Madrid número 11 (BOCM-20211209-94)
Ejecución 200/2021
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 293

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 9 DE DICIEMBRE DE 2021

Pág. 385

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
94

MADRID NÚMERO 11
EDICTO
CEDULA DE NOTIFICACION

D./Dña. JOSE ANTONIO RINCON MORA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 11 de Madrid.
HAGO SABER: Que en el procedimiento 200/2021 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. VASILICA NICOLA frente a DARUCAMA, S.COOP. V. y
FOGASA sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:
AUTO EJECUCION Y D.ORDENACION CITACION:
AUTO
En Madrid, a diecisiete de noviembre de dos mil veintiuno.
PARTE DISPOSITIVA
Acuerdo despachar orden general de ejecución del título indicado a favor de ejecutante D./Dña. VASILICA NICOLA frente a DARUCAMA, S.COOP. V.
Notifíquese esta resolución a las partes.
MODO DE IMPUGNACION.- Mediante recurso de REPOSICION ante este Juzgado
dentro de los TRES días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución, podrá deducirse oposición en los términos previstos en el art. 239.4 LJS., debiendo el recurrente que no sea trabajador beneficiario del Régimen de la Seguridad social ingresar la cantidad de 25 Euros
en la cuenta de este Juzgado abierta en la Entidad BANCO DE SANTANDER número de
cuenta 2509-0000-64-0200-21.
Así, por éste su Auto, lo acuerda, manda y firma, el Ilmo. Sr. Magistrado - Juez
D./Dña. MARIA PILAR GARCIA DE ZUÑIGA MARRERO.
EL MAGISTRADO-JUEZ
DILIGENCIA.- Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación
a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60
L.R.J.S..Doy fe.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
D./Dña. JOSE ANTONIO RINCON MORA
En Madrid, a diecisiete de noviembre de dos mil veintiuno
El anterior escrito únase a los autos de su razón y dese traslado de copia a las otras partes afectadas. Se tiene por solicitada la ejecución de la obligación de readmitir impuesta, en
sentencia de fecha 24/06/2021, a la empresa FOGASA y DARUCAMA, S.COOP. V. en favor del/de los demandante/s D./Dña. VASILICA NICOLA y, previo a su resolución, se
acuerda oír a las partes en comparecencia, que se celebrará en este Juzgado de lo Social,
sito en C/ Princesa, 3, Planta
4, sala 4.2, el día 16/12/2021, a las 10:00 horas, que solo
versará sobre la falta de readmisión en debida forma que se ha alegado, a la que deberán
acudir con todos los medios de prueba de que intenten valerse en orden a esa cuestión. Cíteselas en legal forma a tal fin, quedando advertidas de que si no acudiese la parte demandante (por sí o debidamente representada), se la tendrá por desistida de su petición, en tanto que si el ausente fuese el empresario (por sí o legalmente representado), el acto se
celebrará sin su presencia.

BOCM-20211209-94

DILIGENCIA DE ORDENACIÓN