B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20211209-5)
Convocatoria proceso selectivo – Orden 568/2021, de 11 de noviembre, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convocan pruebas selectivas del proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal del personal laboral para el acceso a plazas de la categoría profesional de Técnico Auxiliar, Especialidad de Mecánica (Grupo IV, Nivel 3, Área B) de la Comunidad de Madrid
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BOCM
Pág. 30
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 9 DE DICIEMBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 293
nor, aplicándose en el caso de empate el criterio del orden alfabético a partir de la letra
contemplada en la base séptima.6 de la presente orden.
Duodécima
Recursos
1. Los actos administrativos que se deriven de la presente convocatoria, así como las
actuaciones del tribunal calificador, podrán ser impugnados en los casos y en la forma establecida en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas.
2. Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición, en el plazo de un
mes, ante la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre, o bien, directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante el Tribunal Superior
de Justicia de Madrid, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 10 y 46.1 de la
Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ambos plazos
contados a partir del día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, significándose que en caso de interponer recurso de reposición no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.
Dado en Madrid, a 11 de noviembre de 2021.—El Viceconsejero de Hacienda, por
Delegación del Consejero de Hacienda y Función Pública, mediante Orden de 6 de julio
de 2020 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 16 de julio de 2020), José
Ramón Menéndez Aquino.
ANEXO
1. La Constitución Española de 1978: Características. Los principios constitucionales y los valores superiores. Derechos y deberes fundamentales. Su garantía y suspensión.
2. Derechos y deberes de los empleados públicos. Código de conducta. Régimen disciplinario. Régimen de incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones
Públicas.
3. La Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales: objeto
y carácter de la norma. Derecho a la protección frente a los riesgos laborales. Obligaciones
de los trabajadores en materia de prevención de riesgos laborales.
4. El principio de igualdad entre mujeres y hombres. La tutela contra la discriminación. El marco normativo para la promoción de la igualdad de género y para la protección
integral contra la violencia de género, la LGTBIfobia y la discriminación por razón de
orientación e identidad sexual. Especial referencia a la Comunidad de Madrid.
5. Motores térmicos de ciclo Otto, Diésel, eléctricos e híbridos.
6. Sistema de frenado, suspensión, amortiguación y dirección.
7. Sistema de embrague, cajas de cambios, diferenciales, motor de arranque y alternadores.
8. Sistemas de refrigeración de los motores y la climatización.
9. Sistemas eléctricos, electrónicos (sensores y actuadores en el automóvil) y detección e interpretación de averías a través de OBD II.
10. Sistemas de seguridad activa, pasiva y de ayuda a la conducción del automóvil.
BOCM-20211209-5
PROGRAMA CORRESPONDIENTE A LAS PRUEBAS SELECTIVAS
DEL PROCESO EXTRAORDINARIO DE ESTABILIZACIÓN DE EMPLEO
TEMPORAL DEL PERSONAL LABORAL PARA EL ACCESO A PLAZAS
DE LA CATEGORÍA PROFESIONAL DE TÉCNICO AUXILIAR,
ESPECIALIDAD DE MECÁNICA (GRUPO IV, NIVEL 3, ÁREA B)
DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 30
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 9 DE DICIEMBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 293
nor, aplicándose en el caso de empate el criterio del orden alfabético a partir de la letra
contemplada en la base séptima.6 de la presente orden.
Duodécima
Recursos
1. Los actos administrativos que se deriven de la presente convocatoria, así como las
actuaciones del tribunal calificador, podrán ser impugnados en los casos y en la forma establecida en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas.
2. Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición, en el plazo de un
mes, ante la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre, o bien, directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante el Tribunal Superior
de Justicia de Madrid, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 10 y 46.1 de la
Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ambos plazos
contados a partir del día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, significándose que en caso de interponer recurso de reposición no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.
Dado en Madrid, a 11 de noviembre de 2021.—El Viceconsejero de Hacienda, por
Delegación del Consejero de Hacienda y Función Pública, mediante Orden de 6 de julio
de 2020 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 16 de julio de 2020), José
Ramón Menéndez Aquino.
ANEXO
1. La Constitución Española de 1978: Características. Los principios constitucionales y los valores superiores. Derechos y deberes fundamentales. Su garantía y suspensión.
2. Derechos y deberes de los empleados públicos. Código de conducta. Régimen disciplinario. Régimen de incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones
Públicas.
3. La Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales: objeto
y carácter de la norma. Derecho a la protección frente a los riesgos laborales. Obligaciones
de los trabajadores en materia de prevención de riesgos laborales.
4. El principio de igualdad entre mujeres y hombres. La tutela contra la discriminación. El marco normativo para la promoción de la igualdad de género y para la protección
integral contra la violencia de género, la LGTBIfobia y la discriminación por razón de
orientación e identidad sexual. Especial referencia a la Comunidad de Madrid.
5. Motores térmicos de ciclo Otto, Diésel, eléctricos e híbridos.
6. Sistema de frenado, suspensión, amortiguación y dirección.
7. Sistema de embrague, cajas de cambios, diferenciales, motor de arranque y alternadores.
8. Sistemas de refrigeración de los motores y la climatización.
9. Sistemas eléctricos, electrónicos (sensores y actuadores en el automóvil) y detección e interpretación de averías a través de OBD II.
10. Sistemas de seguridad activa, pasiva y de ayuda a la conducción del automóvil.
BOCM-20211209-5
PROGRAMA CORRESPONDIENTE A LAS PRUEBAS SELECTIVAS
DEL PROCESO EXTRAORDINARIO DE ESTABILIZACIÓN DE EMPLEO
TEMPORAL DEL PERSONAL LABORAL PARA EL ACCESO A PLAZAS
DE LA CATEGORÍA PROFESIONAL DE TÉCNICO AUXILIAR,
ESPECIALIDAD DE MECÁNICA (GRUPO IV, NIVEL 3, ÁREA B)
DE LA COMUNIDAD DE MADRID