B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20211209-11)
Convocatoria proceso selectivo – Orden 619/2021, de 19 de noviembre, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convocan dos procesos selectivos para el ingreso, por los Sistemas de Acceso Libre y de Promoción Interna, en el Cuerpo de Agentes Forestales, Escala Técnica, categoría de Técnico Medio Agente Forestal, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A2, de la Comunidad de Madrid
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 293
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 9 DE DICIEMBRE DE 2021
Pág. 123
15 de septiembre de 2021, así como lo establecido en la citada Orden 290/2018, de 27 de
junio, en todo lo que esta última no contradiga a los mencionados Acuerdos de la Comisión
de Seguimiento.
BASES ESPECÍFICAS
Primera
Normas generales
1. Se convocan dos procesos selectivos para el ingreso en el Cuerpo de Agentes Forestales, Escala Técnica, Categoría de Técnico Medio Agente Forestal, de Administración
Especial, Grupo A, Subgrupo A2, de la Comunidad de Madrid, uno para la provisión de 12
plazas por el sistema de promoción interna y otro para la cobertura de 4 plazas por el sistema de acceso libre.
De las 12 plazas indicadas de promoción interna, 2 se encuentran vinculadas a la Oferta de Empleo Público de la Comunidad de Madrid para el año 2017, aprobada por el Decreto 144/2017, de 12 de diciembre (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 297, de 14 de diciembre); 8 plazas corresponden a la Oferta de Empleo Público de la
Comunidad de Madrid para el año 2019, aprobada mediante el Decreto 15/2019, de 26 de
marzo, del Consejo de Gobierno (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 74, de 28 de marzo); y las 2 plazas restantes corresponden a la Oferta de Empleo Público de la Comunidad de Madrid para el año 2020, aprobada por el Decreto 123/2020,
de 29 de diciembre, del Consejo de Gobierno (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID número 317, de 30 de diciembre).
Las 4 plazas de acceso libre se hallan vinculadas a la Oferta de Empleo Público de la
Comunidad de Madrid para el año 2018, aprobada mediante el Decreto 170/2018, de 18 de
diciembre, del Consejo de Gobierno (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
número 303, de 20 de diciembre).
2. Las plazas convocadas en el proceso de promoción interna que quedaran vacantes, no podrán acumularse a las convocadas en el proceso de acceso libre, de conformidad
con lo establecido en la base quinta de la Orden 290/2018, de 27 de junio, en relación con
el artículo 79 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado
y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de
la Administración General del Estado.
3. Las personas aspirantes sólo podrán participar en uno de los dos procesos selectivos.
Segunda
1. Para ser admitidas y, en su caso, tomar parte en el proceso selectivo correspondiente, bastará con que las personas aspirantes manifiesten en sus solicitudes de participación que reúnen, además de los requisitos que se recogen en el apartado primero de la base
sexta de la Orden 290/2018, de 27 de junio, los siguientes:
— Tener la nacionalidad española, en aplicación de lo dispuesto en el Decreto 230/2001,
de 11 de octubre, por el que se regula el acceso a la Función Pública de la Administración de la Comunidad de Madrid de los nacionales de los demás Estados miembros de la Unión Europea (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 251, de 22 de octubre), modificado por el Decreto 77/2003, de 5 de junio
(BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 138, de 12 de junio).
— Estar en posesión o en condiciones de obtener en la fecha de finalización del plazo
de presentación de solicitudes alguna de las titulaciones académicas exigidas para
el acceso a la categoría objeto de convocatoria, en los términos establecidos en el
artículo 4 de la Ley 1/2002, de 27 de marzo, por la que se crea el Cuerpo de Agentes Forestales de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID número 79, de 4 de abril).
A tales efectos, se entenderá por “especialización en materias medioambientales o
de protección y conservación de la naturaleza”, en los términos referidos en el
mencionado artículo 4 de la Ley 1/2002, de 27 de marzo, todas aquellas titulaciones adecuadas para el ejercicio de las diferentes funciones dispuestas en el artículo 5 de la citada Ley.
