B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20211209-11)
Convocatoria proceso selectivo – Orden 619/2021, de 19 de noviembre, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convocan dos procesos selectivos para el ingreso, por los Sistemas de Acceso Libre y de Promoción Interna, en el Cuerpo de Agentes Forestales, Escala Técnica, categoría de Técnico Medio Agente Forestal, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A2, de la Comunidad de Madrid
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BOCM
Pág. 126
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 9 DE DICIEMBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 293
Dirección General de Función Pública para el desarrollo del correspondiente proceso selectivo, siendo su cumplimentación obligatoria para la admisión en el mismo.
6. El plazo de presentación de solicitudes de cada proceso selectivo será de veinte
días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación de la presente Orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
7. La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión de la
persona aspirante.
8. En el caso de que se produjeran incidencias técnicas que imposibiliten el funcionamiento ordinario del sistema informático que sirve de soporte a la tramitación del respectivo proceso selectivo en cualquiera de sus fases, se podrá llevar a cabo una ampliación del
correspondiente plazo, siempre que éste no se encuentre vencido, todo ello de acuerdo con
lo dispuesto en el artículo 32.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Cuarta
Tasa por derechos de examen
1. En cuanto al pago de la tasa por derechos de examen se estará a lo dispuesto en el
apartado segundo de la base octava de la Orden 290/2018, de 27 de junio, debiendo hacer
constar como motivo de la liquidación u observaciones del pago de la tasa:
— Las personas aspirantes que participen en el proceso selectivo de acceso libre:
“Acceso libre a la Categoría de Técnico Medio Agente Forestal”.
— Las personas aspirantes que concurran al proceso selectivo de promoción interna:
“Acceso por promoción interna a la Categoría de Técnico Medio Agente Forestal”.
2. Salvo que resulte de aplicación alguna de las exenciones totales recogidas en el citado apartado segundo, quienes soliciten participar en el correspondiente proceso selectivo
deberán liquidar, en la forma establecida en dicho apartado, la tasa que proceda de entre las
que se detallan seguidamente:
— Para las personas aspirantes que participen en el proceso selectivo de acceso libre,
será la tasa por derechos de examen en procesos selectivos para ingreso en el Subgrupo A2 con ejercicios que requieran exámenes médicos o la intervención de asesores externos (“D.o examen titulación subgrupo A2/ Grupo Profesional II - Función Pública Dchos. examen proc. select. con ejerc. que req. exámenes médicos o
interv. as. ext.”), y que asciende a 54,90 euros. Para quienes sean miembros de familias numerosas de categoría general, el importe de la tasa será de 27,45 euros.
— Para las personas aspirantes que concurran al proceso selectivo de promoción interna, será la tasa por derechos ordinarios de examen en procesos selectivos para
ingreso en el Subgrupo A2 (“D.o examen titulación Subgrupo A2/ Grupo Profesional II - Función Pública Dchos. ordinarios de examen”), y que asciende a 32,94
euros. Para quienes sean miembros de familias numerosas de categoría general, el
importe de la tasa será de 16,47 euros.
Quinta
1. En cuanto a la admisión de las personas aspirantes, se estará a lo dispuesto en la
base novena de la Orden 290/2018, de 27 de junio.
2. En el caso de que alguna de las personas interesadas haya presentado su solicitud
de forma presencial, se le requerirá para que la subsane a través de su presentación electrónica, en los términos y con los efectos establecidos en el artículo 68.4 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, considerándose a todos los efectos como fecha de presentación de la solicitud aquélla
en la que se haya realizado la correspondiente subsanación, de acuerdo con lo recogido en
el artículo 5.3 del Decreto 188/2021, de 21 de julio.
BOCM-20211209-11
Admisión de aspirantes
Pág. 126
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 9 DE DICIEMBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 293
Dirección General de Función Pública para el desarrollo del correspondiente proceso selectivo, siendo su cumplimentación obligatoria para la admisión en el mismo.
6. El plazo de presentación de solicitudes de cada proceso selectivo será de veinte
días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación de la presente Orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
7. La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión de la
persona aspirante.
8. En el caso de que se produjeran incidencias técnicas que imposibiliten el funcionamiento ordinario del sistema informático que sirve de soporte a la tramitación del respectivo proceso selectivo en cualquiera de sus fases, se podrá llevar a cabo una ampliación del
correspondiente plazo, siempre que éste no se encuentre vencido, todo ello de acuerdo con
lo dispuesto en el artículo 32.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Cuarta
Tasa por derechos de examen
1. En cuanto al pago de la tasa por derechos de examen se estará a lo dispuesto en el
apartado segundo de la base octava de la Orden 290/2018, de 27 de junio, debiendo hacer
constar como motivo de la liquidación u observaciones del pago de la tasa:
— Las personas aspirantes que participen en el proceso selectivo de acceso libre:
“Acceso libre a la Categoría de Técnico Medio Agente Forestal”.
— Las personas aspirantes que concurran al proceso selectivo de promoción interna:
“Acceso por promoción interna a la Categoría de Técnico Medio Agente Forestal”.
2. Salvo que resulte de aplicación alguna de las exenciones totales recogidas en el citado apartado segundo, quienes soliciten participar en el correspondiente proceso selectivo
deberán liquidar, en la forma establecida en dicho apartado, la tasa que proceda de entre las
que se detallan seguidamente:
— Para las personas aspirantes que participen en el proceso selectivo de acceso libre,
será la tasa por derechos de examen en procesos selectivos para ingreso en el Subgrupo A2 con ejercicios que requieran exámenes médicos o la intervención de asesores externos (“D.o examen titulación subgrupo A2/ Grupo Profesional II - Función Pública Dchos. examen proc. select. con ejerc. que req. exámenes médicos o
interv. as. ext.”), y que asciende a 54,90 euros. Para quienes sean miembros de familias numerosas de categoría general, el importe de la tasa será de 27,45 euros.
— Para las personas aspirantes que concurran al proceso selectivo de promoción interna, será la tasa por derechos ordinarios de examen en procesos selectivos para
ingreso en el Subgrupo A2 (“D.o examen titulación Subgrupo A2/ Grupo Profesional II - Función Pública Dchos. ordinarios de examen”), y que asciende a 32,94
euros. Para quienes sean miembros de familias numerosas de categoría general, el
importe de la tasa será de 16,47 euros.
Quinta
1. En cuanto a la admisión de las personas aspirantes, se estará a lo dispuesto en la
base novena de la Orden 290/2018, de 27 de junio.
2. En el caso de que alguna de las personas interesadas haya presentado su solicitud
de forma presencial, se le requerirá para que la subsane a través de su presentación electrónica, en los términos y con los efectos establecidos en el artículo 68.4 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, considerándose a todos los efectos como fecha de presentación de la solicitud aquélla
en la que se haya realizado la correspondiente subsanación, de acuerdo con lo recogido en
el artículo 5.3 del Decreto 188/2021, de 21 de julio.
BOCM-20211209-11
Admisión de aspirantes