Estudio, Manuel Bautista Monjón.