BOCM-20211209-11
Personas aspirantes
B.O.C.M. Núm. 293
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 9 DE DICIEMBRE DE 2021
Pág. 123
15 de septiembre de 2021, así como lo establecido en la citada Orden 290/2018, de 27 de
junio, en todo lo que esta última no contradiga a los mencionados Acuerdos de la Comisión
de Seguimiento.
BASES ESPECÍFICAS
Primera
Normas generales
1. Se convocan dos procesos selectivos para el ingreso en el Cuerpo de Agentes Forestales, Escala Técnica, Categoría de Técnico Medio Agente Forestal, de Administración
Especial, Grupo A, Subgrupo A2, de la Comunidad de Madrid, uno para la provisión de 12
plazas por el sistema de promoción interna y otro para la cobertura de 4 plazas por el sistema de acceso libre.
De las 12 plazas indicadas de promoción interna, 2 se encuentran vinculadas a la Oferta de Empleo Público de la Comunidad de Madrid para el año 2017, aprobada por el Decreto 144/2017, de 12 de diciembre (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 297, de 14 de diciembre); 8 plazas corresponden a la Oferta de Empleo Público de la
Comunidad de Madrid para el año 2019, aprobada mediante el Decreto 15/2019, de 26 de
marzo, del Consejo de Gobierno (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 74, de 28 de marzo); y las 2 plazas restantes corresponden a la Oferta de Empleo Público de la Comunidad de Madrid para el año 2020, aprobada por el Decreto 123/2020,
de 29 de diciembre, del Consejo de Gobierno (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID número 317, de 30 de diciembre).
Las 4 plazas de acceso libre se hallan vinculadas a la Oferta de Empleo Público de la
Comunidad de Madrid para el año 2018, aprobada mediante el Decreto 170/2018, de 18 de
diciembre, del Consejo de Gobierno (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
número 303, de 20 de diciembre).
2. Las plazas convocadas en el proceso de promoción interna que quedaran vacantes, no podrán acumularse a las convocadas en el proceso de acceso libre, de conformidad
con lo establecido en la base quinta de la Orden 290/2018, de 27 de junio, en relación con
el artículo 79 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado
y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de
la Administración General del Estado.
3. Las personas aspirantes sólo podrán participar en uno de los dos procesos selectivos.
Segunda
1. Para ser admitidas y, en su caso, tomar parte en el proceso selectivo correspondiente, bastará con que las personas aspirantes manifiesten en sus solicitudes de participación que reúnen, además de los requisitos que se recogen en el apartado primero de la base
sexta de la Orden 290/2018, de 27 de junio, los siguientes:
— Tener la nacionalidad española, en aplicación de lo dispuesto en el Decreto 230/2001,
de 11 de octubre, por el que se regula el acceso a la Función Pública de la Administración de la Comunidad de Madrid de los nacionales de los demás Estados miembros de la Unión Europea (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 251, de 22 de octubre), modificado por el Decreto 77/2003, de 5 de junio
(BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 138, de 12 de junio).
— Estar en posesión o en condiciones de obtener en la fecha de finalización del plazo
de presentación de solicitudes alguna de las titulaciones académicas exigidas para
el acceso a la categoría objeto de convocatoria, en los términos establecidos en el
artículo 4 de la Ley 1/2002, de 27 de marzo, por la que se crea el Cuerpo de Agentes Forestales de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID número 79, de 4 de abril).
A tales efectos, se entenderá por “especialización en materias medioambientales o
de protección y conservación de la naturaleza”, en los términos referidos en el
mencionado artículo 4 de la Ley 1/2002, de 27 de marzo, todas aquellas titulaciones adecuadas para el ejercicio de las diferentes funciones dispuestas en el artículo 5 de la citada Ley.
BOCM-20211209-11
Personas aspirantes